Codigo de Conducta de la Secretaria de Finanzas del Estado de Oaxaca

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Tercera Sección del Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, el sábado 4 de abril de 2020.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS

Apreciables Servidoras y Servidores Públicos:

En la Secretaría de Finanzas estamos conscientes y comprometidos con la gran responsabilidad que tenemos de ser día con día mejores servidores públicos y eficientar nuestros procesos para poder cumplir con nuestro propósito de generar un crecimiento económico incluyente, igualitario y sostenido que permita mejorar de forma significativa la calidad de vida de las familias oaxaqueñas.

Para lograr esto, es indispensable tener una cultura organizacional basada en principios y valores, en donde el respeto a las Instituciones y apego a la legalidad sea nuestra guía y donde no haya cabida a la corrupción.

Por ello, presento ante ustedes el Código de Conducta, que complementa el Código de Ética y Reglas de Integridad de las Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, como un instrumento dirigido a las y los Servidores Públicos de la Secretaría de Finanzas del Estado de Oaxaca, el cual incluye los principios y valores que deben regir nuestro actuar en el desempeño de nuestras funciones, cargos y comisiones, que producirán los cimientos sólidos para alcanzar nuestras metas y objetivos institucionales.

Lo anterior, generará entre los ciudadanos la confianza y certidumbre en la integridad de los funcionarios de la SEFIN, al ver traducido en acciones orientadas al bienestar social el resultado de nuestra gestión.

Por ello, los exhorto, a conocer y hacer suyo el presente Código de Conducta, adoptando y practicando voluntariamente y por convicción, cada uno de los principios y valores que en él se contemplan, a efecto de unir esfuerzos que contribuyan al fortalecimiento de una cultura ética e identidad profesional, en donde existe cero tolerancia a la corrupción y a las conductas contrarias a lo establecido en este código de conducta.

A t e n t a m e n t e

MTRO. VICENTE MENDOZA TÉLLEZ GIRÓN

ÍNDICE

  1. OBJETIVO, MISIÓN, VISIÓN DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS.

  2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD.

  3. INTRODUCCIÓN.

  4. MARCO NORMATIVO.

  5. GLOSARIO.

  6. PRINCIPIOS, VALORES Y REGLAS DE INTEGRIDAD.

OBJETIVO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARIA DE FINANZAS.

El Código de Conducta, tiene como objetivo guiar de manera puntual y concreta la forma en que las servidoras y servidores públicos de la Secretaria de Finanzas aplicaremos los principios, valores, reglas de integridad vinculados con el Código de Ética para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca y demás disposiciones en correlación con la misión, visión y atribuciones de la Institución.

Lo anterior, para contribuir con la construcción de una cultura de integridad y de ética pública entre las funcionarías y funcionarios públicos de la Secretaría de Finanzas.

MISIÓN:

La Secretaría de Finanzas tiene como misión, dirigir la política fiscal, presupuestaria, hacendaria y de inversión del Gobierno del Estado, con el propósito de consolidar el crecimiento económico, equitativo, incluyente y sostenido que fortalezca el bienestar de la población.

VISIÓN:

Ser una Secretaría efectiva en la Administración de la Hacienda Pública, con el propósito de fortalecer y garantizar el bienestar de la población.

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD:

El presente Código de Conducta es obligatorio y deberá ser observado y respetado por todas las servidoras y servidores públicos que laboran en la Institución cualquiera que sea su nivel jerárquico y tipo de contratación, empleo, cargo o comisión.

Cualquier persona, incluido el personal que labore o preste sus servicios en la Secretaría de Finanzas, que conozca de posibles faltas o incumplimientos al Código de Ética y/o Conducta, por parte de alguna servidora o servidor público, podrá presentar su denuncia ante el Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés de la Secretaría de Finanzas.

La Secretaría de Finanzas pondrá a disposición del público en general el presente Código de Conducta en la página de electrónica oficial de la Secretaría de Finanzas en: finanzasoaxaca.gob.mx en el apartado de Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés.

El lenguaje empleado en la redacción del presente Código de Conducta no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre mujeres y hombres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.

La Secretaría de Finanzas, a través de su Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés, realizará las acciones necesarias para promover el cumplimiento del presente Código.

INTRODUCCIÓN

La sociedad demanda de quienes integran el servicio público actúen con estricto apego a principios y conductas éticas, por ello, es fundamental establece estos principios orientados a propiciar resultados con valores, responsabilidad social y transparencia en la rendición de cuentas, a fin de que el desempeño de las actividades a cargo de las instituciones públicas genere seguridad y bienestar social.

En ese tenor, el Código de Ética para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, señala que la ética pública se rige por la aplicación de los principios previstos en la fracción III del artículo 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca (legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia), así como los principios legales que rigen al servicio público señalados en los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, competencia por mérito, eficacia, integridad y equidad). Asimismo, prevé que todas las personas servidoras públicas deberán observar y aplicar una conducta orientada a la excelencia en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, que se rija por los valores de: interés público, respeto, igualdad, respeto a los derechos humanos y no discriminación, equidad de género, entorno cultural y ecológico, cooperación y liderazgo.

Por otra parte, las Reglas de Integridad para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, publicada en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado el 24 de abril de 2019, establece la forma en que las personas servidoras públicas deberán desempeñarse en las siguientes materias: actuación e información pública; contrataciones públicas, licencias, permisos, autorización y concesiones; programas gubernamentales; trámites y servicios; recursos humanos; desempeño permanente con integridad; administración de bienes muebles e inmuebles; procesos de evaluación; control interno; procedimiento administrativo; cooperación con la integridad y comportamiento digno.

Derivado de lo anterior, para el fortalecimiento de la ética pública, la recuperación de la confianza de la ciudadanía y el compromiso con la excelencia, inclusión y equidad por parte de las personas servidoras públicas, a fin de lograr la transformación de la función gubernamental, es fundamental que la Secretaría de Finanzas cuente con un Código de Conducta que concientice a quienes ahí laboramos.

Por eso, el Código de Conducta para las Servidoras y Servidores Públicos de la Secretaría de Finanzas debe concentrar las conductas que guíen el actuar diario del personal que ejercen el servicio público en esta dependencia, llamando a conducirse en todo momento en estricto apego a los principios y valores que contiene el Código de Ética de las Servidoras y Servidores Públicas (sic) del Gobierno del Estado de Oaxaca y hacia los que orientan las Reglas de Integridad.

MARCO NORMATIVO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción.

Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas.

Acuerdo por el que se expide el Código de Ética para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales del Código de Ética para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Integridad para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

Ley para atender, prevenir y eliminar la discriminación en el Estado de Oaxaca.

Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.

Ley de igualdad entre mujeres y hombres para el estado de Oaxaca.

Plan Estatal de Desarrollo.

Y demás leyes y normatividad aplicable a la Secretaría de Finanzas.

GLOSARIO

Acoso u hostigamiento laboral: Actos o comportamientos, en el entorno del trabajo o con motivo de éste con independencia de la relación jerárquica de las personas involucradas que atenten contra el autoestima, salud, integridad, libertad o seguridad de las personas.

Acoso sexual: Es una forma de violencia con connotación lasciva que, si bien no existe subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y riesgo para la víctima, independientemente que se realice en uno o varios eventos.

Código de Conducta: Código de Conducta de la Secretaría de Finanzas emitido por el Titular de la Secretaría de Finanzas a propuesta del respectivo Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, previa aprobación del Órgano Interno de Control.

Código de Ética: El Código de Ética para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

Lineamientos: Lineamientos Generales del Código de Ética para Servidoras y Servidores...

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