Codigo de Conducta para las y los Servidores Publicos del Organismo Publico Descentralizado Centro de Convenciones de San Luis Potosi

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO CENTRO DE CONVENCIONES DE SAN LUIS POTOSÍ

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el jueves 1 de octubre de 2020.

EINAR BRODDEN IBAÑEZ, en su carácter de Director General Del Organismo Público Descentralizado Centro de Convenciones de San Luis Potosí, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 3°, fracción I, inciso d), 18, 20, 31, fracción XVI, 43 y 44, fracciones XXXIV y XXXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; artículos 6, fracción I, 10 y Cuarto Transitorio, del Acuerdo por el que se emite el Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, artículo 12 del decreto administrativo por el cual se crea el centro de convenciones de san Luis potosí: conforme lo acordado en la Primer Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno, celebrada el día 10 de marzo del 2016, en sus puntos número 4, acuerdo núm. tres en la que se le otorgan al Director general del Organismo Público Descentralizado Centro de Convenciones de San Luis Potosí, donde se otorgan todos y cada uno de los poderes necesarios para realizar sus funciones, así como para la celebración de contratos así como para la emisión y suscripción de código de conducta de acuerdos a las atribuciones que se le confieren en dicha carta,

CONSIDERANDO

[...]

El centro de convenciones de San Luis Potosí, es un Organismo Público Descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; cuya constitución se fundamenta mediante Decreto Administrativo publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 11 de octubre del año 2013; cuyo objeto es ejecutar la administración, operación, funcionamiento y comercialización de eventos, como exhibiciones, congresos, convenciones, ferias, exposiciones, eventos sociales, culturales, musicales a nivel local como regional, nacional e internacional, por lo que los servidores públicos, prestadores de servicios, personal externo y todo el que tenga relación directa o indirecta de servicio con el Organismo Público Descentralizado Centro de Convenciones de San Luis Potosí deberán conocer y respetar en el desempeño de sus labores lo establecido en el Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, en atención a lo anteriormente señalado, de igual forma deberá conocer y respetar lo establecido en el código de conducta que a continuación se presenta siguiendo en todo momento los principios rectores como lo son honradez, legalidad, lealtad, imparcialidad, economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, competencia por mérito, eficacia, integridad, equidad y eficiencia, fomentando el cumplimiento del mismo, así como de las leyes y reglamentos en los que se sustentan es por lo que se expide el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO CENTRO DE CONVENCIONES DE SAN LUIS POTOSI.

EXPOSICION DE MOTIVOS

[...]

  1. Disposiciones Generales.

Artículo 1 Objetivo.

El presente código es de observancia general para las y los servidores públicos que laboren dentro del centro de convenciones de San Luis Potosí, así como a quienes presten sus servicios en este organismo, teniendo como prioridad establecer los principios y bases de conducta basada en la honradez, legalidad, lealtad, imparcialidad y eficiencia, fomentando el cumplimiento del mismo, así como de las leyes y reglamentos y demás disposiciones aplicables, de igual manera fomentar la realización de todas las operaciones con total transparencia, evitando en todo momento el conflicto de intereses entre las relaciones personales y profesionales.

Este código establecerá las normas que eviten la realización de conductas incorrectas por parte de quienes conformamos el Centro de Convenciones de San Luis Potosí a través de la difusión y el fomento de un proceder honesto, ético, leal e imparcial.

Establecer un código de conducta para crear un entorno de confianza y credibilidad en todas las operaciones realizadas por el Centro de Convenciones de San Luis Potosí.

Artículo 2 Alcance.

Todo el personal del Organismo Público Descentralizado Centro de Convenciones de San Luis Potosí

Misión.

Proveer los mejores espacios y servicios para la realización competitiva de grandes eventos, asegurando la calidad y satisfacción de nuestros clientes buscando posicionar a San Luis Potosí como un destino estratégico en la industria de reuniones.

Visión.

Ser un recinto autosustentable con plena vocación de servicio, generando experiencias memorables y exitosas a la industria de reuniones local y nacional.

Artículo 3 Definiciones

Código de Conducta: El presente código de conducta aplicable para las y los servidores públicos del Centro de Convenciones de San Luis Potosí.

Centro de Convenciones y/o Organismo: Organismo Público Descentralizado Centro de Convenciones de San Luis Potosí.

Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Intereses: Órgano colegiado constituido en el Centro de Convenciones de San Luis Potosí, responsable de verificar el actuar de las y los servidores públicos apegado al presente código, así como a las leyes aplicables al mismo.

Obligado/a: Cualquier persona sea servidor o servidora pública o privada que participe en procedimientos y funciones propios del Centro de Convenciones, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa al Director o Directora General, Directores, Directoras de las diferentes áreas y en general cualquier persona que desempeñe una función dentro del Centro de Convenciones.

Carta Compromiso: Documento que deberán signar los y las servidores públicos pertenecientes al Centro de Convenciones de San Luis Potosí, por lo que se obligan a regirse por este código y sus normas de conducta y ética, constituyéndose esta carta como Anexo único y siendo de carácter obligatorio para los y las servidoras públicas del Centro de Convenciones de San Luis Potosí, la firma de esta carta y/o anexo único.

Ley: Las leyes aplicables al presente código de conducta y que lleven relación directa con el mismo siendo, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley General de Responsabilidades Administrativas, Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí.

Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí: Ordenamiento legal que es de orden público y de observancia general en el Estado de San Luis Potosí; tiene por objeto reglamentar el Título Décimo Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, así como sus obligaciones

Código de Ética: Instrumento deontológico, que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía.

Delación: La que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a un servidor público, y que resulta presuntamente contraria al Código de Conducta y a las Reglas de Integridad.

Lineamientos Generales: Son una herramienta para la difusión y consulta de los acuerdos, normas, reglamentos y demás disposiciones de aplicación general en el presente código de conducta y sus disposiciones.

Reglas de Integridad: Estas Reglas deberán regir la conducta de los servidores públicos al servicio del Centro de Convenciones de San Luis Potosí y...

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