Codigo de Conducta de los Servidores Publicos de la Secretaria de Finanzas y Tesoreria General del Estado de Nuevo Leon

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 94 del Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el miércoles 4 de agosto de 2021.

El suscrito, Licenciado Carlos Alberto Garza Ibarra, Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado de Nuevo León, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 4, 13, 18 fracción III y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y los artículos 1, 2, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León, me permito expedir el Código de Conducta de los servidores públicos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León.

CONSIDERANDO

[...]

Expuesto lo anterior y de conformidad con el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, el suscrito tiene bien a expedir el presente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON.

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 8
Artículo 1 El presente Código de Conducta tiene como objeto establecer la forma en que los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León, aplicarán los principios, valores y obligaciones inherentes al Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León.
Artículo 2 Para los efectos del presente, se entenderá por:
  1. Acoso laboral: Aquellos actos de hostigamiento o malos tratos desplegados de manera reiterativa en contra de los servidores públicos, que pueden dañar su integridad o salud.

  2. Acoso Sexual: Es una forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

  3. Carta Compromiso: Es el instrumento a través del cual los servidores públicos manifiestan su voluntad de adherirse a los principios, valores y obligaciones contenidas en el Código de Conducta.

  4. Código: Código de Conducta de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León.

  5. Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios.

  6. Discriminación: Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguiente motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.

  7. Hostigamiento sexual: El ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.

  8. Obligaciones: Las contenidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León y en las demás disposiciones administrativas o reglamentarias relacionadas con...

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