Codigo de Conducta y Prevencion de Conflictos de Interes de las y los Servidores Publicos de la Secretaria de Educacion de Tamaulipas

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el miércoles 3 de febrero de 2021.

MARIO GOMEZ MONROY, Titular de la Secretaría de Educación del Estado de Tamaulipas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; y 2°, numeral 3 del Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas; y

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que en cumplimiento a lo establecido por el artículo 2°, numeral 3 del Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, No. 140 de fecha 20 de noviembre 2013, el cual señala la obligación de las dependencias y entidades de elaborar su propio Código de Conducta, de acuerdo a las características propias de cada institución y conforme a la guía (sic) para tal efecto emita la Contraloría Gubernamental del Estado.

SEGUNDO. Que en fecha 19 de diciembre de 2017, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas No. 151 el acuerdo mediante (sic) se expide el Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, mismo que abroga el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 140 de fecha 20 de noviembre 2013. Asimismo, en fecha 20 de diciembre de 2018, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 153 el ACUERDO mediante el cual se reforman y se adicionan diversas disposiciones del Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas.

TERCERO. Que con fecha 20 de octubre de 2020, se instaló el Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Educación de Tamaulipas; y se estableció entre sus atribuciones la de elaborar el Código de Conducta y Prevención de Conflicto de Interés de las y los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.

CUARTO. Que el contenido del presente Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación de Tamaulipas, será complementario a las legislaciones existentes, en lo que respecta a las actividades que realizan las y los servidores públicos de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.

QUINTO. Que con fecha 10 de diciembre de 2020, el Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Educación de Tamaulipas, aprobó por unanimidad el Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación de Tamaulipas, para dar cumplimiento a lo establecido en el segundo artículo transitorio del acuerdo mediante el cual se expide el Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, que ha texto dice "la Dependencia o Entidad del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado, a través de sus Comités, emitirán las reformas necesarias a sus Códigos de conducta para que se ajusten al presente Código", por lo que he tenido a bien dar seguimiento a dicho Acuerdo, mediante la Publicación Oficial del Estado de Tamaulipas, del siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS

ÍNDICE

Mensaje del Secretario de Educación de Tamaulipas

Misión y Visión de la Secretaría de Educación de Tamaulipas

Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas

Código de Conducta y Prevención de Conflicto de Interés de las y los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación de Tamaulipas

CAPÍTULO I.O bjetivo del Código de Conducta de la

Secretaría de Educación de Tamaulipas

CAPÍTULO II Ámbito de Aplicación y Obligatoriedad
CAPÍTULO III.I ntroducción
CAPÍTULO IV.P rincipios y Valores
CAPÍTULO V.C onductas de Actuación de las Personas

Servidoras Públicas de la Secretaría de

Educación de Tamaulipas

CAPÍTULO VI.I nstancias encargadas de la

implementación, interpretación, consulta

y asesoría del Código de Conducta

CAPÍTULO VII.G losario
CAPÍTULO VIII.C arta Compromiso
CAPÍTULO IX.M arco Normativo
ANEXO ÚNICO Artículos 1 a 4

MENSAJE DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS

Estimado Servidor Público y Servidora Pública:

Para lograr la transformación de la función gubernamental y construir un buen gobierno, creíble y confiable para la ciudadanía, es fundamental que las instituciones cuenten con un Código de Conducta que concientice a quienes se desempeñan en el servicio público en torno al alto valor social de sus acciones.

El Código de Conducta para las personas servidoras públicas de la Secretaría de Educación de Tamaulipas establece el comportamiento esperado de quienes forman parte de esta Institución; se trata de la descripción de las conductas específicas que orientan el desempeño de las personas servidoras públicas en estricto apego a los principios, valores y reglas de integridad que sustentan la ética pública, lo anterior, con el propósito de dignificar el servicio público, fortalecer las instituciones y lograr así el bienestar de la ciudadanía y, particularmente, de los educandos, a quienes les asiste el derecho de recibir una educación pública, laica, gratuita y de calidad, abonando así al progreso de Tamaulipas.

Refrendamos un absoluto rechazo a las conductas que atentan contra la integridad y la dignidad de las personas en los espacios laborales. Por ello, todas las personas que laboramos en la Secretaría de Educación de Tamaulipas, asumimos el compromiso de actuar bajo el principio de Cero Tolerancia a la discriminación, al hostigamiento sexual y al acoso sexual.

El conducirnos conforme el Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación de Tamaulipas nos permitirá actuar de forma coherente e íntegra a fin de prevenir y combatir cualquier forma de corrupción.

Por ello, les invito cordialmente a que conozcan nuestro Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación de Tamaulipas, lo hagan suyo, y asuman el compromiso de adoptar sus principios, valores y reglas de integridad, con el fin de contribuir al fortalecimiento de la conducta ética y la prevención de conflictos de interés en el quehacer público y así unir esfuerzos por el bien de México.

Lic. Mario Gómez Monroy

Secretario de Educación de Tamaulipas

MISIÓN Y VISIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS

MISIÓN

Proporcionar servicios educativos de alta calidad en todos los niveles, con responsabilidad, ética, tolerancia y compromiso social, buscando la inclusión de todos los municipios y regiones tamaulipecas, mediante una gestión participativa, innovadora y transparente, que responda a la realidad estatal y permita el desarrollo humano de las personas, contribuyendo al desarrollo integral de Tamaulipas.

VISIÓN

Un sistema educativo moderno, con cobertura similar en acciones y resultados en todas las regiones estatales, enfocado a la formación de calidad en todos sus niveles y a la generación, difusión y transferencia del conocimiento; con procesos de gestión transparentes y eficientes; vinculado con los sectores social y productivo; con reconocimiento social amplio por sus resultados y sus contribuciones al desarrollo estatal; con una posición estratégica en los ámbitos nacional e internacional.

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

OBJETIVO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS

Artículo 1

Proporcionar a las personas servidoras públicas de la SET, en forma específica y concreta las conductas éticas que los orienten en su actuación, a fin de que en el desempeño de su empleo, cargo o comisión se conduzcan bajo los principios, valores y reglas de integridad que deberán observar en situaciones específicas que se les presenten, y crear las condiciones que permitan asegurar el acceso a las mexicanas y mexicanos a una educación de excelencia, en el nivel y modalidad que la requieran y en el lugar donde la demanden.

Artículo 2 Quienes integran el servicio público, tienen el compromiso de contribuir a lograr una educación de inclusión, equidad y excelencia como principal componente del tejido social y de acceso a una mejor calidad de vida para todas las personas que viven en México.
CAPÍTULO II Artículos 3 y 4

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

Artículo 3 El presente Código de Conducta deberá ser observado y cumplido, sin excepción, por quienes en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, integran el servicio público que participan en el Comité, sin importar su régimen de contratación.
Artículo 4...

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