Codigo de Conducta de los y las Servidores \(as\) Publicos \(as\) de la Universidad Tecnologica Fidel Velazquez, para Propiciar su Integridad a Traves del Comite de Etica y de Prevencion de Conflicto de Intereses en el Estado de Mexico

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA FIDEL VELÁZQUEZ DEL ESTADO DE MÉXICO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Primera al Número 58 de la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el jueves 5 de abril de 2018.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA FIDEL VELÁZQUEZ

ÍNDICE

- MARCO NORMATIVO.

- DISPOSICIONES GENERALES.

- MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS.

- DE LOS PRINCIPIOS Y VALORES DEL CÓDIGO DE ÉTICA.

- MARCO ÉTICO.

- 10.1 DE LA ACTUACIÓN PÚBLICA.

- 10.2 RESPETO AL MARCO NORMATIVO.

- 10.3 RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD, NO DISCRIMINACIÓN Y EQUIDAD DE GÉNERO.

- 10.4 USO Y CUIDADO DE LOS RECURSOS.

- 10.5 MANEJO DE LA INFORMACIÓN.

- 10.6 CONFLICTO DE INTERESES.

- 10.7 MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDAD.

- 10.8 CLIMA LABORAL.

- 10.9 TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS.

- 10.10 DEL COMITÉ DE ÉTICA.

- 10.11 TRANSITORIOS.

- 10.12 GLOSARIO.

MARCO NORMATIVO

Para la correcta aplicación y observancia de éste Código de Conducta se atenderán a las disposiciones municipales, estatales y federales que prevengan, sancionen y erradiquen todo tipo de conductas inapropiadas en el servicio público, así como aquellas que eviten todo tipo de violencia, promuevan la defensa de los derechos humanos, que contengan los principios y modalidades para garantizar su desarrollo integral, bienestar social y laboral, la democracia aplicando específicamente los siguientes ordenamientos legales:

  1. Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos, artículos , 73 fracciones XXIV y 113.

  2. Convención Americana sobre los Derechos Humanos, "Pacto de San José Costa Rica".

  3. Diario Oficial de la Federación Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés del 20 de agosto de 2015.

  4. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

  5. Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

  6. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículos 5, 77 fracciones II, XXVIII, XXXVIII y XLVIII, 130 y 137.

  7. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Artículos 2, 7, 8 y 38 Bis.

  8. Ley de Responsabilidad de Los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios. Artículo 42.

  9. Acuerdo Del Poder Ejecutivo del Estado por el que se expide El Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, Las Reglas de Integridad para el Ejercicio de su Empleo, Cargo o Comisión y los Lineamientos Generales para Propiciar su Integridad a través de los Comités de Ética y Prevención de Conflicto de Intereses, Publicado en Gaceta de Gobierno en Fecha 30 de Noviembre de 2015.

  10. Decreto Número 56, se Expide la Ley que Crea al Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Universidad Tecnológica "Fidel Velázquez".

  11. Reglamento Interior de la Universidad Tecnológica "Fidel Velázquez".

  12. Manual General de Organización de la Universidad Tecnológica "Fidel Velázquez".

  13. Reglamento de Ingreso y Permanencia del Personal Académico de la Universidad Tecnológica Fidel Velázquez.

MAESTRO EN DERECHO RUBÉN RODRIGO GUDIÑO DÍAZ, Rector de la Universidad Tecnológica Fidel Velázquez, con fundamento en los artículos 5 fracciones III y XV, 15 fracción II de la Ley que crea este Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de México, Artículo 10 Fracciones VII, XIII y XVI del Reglamento Interior de la Universidad Tecnológica Fidel Velázquez:

C O N S I D E R A N D O

Que la educación es uno de los factores que más influye en el avance y progreso de personas y sociedades; además de proveer conocimientos que elevan las condiciones culturales de la población, enriquece el espíritu, los valores y todo aquello que nos caracteriza como seres humanos, que es necesaria en todos los sentidos pues es la palanca que permite alcanzar mejores niveles de bienestar social y de crecimiento económico que equilibran las desigualdades económicas y sociales, propicia la movilidad social de las personas pues les permite acceder a mejores niveles de empleo.

Asimismo, que el acceso a la educación es un derecho ciudadano y que es justamente el motivo de origen de toda Institución Educativa, y en el entendido de que a través de la educación se vigorizan los valores cívicos y laicos que fortalecen las relaciones de la sociedad para el avance democrático y el fortalecimiento del Estado de derecho del país, así como el impulso de la ciencia, la tecnología y la innovación, todo ello en el marco de una responsabilidad moral y ética propia del sentido de actuar de acuerdo con normas y principios que rijan la conducta del buen vivir.

Con base en lo anterior y en el entendido de que somos un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de México, que por esa razón estamos obligados al manejo responsable y eficiente de los recursos públicos e infraestructura en poder de la Institución, así como a la rendición de cuentas que esta responsabilidad ética nos obliga a una continua evaluación del comportamiento social y público de sus funcionarios (as) y empleados (as) de todos los niveles, a fin de garantizar en todo momento el respeto al derecho y la observancia de su Normatividad evitando con ello faltas a las normas éticas que pongan en riesgo la estabilidad de la Institución.

Los principios y valores contenidos en el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las Reglas de Integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los lineamientos generales para propiciar su integridad a través del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses, han elaborado un Código de Conducta que oriente y dé certeza plena a las servidoras y los servidores públicos (as), sobre el comportamiento ético al que deben sujetarse en su quehacer cotidiano, que prevenga conflicto de intereses y que delimite su actuación en situaciones específicas que pueden presentarse conforme a las tareas, funciones o actividades que involucran la operación y el cumplimiento de planes y programas, previniendo actos de corrupción.

Un Código de Conducta establece los valores éticos y la forma de comportamiento con base a los cuales desempeñaran sus funciones las servidoras y los servidores públicos (as), describiendo las prácticas adecuadas y las responsabilidades que enmarcaran el bien actuar en congruencia con los objetivos institucionales que persigue esta Universidad.

Y que para fortalecer la confianza de la comunidad universitaria, así como de nuestros estudiantes, es preciso adoptar medidas tendientes a reforzar la grandeza de la institución, haciéndolos sentir parte importante de la misma, además de propiciar que sus labores eviten vulnerar los principios de una ética institucional, fomentar el respeto a los derechos humanos, tener presente una convivencia inmersa en la equidad de género e igualdad laboral, erradicando todo tipo de discriminación, tiene a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS Y LAS SERVIDORES (AS) PÚBLICOS (AS) DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA FIDEL VELÁZQUEZ, PARA PROPICIAR SU INTEGRIDAD A TRAVÉS DEL COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 13
Artículo 1

Se exhorta a las y los servidores públicos (as) de la Universidad Tecnológica Fidel Velázquez a que se involucren en esta ardua labor con un alto sentido de sensibilización y conciencia, tomando en consideración que la correcta implementación y difusión de un Código de Conducta es una forma de clarificar y unificar criterios y políticas gubernamentales; sin visualizarlo como una herramienta que acota el desempeño y la conducta, sino como un instrumento que fortalezca las leyes vigentes y como apoyo para alcanzar los objetivos de esta Casa de Estudios, en línea con sus principios y valores.

CAPÍTULO II Artículos 2 a 5

MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS.

Artículo 2 La Universidad Tecnológica Fidel Velázquez, como Institución de Educación Superior, tiene como misión el ofrecer educación superior tecnológica bajo parámetros de excelencia académica, que contribuya a la formación integral de los estudiantes, al desarrollo del sector productivo de bienes y servicios, así como también al mejoramiento del nivel de bienestar social.
Artículo 3

La visión de la Universidad Tecnológica Fidel Velázquez al 2017 es consolidarse como una universidad con el reconocimiento en los ámbitos estatal, municipal y nacional por la calidad, competitividad y pertinencia de su oferta educativa, en sus niveles de TSU, Ingenierías y Licenciatura; igualmente por los servicios tecnológicos que presta al sector productivo, la satisfacción de las expectativas de sus estudiantes y de la sociedad en general, así como el establecimiento de una vinculación internacional.

Lo anterior, se manifiesta en egresados competitivos integrados al ámbito productivo, docentes altamente calificados, el alto nivel de compromiso del personal administrativo, el reconocimiento de órganos colegiados, por la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR