Codigo de Conducta del Sistema Estatal de Telesecundaria del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SISTEMA ESTATAL DE TELESECUNDARIA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 84 del Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 18 de octubre de 2020.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SISTEMA ESTATAL DE TELESECUNDARIA.

PROFR. JOSÉ TEODORO ORTIZ PARRA, DIRECTOR GENERAL DEL SETEL, con fundamento en los artículos 14, Fracciones I, III, IX, VIII, XIII, XVIII del Decreto Administrativo y 19 del Reglamento Interior del Sistema Estatal de Telesecundaria Fracciones I, III, VIII, IX, XIII, XVIII; 25 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y numeral tercero, segundo párrafo inciso "b" del Acuerdo por el que se expiden "Los lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés, publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 55 el 09 de julio de 2017, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SISTEMA ESTATAL DE TELESECUNDARIA.

INTRODUCCIÓN

Tomando en considerando el Acuerdo emitido por la M.D. Raquel Leila Arreola Fallad, Secretaria de Contraloría del Estado de Durango, por el que se expide el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019; se emite el presente Código de Conducta que tiene como objeto, establecer los principios y valores específicos ampliamente descritos bajo los cuales los trabajadores del Sistema Estatal de Telesecundaria deben de conducirse en la prestación de su servicio y las Reglas de Integridad a las cuales deberán apegarse en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión en el Sistema Estatal de Telesecundaria, mostrando en todo momento una conducta ética y profesional, con estricto respeto a los derechos humanos, atendiendo a la inclusión y a la equidad de género.

La responsabilidad de SETEL es la formación de los jóvenes entre los 15 y 17 años de edad a través del Modelo Pedagógico propio de la Educación Telesecundaria, por lo que la conducta de sus trabajadores desde el personal de apoyo y asistencia a la educación hasta el nivel directivo debe ser intachable en todos los aspectos y conducirse siempre en un marco de legalidad y con una visión de mejora continua que contribuya al cumplimiento del Plan Estatal de Desarrollo al Programa Sectorial de Educación y al Programa de Desarrollo Institucional del SETEL.

El presente Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés del SETEL, en su primera Sesión Ordinaria de 2020 y contiene pautas de conducta específica de conformidad con las facultades a cargo del Sistema Estatal de Telesecundaria. Los valores contenidos en este Código de Conducta, emanan de lo establecido en el Programa de Desarrollo Institucional del SETEL y están en concordancia con los ordenamientos Federales y Estatales en esta materia.

Capítulo I
Disposiciones Generales

a. Objetivo, misión y visión.

Objetivo.

Impartir educación secundaria con apoyo en los sistemas de telecomunicaciones a través de su modelo pedagógico propio.

Misión.

Ofrecer educación secundaria de calidad con equidad y pertinencia, en el medio rural, urbano y semiurbano, a través de un modelo pedagógico propio y tecnología de vanguardia, atendiendo las necesidades formativas de sus alumnos, para un desarrollo integral que les permita continuar sus estudios.

Visión.

Ser una opción educativa de excelencia integrada por un equipo de trabajo innovador, comprometido con la mejora continua, con una gestión eficaz; formadora de individuos con valores y competencias para la vida, con responsabilidad social, que aporten a la comunidad elementos productivos, para el desarrollo sustentable acorde a los tiempos actuales.

b. Glosario.

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, y para efectos del Código de Conducta del Sistema Estatal de Telesecundarias, se entenderá por:

Código de Conducta: El instrumento deontológico emitido por el Director General del Sistema Estatal de Telesecundaria.

Código de Ética: El Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

CEPCI: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del Sistema Estatal de Telesecundaria.

Conflicto de Interés: La situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios de una persona servidora pública puedan afectar el desempeño independiente e imparcial de su empleo, cargo, comisión.

Directriz: Orientaciones para la práctica de cada uno de los principios contenidos en el Artículo 7 de la ley General de Responsabilidad (sic) Administrativas.

Denuncia: La narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a un servidor público y que resulta presuntamente contraria al Código de Conducta y Reglas de Integridad.

Integrante o personal del SETEL: Las servidoras públicas y los servidores públicos que forman parte del Sistema Estatal de Telesecundaria.

SETEL: Sistema Estatal de Telesecundaria.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

Lo establecido en este Código es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro del Sistema Estatal de Telesecundaria.

Cualquier trabajador que labore en SETEL, y que conozca de posibles faltas a los Códigos de Ética y/o de Conducta, podrá presentar ante el Comité una denuncia para su atención y seguimiento procedente.

d. Carta Compromiso.

De conformidad con lo establecido en el Artículo 3 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, todo el personal que labore o preste sus servicios en el SETEL, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta; que se compromete a cumplirlo y respetarlo; la cual hará entrega al Comité.

Capítulo II

Principios, Valores y Reglas de Integridad

Los principios constitucionales, valores y reglas de integridad que todo el personal que labora en SETEL debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión son:

- Los principios de competencia por mérito, disciplina, economía, eficacia, eficiencia, equidad, honradez, imparcialidad, integridad, lealtad, legalidad, objetividad, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia.

- Los valores de cooperación, entorno cultural y ecológico, equidad de género, igualdad y no discriminación, interés público, liderazgo, respeto y respeto a los derechos humanos.

- Las reglas de integridad en la actuación pública, administración de bienes muebles e inmuebles, contrataciones públicas, control interno, comportamiento digno, cooperación con la integridad, desempeño permanente con integridad, información pública, proceso de evaluación, programas gubernamentales, recursos humanos, trámites y servicios.

Capítulo III

Conductas específicas a observar por el personal del SETEL con respecto

a) Compromisos con la sociedad.

i. Tengo Espíritu de Servicio. Cumplo con las expectativas que la ciudadanía espera recibir del servicio público, mantengo una actitud de absoluta positividad en la atención al público, a los usuarios y beneficiarios del SETEL. Es por ello que como persona servidora pública del SETEL asumo el compromiso de:

- Trabajar con una clara convicción de que la misión y visión del SETEL, son la razón de ser del actuar institucional y que mi trabajo debe contribuir a su cumplimento.

- Tener empatía por los usuarios del servicio que presta el SETEL.

- Brindar una atención de calidad a los beneficiarios del servicio educativo que se brinda, a mis compañeros de trabajo; así como a la ciudadanía en general.

- Actuar con honestidad, congruencia y transparencia, anteponiendo el interés público a mis intereses particulares.

- Trabajar conforme a criterios de inclusión, equidad de género y respeto absoluto a los derechos humanos.

- Contribuir a través de una actitud positiva a generar confianza y credibilidad institucional dentro y fuera del SETEL.

- Atender requerimientos, trámites, servicios y necesidades de información, que me sean solicitados con eficacia y eficiencia conforme lo establece la norma establecida para tal efecto.

- Fomentar la igualdad y la corresponsabilidad.

- Hacer bien el trabajo que me sea encomendado, buscando permanentemente la mejora continua.

- Ser portavoz de los principios, valores y directrices bajo los cuales debe desempeñarse una persona funcionaria pública en el empleo, cargo o comisión que le fue encomendada.

- Respetar y promover el respeto de los derechos humanos de mis compañeros, de los alumnos del SETEL y de la ciudadanía en general.

Vinculado al Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango con:

Principios: Integridad, lealtad, legalidad, objetividad, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia.

Valores: Cooperación, equidad de género, igualdad y no discriminación, interés público, respeto y respeto a los derechos humanos.

Reglas de Integridad: Actuación pública, cooperación, equidad de género, igualdad y no discriminación, interés público, respeto y respeto a los derechos humanos.

Directriz: Artículo 7, fracciones I, III, IV, V y VII de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

ii. Brindo el servicio público con profesionalismo. Como persona servidora pública de SETEL, adquiero el compromiso de contribuir desde el ámbito de mi competencia a brindar educación básica con calidad, equidad, inclusión y pertinencia...

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