Codigo de Conducta de la Secretaria de la Funcion Publica

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Suplemento al Núm. 21 del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el miércoles 11 de marzo de 2020.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PUBLICA

FUNDAMENTO LEGAL

Sirve de fundamento para la emisión del presente Código de Conducta lo dispuesto en los artículos 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 150 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 30 fracciones X, XVI, XLII Y XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; 6, 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; Numeral Décimo Primero de los Lineamientos Para la Emisión del Código de Ética a que se Refiere el Artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; ejes 1.5.1 último párrafo y 1.5.2 último párrafo del Plan de Desarrollo del Estado de Zacatecas 2017-2021; cuarto transitorio del Código de Ética para las Personas Servidoras Públicas del Gobierno del Estado de Zacatecas y Numeral 6 del Acuerdo que contiene los Lineamientos Generales para Propiciar la integridad de los Servidores Públicos y para Implementar Acciones Permanentes que favorezcan en su Comportamiento Ético.

CONSIDERANDO

El Estado da cauce a las aspiraciones de una sociedad que tiene expectativas cada vez más altas respecto al comportamiento de los servidores públicos, valorando singularmente su integridad, honestidad, dignidad y el respeto, así como el desarrollo continuo de una cultura de calidad y el mejoramiento de los servicios.

En esa virtud el 24 de abril de 2019 se publicó en el Periódico, Oficial Órgano del Gobierno del Estado, el Suplemento, en el que se dio a conocer el Código de Ética para las Personas Servidoras Públicas del Estado de Zacatecas, como un instrumento que contiene principios, valores y reglas de integridad con el fin de lograr una ética e identidad que fortalezca el desempeño profesional e institucional. En consecuencia, la Secretaría de la Función Pública busca que los servidores públicos adscritos a ésta, en su interacción cotidiana con la ciudadanía y en la realización de su trabajo, sean constantes en la aplicación de valores y principios que conduzcan al bien común y al desarrollo de una administración pública eficaz y eficiente, pues de ésta depende el éxito, la satisfacción y el bienestar de los Zacatecanos.

Quienes trabajamos en la Secretaría de la Función Pública, debemos siempre esforzarnos para guardar una conducta íntegra en el desempeño de nuestro trabajo.

Pugnamos por la responsabilidad de cumplir con las leyes e ir más allá, asumiendo valores y principios, con una actitud, un estilo, una cultura y una identidad que nos distinga y haga sentir orgullosos de ser servidores públicos.

Es por ello que el Código de Conducta de la Secretaría de la Función Pública integra todo un conjunto de valores y principios que guían la actuación pública, constituyendo parte de los cimientos de una Administración Pública eficiente, honesta y transparente.

En ese tenor, las personas servidoras públicas nos comprometemos asumir una conducta digna, que fortalezca a las instituciones del Estado de Zacatecas y que a su vez responda a las necesidades de la sociedad actual.

MISIÓN Y VISIÓN DE LA SECRETARÍA

Misión

Vigilar, controlar y evaluar la aplicación del gasto público, así como prevenir actos de corrupción, incorporando procesos de modernización y simplificación, para elevar la calidad en la gestión y el desempeño de la Administración Pública Estatal.

Visión

Ser una Secretaría que consolide la confianza ciudadana y el reconocimiento social hacia la Administración Pública, garantizando la transparencia y rendición de cuentas.

Por las consideraciones señaladas anteriormente, tengo a bien emitir el presente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

ARTÍCULO 1 El presente Código tiene por objeto establecer las conductas que deben cumplir las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de la Función Pública, conforme a las funciones de cada área administrativa.
ARTÍCULO 2 Las personas servidoras públicas que se encuentran adscritas a la Secretaría de la Función Pública, de manera genérica deben cumplir con las siguientes conductas:
  1. Comportamiento íntegro en el servicio público, reconociéndose como un factor central en la consolidación de la nueva ética pública.

  2. Mantener un firme compromiso con el combate a la corrupción, denunciando cualquier acto u omisión contrario a la Ley o a la ética, del que tenga conocimiento.

  3. Conducirse con rectitud conforme a las atribuciones y con imparcialidad, sin...

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