Codigo Conducta del Tribunal Electoral del Estado de Yucatan

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, el martes 12 de febrero de 2019.

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

Las disposiciones de este Código de Conducta son de carácter obligatorio para todos los funcionarios del Tribunal, sin excepción de nivel, función o actividad.

Para la difusión de este Código de Conducta, el Comité de Ética dispondrá de un programa institucional que contribuya a consolidar la cultura de ética organizacional, igualdad de oportunidades, trasparencia y rendición de cuentas.

Alcance

El Código de Conducta debe ser observado en cualquier lugar, situación o circunstancia en que el funcionario del Tribunal lleve a cabo función de carácter oficial o en cada acción que tenga un vínculo con el Tribunal.

La aplicación de este Código de Conducta no limita el alcance de las demás normativas aplicables que los funcionarios estén obligados a cumplir, ni otros Códigos profesionales que le resulten aplicables.

Las acciones que ejercite el Comité de Ética por el incumplimiento de este Código, se aplicarán sin perjuicio de las sanciones que procedan conforme a otras normativas.

Institucionalidad

Los funcionarios del Tribunal están obligados a:

- Conocer y acatar en todo momento la normatividad aplicable que rige al Tribunal, así como a las políticas, reglamento, manuales, acuerdos y demás aplicables que emita el Tribunal.

- Sustentar su actuación en los principios del Código de Ética del Tribunal, así como en la integridad y valores personales y profesionales.

- Desarrollar con diligencia, economía, eficiencia y oportunidad las actividades y atribuciones relacionadas con su puesto.

- Anteponer el interés público por encima del interés personal y particular.

- Conducirse con apego a la verdad.

- Informar a su superior jerárquico o al Comité de Ética sobre cualquier acto u omisión de que se tenga conocimiento, y que sea contrario a las normas o políticas que rigen al Tribunal, incluyendo los principios de este Código de Conducta.

Imparcialidad

Es obligación de los funcionarios del Tribunal:

- Ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuicios personales y sin influencia de terceros.

- Actuar de manera neutral sin conceder privilegios a persona o grupo alguno.

- Excluir cualquier actitud o interés que no sea en beneficio del Tribunal.

Economía y eficiencia

Es obligación de los funcionarios del Tribunal:

-...

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