Codigo de Conducta de la Secretaria de Seguridad Publica del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 18 del Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 1 de marzo de 2020.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE DURANGO.

LIC. FRANCISCO JAVIER CASTRELLÓN GARZA, SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, con fundamento en los articulos 37 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, 40 fracción X de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Durango, 1, 2, 5 Y 15 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 12 de junio de 2011; así como, artículo 25 del Código Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y numeral tercero, segundo párrafo inciso "b" del Acuerdo por el cual se expiden "Los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés", publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 55, en fecha 09 de Julio de 2017, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE DURANGO.

INTRODUCCIÓN

Tomando en consideración el acuerdo emitido por la M.D. Raquel Leila Arreola Fallad, Secretaria de Contraloría del Estado de Durango, por el que se expide el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, No. 81 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 10 de octubre de 2019, es preciso mencionar que el presente Código de Conducta es un referente en la Administración Pública Estatal, al ser nuestra Secretaría una Dependencia que actúa conforme a los Principios Constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, en busca del fortalecimiento de la institución y con la finalidad de lograr atender las necesidades de la sociedad.

Además el presente Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de esta Secretaría en su Sesión Extraordinaria de fecha 31 de enero de 2020, y contiene pautas de conducta específicas de acuerdo a las facultades de la Secretaría en diversas materias como lo son seguridad, prevención del delito, reinserción social, vigilancia, capacitación y profesionalización, desarrollo administrativo; planeación y administración de recursos humanos, denuncias, responsabilidades administrativas; contrataciones públicas; ética, integridad, transparencia, acceso a la información, rendición de cuentas y combate a la corrupción.

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES.

a. Objetivo, misión y visión.

Objetivo:

Establecer un instrumento que oriente la actuación ante determinadas situaciones, aplicando los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano, garantizando en todo momento el principio de Legalidad que impera en la Administración Pública Estatal y el respeto a los derechos humanos de la sociedad.

Misión:

Consolidar a la Secretaría como la Dependencia, que sirve y protege a la población de Durango, con honestidad, honradez y responsabilidad, unida con la comunidad en la prevención del delito y la violencia, protegiendo la integridad personal y la seguridad de su patrimonio, que permita generar condiciones para el desarrollo de la sociedad.

Visión:

Que se perciba a la Secretaría de Seguridad Pública, como profesional en la prevención del delito, y comprometida en proporcionar una seguridad pública integral, tendiente a preservar el orden y la paz social.

b. Glosario

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Secretaría: La Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Durango.

Código de Ética: El Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: El Código de Conducta de la Secretaría de Seguridad Pública.

Comité: El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Seguridad Pública.

Integrante o personal de la Secretaría: Las servidoras y los servidores públicos que forman parte de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Durango, y de sus Órganos Desconcentrados.

OIC: Órgano Interno de Control de la Dependencia.

Conflicto de Interés: Situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios de una persona servidora pública de la Secretaría, puedan afectar el desempeño independiente e imparcial de su empleo, cargo o comisión.

Denuncia: Narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a una persona servidora pública de la Secretaría y que resulta presuntamente contraria al Código de Ética y al presente Código de Conducta.

Unidad: Unidad de Ética y Conflicto de Intereses de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

Lo establecido en este Código es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro de la Secretaría, incluyendo al titular del Órgano Interno de Control de la Dependencia, así como los integrantes de los Órganos Desconcentrados.

Por lo tanto, cualquier persona que labore en la Secretaría y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité de Ética.

d. Carta Compromiso.

Todo el personal que labore o preste servicios en esta Secretaría, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

CAPITULO II PRINCIPIOS, VALORES Y REGLAS DE INTEGRIDAD.

En la Secretaría de Seguridad Pública, todo el...

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