Codigo de Conducta de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Metropolitano del Estado de Mexico

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Segunda de la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el martes 18 de septiembre de 2018.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO

ÍNDICE

Capítulo I Antecedentes.
Capítulo II Base legal.
Capítulo III Introducción.
Capítulo IV Objetivo.
Capítulo V Presentación.
Capítulo VI Misión, Visión y Objetivo.
Capítulo VII Ámbito de Aplicación.
Capítulo VIII Principios y Valores.
Capítulo IX Marco Ético del Código de Conducta.
  1. Conocimiento de la normatividad y su aplicación.

  2. Desempeño y uso del cargo público.

  3. Utilización y manejo de recursos materiales.

  4. Manejo de información recibida y generada.

  5. Conflicto de intereses.

  6. Relación con la sociedad en general.

  7. Relación con compañeras y compañeros de trabajo.

  8. Desarrollo personal, institucional y humano.

  9. Respeto a los derechos humanos, igualdad, no discriminación y equidad de género.

  10. Derechos Humanos.

  11. Igualdad sustantiva entre mujeres y hombres y la no discriminación.

  12. Equidad de Género.

  13. Acciones de conciliación entre la vida laboral y familiar.

  14. Erradicación de la violencia contra la mujer, acoso y hostigamiento sexual.

Capítulo X Carta Compromiso.

Glosario de Términos.

CAPÍTULO I

ANTECEDENTES

Atendiendo la propuesta del Lic. Enrique Peña Nieto, Presidente de la República, se crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) que integra acciones ejecutivas, entre las cuales indica que se deberán evolucionar los Códigos de Ética hacia Reglas de Integridad con la convicción de trabajar con los distintos niveles y órdenes de gobierno; por lo cual, el Gobierno del Estado de México retoma e impulsa una agenda común en temas de ética, transparencia y combate a la corrupción, originando el "Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los servidores públicos del Estado de México", así como las Reglas de Integridad y los lineamientos generales para propiciar su integridad a través de los "Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses", publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno de fecha 30 de noviembre del 2015.

Es por lo anterior, que el Ejecutivo del Estado con el objetivo de fortalecer las normas en la materia, ha dictado diversas disposiciones que se han publicado y que se encuentran reflejadas, por mencionar algunas, en el artículo 5 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, en las que se establece que los servidores públicos deberán de observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen las actuaciones de los servidores públicos del Estado de México y municipios.

El Código de Conducta es el instrumento normativo que permite establecer las actitudes y acciones deseables de los servidores públicos, indicando las pautas y los criterios que regirán a todos los colaboradores de la institución, al realizar acciones o en la toma de decisiones.

De igual forma, permite establecer los valores éticos y la forma de comportamiento al desempeñar sus funciones y describiendo las practicas adecuadas y las responsabilidades que enmarcan el bien actuar en congruencia con los objetivos institucionales que persigue una organización.

En este contexto y por lo anteriormente expuesto, se emite la actualización del Código de Conducta de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, lo que permite consolidar la noble labor social de servicio público, el reconocimiento a las acciones de gobierno que responden al interés general.

CAPÍTULO II

BASE LEGAL

  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículos 1, 73 fracción XXIV, 113 y 119 fracción III.

  2. "Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública y los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de los Servidores Públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses".

  3. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: artículos 5, 77 fracciones II, XXVIII, XXXVIII y XLVIII, 130 y 137.

  4. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México: artículos 2, 7, 8 y 31.

  5. Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios: artículos 7, 50 al 86.

  6. Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios: artículo 5.

  7. Código Administrativo del Estado de México: artículos 5.1 al 5.64.

  8. Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

  9. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las reglas de integridad para el ejercicio de su empleo cargo o comisión y los lineamientos generales para propiciar su integridad a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses.

  10. Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México.

CAPÍTULO III
INTRODUCCIÓN

En atención a las normas internacionales, a los cambios sociales en nuestro país, así como a la pluralidad y diversidad social, en estricto apego al artículo primero Constitucional, para que el servidor público logre la eficacia en su puesto, cargo o comisión, debe conocer y atender el alcance jurídico de lo que implica los principios y valores consagrados en el Código de Ética, así como las reglas de integridad, esto en virtud de que, el actuar de los servidores públicos se debe regir bajo los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia, respetando y haciendo respetar los derechos humanos y sus garantías consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados Internacionales, de los que México forma parte.

Los principios y valores son cualidades que rigen la conducta de las personas, es por eso que el Gobierno del Estado de México, ha tenido como prioridad que la Entidad cuente con normas jurídicas que exijan a los servidores públicos, respetar los principios y valores de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, con el propósito de asumir plenamente las responsabilidades que tienen a su cargo.

Un gobierno, aceptable y justo para los ciudadanos, es aquel que actúa con eficacia, esmero y dedicación para su población en términos de la normatividad, por ello es esencial que las entidades cuenten con un código de conducta que contribuya a concientizar a las y los servidores públicos sobre la importancia social que tiene cada una de sus acciones en el desempeño de sus actividades.

Un código de conducta en la administración pública, establece normas específicas para orientar la labor de las y los servidores públicos, con estricto apego a los principios, valores y normas, con el propósito de respetar el servicio público, mejorar las entidades públicas y alcanzar así el bienestar de la sociedad.

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, con el propósito de sumarse a las Políticas de Ética en el Estado, emite el Código de Conducta de los servidores públicos de esta Dependencia, con el cual se pretende garantizar que el desempeño de su empleo, cargo o comisión, se realice con el más alto grado de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia.

CAPÍTULO IV

OBJETIVO

Optimizar el quehacer de las y los servidores públicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano observando los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; así como los valores de interés público, respeto a los derechos humanos, igualdad y no discriminación, equidad de género, integridad, cooperación, liderazgo y rendición de cuentas; con los que deben conducir su actuación, cargo o comisión que tienen encomendado, con el propósito de brindar un servicio de calidad, fomentar la igualdad, la transparencia, la ética y la integridad pública, logrando así una mejora constante del servicio público, así como definir y fomentar estándares de comportamiento de los servidores públicos y de toda aquella persona que labore o preste sus servicios en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, independientemente del esquema de contratación a que esté sujeta a partir de criterios éticos que incentiven el desarrollo personal y fortalecer la identidad institucional de frente a la sociedad en un marco de respeto, transparencia, profesionalismo y un firme compromiso en pro de la defensa y respeto de los derechos humanos.

CAPÍTULO V

PRESENTACIÓN

Ciudad Típica de Metepec, Estado de México, a 29 de junio de 2018

SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO

P R E S E N T E S

Me es grato dirigirme a Ustedes, para dar a conocer el Código de Conducta de esta dependencia, como un instrumento que permite a las y los servidores públicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, regirse por los valores contenidos en el "Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, en...

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