Codigo de Conducta de la Universidad Tecnologica del Valle de Toluca del Estado de Mexico

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL VALLE DE TOLUCA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Primera Número 75 de la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el miércoles 17 de octubre de 2018.

Código de Conducta de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca

Lic. Alfredo Del Mazo Maza

Gobernador Constitucional del Estado de México

Mtro. Javier Vargas Zempoaltecatl

Secretario de la Contraloría

Lic. César Francisco Becerril Pérez

Director de Ética y Prevención de la Corrupción

Mtro. Antonio Del Valle Carranza

Rector de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca

CONTENIDO

  1. Antecedentes.

  2. Base Legal.

  3. Introducción.

  4. Objetivo.

  5. Contenido del Código de Conducta.

    1. Carta de Presentación.

    2. Política Integral, Misión, Visión y Objetivos de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca.

    3. Principios y Valores.

    4. Glosario.

    5. Índice del Marco Ético como Apoyo para la Toma de Decisiones.

    6. Marco Ético como apoyo para la Toma de Decisiones.

    7. Carta Compromiso.

    8. Artículos Transitorios

    9. Firmas de adhesión al Código de Conducta por parte del Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca.

  6. ANTECEDENTES

    La creación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA considera ocho acciones ejecutivas, la número cuatro plantea la necesidad de evolucionar los Códigos de Ética, hacia Reglas de Integridad. Así, con la convicción de trabajar con los distintos niveles y órdenes de Gobierno; el Ejecutivo del Estado de México, impulso una Agenda Común en temas de ética, transparencia y combate a la corrupción, que se capitalizó en el "Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las Reglas de Integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los Lineamientos Generales para propiciar su integridad a través de Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses", publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" de fecha 30 de noviembre del 2015.

    Por ello, con el objetivo de fortalecer la Ética, Transparencia y Prevención de la Corrupción, se señalan los 14 Principios Rectores, contenidos en el artículo 5º de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios; asimismo, los 11 Principios que todo Servidor Público deberá observar en el desempeño de su empleo cargo o comisión; y, las 10 Directrices para la efectiva aplicación de dichos principios, todos contenidos en el artículo 7º de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, que como resultado materialicen una conducta digna, que genere condiciones que hagan posible la igualdad de oportunidades entre las personas, erradique la discriminación y actos de violencia. Ambas disposiciones publicadas en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", de fecha 30 de mayo del 2017.

    En este contexto, la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, a través de la Dirección de Ética y Prevención de la Corrupción, puso a disposición de todos los niveles y órganos gubernamentales la Guía para la Elaboración del Código de Conducta, en la que se consolida al Servicio Público, y permitiendo dar el reconocimiento a las acciones de gobierno que responden al interés general.

    El Código de Conducta permite impulsar actitudes favorables de apego a la legalidad, la ética y la responsabilidad pública y así lograr la consolidación de una administración eficaz, transparente y responsable, que combata y castigue la arbitrariedad, la corrupción y la impunidad, misma que la ciudadanía reclama en todos los Servidores Públicos estatales y/o municipales, indicando las pautas y los criterios por los cuales se regirán todos los colaboradores de las instituciones públicas al realizar acciones o tomar decisiones.

    Al respecto y en cumplimiento a la normatividad en la materia, el 16 de enero de 2017, la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca, formuló y publicó en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" su Código de Conducta para todas las y los Servidores Públicos que forman parte de esta Institución.

  7. BASE LEGAL

    FEDERAL

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 73 fracción XXIV, Artículo 109 fracción III y Artículo 113.

    - Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Artículo 38 fracción I, inciso e).

    - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, Artículo 7.

    - Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

    ESTATAL

    - Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, Artículos 5, 77 fracciones II, XXVIII y XXIX, 112, 116, 122, 130, 137 y 138.

    - Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, Artículos 3, 19 fracción VI, 29 y 30 fracción II.

    - Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, Artículo 5.

    - Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, Artículo 7.

    - Ley Orgánica Municipal del Estado de México, Artículos 2 y 15.

    - Plan Estatal de Desarrollo 2017-2013.

    - Decreto del Ejecutivo del Estado de México, número 46, de fecha 3 de septiembre de 2001 y modificado por Decreto del Ejecutivo del Estado de México, número 110 de fecha 17 de junio de 2009, publicados en la "Gaceta de Gobierno". Por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Universidad Tecnológica del Valle de Toluca.

    - "Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las Reglas de Integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los lineamientos generales para propiciar su integridad a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses". Publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", No. 106, de fecha 30 de noviembre de 2015.

    - Reglamento Interno de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca.

  8. INTRODUCCIÓN

    Considerando los principios y valores contenidos en el Código de Ética y las Reglas de Integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, el Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca, ha reestructurado el nuevo Código de Conducta de la Institución, mismo que pretende orientar y dar certeza plena a Servidores Públicos, sobre el comportamiento ético al que deben sujetarse en su quehacer cotidiano, prevenir conflictos de intereses y delimitar su actuación en situaciones específicas que pueden presentarse conforme a las tareas, funciones o actividades que involucran la operación y el cumplimiento de los planes y programas institucionales, previniendo así los actos de corrupción.

    Ante las exigencias y demandas sociales, es preponderante establecer principios éticos orientados a generar acciones con responsabilidad social y calidad regulatoria, a fin de que se produzcan los resultados e impactos esperados. En la actualidad es ineludible que las organizaciones e instituciones tomen conciencia que es imposible evitar los efectos de los cambios sociales, si estos no están sustentados en mecanismos de actuación que expresen la concepción del ser humano y de la comunidad a la que pertenecen.

    En este Código de Conducta se establecen los valores éticos y la forma de comportamiento que regularán el desempeño de Servidores Públicos de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca, describiendo las prácticas adecuadas y las responsabilidades que enmarcaran los mecanismos de actuación en congruencia con los objetivos institucionales que se persiguen.

    En el presente documento se establece de manera práctica la forma en que se traducen en el quehacer diario y en las relaciones humanas, los valores éticos, la política integral, la misión y visión de la Universidad, mediante el establecimiento de reglas claras que orienten las conductas y los compromisos del personal en el cumplimiento de los objetivos de la propia institución, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

    Con el Código de Conducta de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca se fortalece la identidad institucional, el valor del servicio público, la ética profesional y los valores comunes que comparten Servidores Públicos de la Institución, siendo compromiso y obligación para todos ellos su aplicación.

    Es por ello que se exhorta a Servidores Públicos de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca, a que se involucren en esta labor con alta conciencia y sensibilidad, teniendo en consideración que la correcta implementación y difusión del Código de Conducta clarifica y unifica criterios las políticas institucionales; sin necesidad de visualizarlos como una herramienta que acota el desempeño y la conducta, sino como un instrumento que fortalece la normatividad vigente y vigoriza la consecución de los objetivos institucionales en línea con sus principios y valores.

  9. OBJETIVO

    El objetivo es avanzar con un Código de Conducta de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca, como un Organismo Auxiliar de la Administración Pública del Estado de México, que permita el tránsito hacia Reglas de Integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión que fortalezcan la aplicación de las disposiciones legales vigentes, concientizando a las y los colaboradores sobre el marco de actuación al que deben sujetarse en el desempeño de sus labores. En él, se contemplan las pautas y criterios por los cuales se deberán regir sus Servidores Públicos al realizar funciones, actitudes o toma de decisiones.

  10. CONTENIDO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

    1. Carta de Presentación

      Santa María Atarasquillo

      Lerma de Villada Estado de México

      Octubre de 2018.

      SERVIDORES PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD

      TECNOLÓGICA DEL VALLE DE TOLUCA.

      P R E S E N T E

      Estimados colaboradores de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca, personal académico y administrativo de nuestra institución, hago de su conocimiento el Código de Conducta que es un instrumento que les posibilitará regirse por los valores contenidos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR