Codigo de Conducta de las Personas Servidoras Publicas de la Secretaria de Educacion del Estado de Zacatecas
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE ZACATECAS
TEXTO ORIGINAL.
Código publicado en el Núm. 97 del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el miércoles 4 de diciembre de 2019.
COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS
Código de Conducta de las Personas Servidoras Públicas de la Secretaría de Educación del Estado de Zacatecas
ÍNDICE
GLOSARIO
FUNDAMENTACIÓN.
MARCO NORMATIVO
OBJETIVO
ÁMBITO DE APLICACIÓN
ALCANCE
IMPLEMENTACIÓN.
INSTITUCIONALIDAD.
PRINCIPIOS RECTORES, VALORES Y REGLAS DE INTEGRIDAD.
LA APLICACIÓN
CONDUCTAS DE FOMENTO A LA INTEGRIDAD PARA ORIENTAR EL DESEMPEÑO DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA SECRETARÍA
ASIGNACIÓN DE RECURSOS
ERRADICAR LA CORRUPCIÓN
TRANSPARENCIA Y RESPONSABILIDAD DE LA INFORMACIÓN
RENDICIÓN DE CUENTAS
CONFLICTOS DE INTERÉS
CORRUPCIÓN
PERSPECTIVA DE GÉNERO
COMPORTAMIENTO ÉTICO
SANCIONES
GLOSARIO
Secretaría de EducaciónDependencia de la Administración Pública
Centralizada del Poder Ejecutivo Encargada
de la Educación.
ÉticaConjunto de costumbres y normas que dirigen
o valoran el comportamiento humano en una
comunidad.
Código de ConductaInstrumento que establece las directrices generales
del actuar de las personas servidoras
públicas, sus responsabilidades y acciones
en el quehacer institucional y en la convivencia
cotidiana.
Código de ÉticaDocumento que fija las normas tendientes a
regular el comportamiento de las personas dentro
de un determinado contexto.
Persona servidoraPersona que brinda un servicio de utilidad
públicasocial, es decir que aquello que realiza, beneficia
a otras personas y no genera ganancias privadas
y por lo general prestan servicios al estado.
Comité de ÉticaÓrgano colegiado de deliberación, con
carácter consultivo, creado para el
análisis y asesoramiento sobre las cuestiones de
carácter ético.
Conflictos de InterésSituación en la que una persona en vez de
cumplir con lo debido, podría guiar sus
decisiones o actuar en beneficio propio o de
un tercero.
CÓDIGO DE CONDUCTA
A las Personas Servidoras Públicas
Es fundamental que quienes laboramos en esta Secretaría de Educación, tengamos siempre presente que nuestra conducta debe estar enmarcada siempre por los valores, principios y reglas de integridad, asumiendo un compromiso con la prevención de conflictos de interés.
Este documento es un instrumento que nos lleva a hacer más humanitarios, cálidos y éticos en los servicios que brinda la Secretaría de Educación, en el marco de la calidad de los servicios que ofrecemos en el sector educativo.
El Código de Conducta para las Personas Públicas de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Zacatecas, surge de la reflexión y el esfuerzo de un grupo significativo de personas preocupadas por aplicar los valores que dan sustento a esta institución.
Su propósito esencial es ser una guía para la toma de decisiones desde un ángulo ético y ofrecer a las personas servidoras públicas principios claros para orientar sus acciones con el fin de promover con ellas la dignidad de las personas.
Aquí se especifican los compromisos de la Secretaría de Educación y de las personas que la conforman para con los grupos e instancias con quienes mantiene una relación sistemática, como lo son alumnos, padres de familia, maestros, escuelas públicas y particulares, sindicatos, proveedores, gobierno, personal de la propia secretaría y la sociedad en general.
En el Código de Ética para las Personas Servidoras Públicas del Gobierno del Estado de Zacatecas, se establecen los principios y valores totales que rigen a toda persona servidora pública del Gobierno del Estado de Zacatecas, en el presente Código de Conducta, se señalan y definen los fundamentos de comportamiento Ético aplicables a las actividades que se desarrollan en esta Secretaría de Educación, mediante la enunciación de las normas mínimas de comportamiento y su compromiso para cumplirlas.
Les exhorto a que trabajemos en estricto apego a la legalidad y ética pública, en cualquier empleo, cargo o comisión que desarrollemos dentro de la institución.
Gracias por cumplir con nuestro Código.
Dra. Gema A. Mercado Sánchez
Titular de la Secretaría de Educación
FUNDAMENTACIÓN
La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Zacatecas con fundamento en lo que dispone el Artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 150 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, Artículos 23, 25 fracción IX y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, 6 y 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, Cuarto Transitorio del Código de Ética para las Personas Servidoras Públicas del Gobierno del Estado de Zacatecas y Numeral 6 del Acuerdo que contiene los Lineamientos Generales para Propiciar la Integridad de los Servidores Públicos y para Implementar Acciones Permanentes que Favorezcan en su Comportamiento Ético; expide el presente Código de Conducta de las Personas Servidoras Públicas de la Secretaría de Educación del Estado de Zacatecas.
MISIÓN: Garantizar educación de calidad, incluyente, con equidad y formar personas libres y creativas, generosas y competentes para crear condiciones pertinentes de transformación social.
VISIÓN: La Secretaría de Educación lidera políticas educativas y procesos de gestión, de administración eficaz y responsable. Reconocida como el eje principal que impulsa la mejora social y que procura la formación de buenas personas talentosas y felices.
VALORES: Responsabilidad, Respeto, Honestidad, Vocación de Servicio, Justicia, Transparencia y Liderazgo.
MARCO NORMATIVO
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
- Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.
- Ley General de Responsabilidades Administrativas.
- Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
- Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Zacatecas.
- Reglamento Interior de la Secretaria de Educación.
- Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Gobierno del Estado de Zacatecas.
- ACUERDO que tiene por objeto emitir los Lineamentos Generales para Propiciar la Integridad de los Servidores Públicos y para Implementar Acciones Permanentes que Favorezcan su Comportamiento Ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.
OBJETIVO
Proporcionar a las personas servidoras públicas de la Secretaría de Educación de Zacatecas, un catálogo de conductas éticas que orienten su actuación y desempeño cotidiano, en base a los valores que sustentan la Administración Pública Estatal.
El Código de Conducta de las Personas Servidoras Públicas de la Secretaría de Educación de Zacatecas se fundamenta en los cinco Principios Constitucionales, de los que se desprenden valores y normas fundamentales y además establece una guía de comportamiento esperado del personal, siempre con referencia a las prácticas comúnmente aceptadas en las actividades del servicio público y las obligaciones laborales contraídas, y se basa en los principios fundamentales de la Ética, fortalece asimismo, la identificación del personal con su profesión y con la institución donde labora.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
El Código de Conducta para las Personas Servidoras Públicas de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Zacatecas, establece las directrices para que la Secretaría de Educación cumpla con su Misión al conocer, comprender y finalmente, interiorizar el Código que permite reforzar el criterio y sensibilidad respecto a la forma de conducirse y la manera en que los demás perciben e interpretan la actuación en el cargo que se desempeña.
A través del Código de Conducta para las Personas Servidoras Públicas de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Zacatecas, se determinan los valores generales y la normatividad bajo la que se rige el desempeño y convivencia en la Institución. Contiene reglas generales de conductas sustentadas en los principios rectores del servicio público, al igual que ayudan a fortalecer la honestidad e integridad en las actividades que se realizan, la toma de decisiones adecuadas y conciencia de la responsabilidad adquirida al formar parte de esta Institución.
Además, ser responsable de la imagen y reputación de la Secretaría de Educación teniendo presente la Misión y Visión que sustenta el quehacer de la dependencia.
El presente Código de Conducta, marca la pauta a seguir de todas las personas servidoras públicas que laboran en esta Institución para que con su actuación contribuyan al cumplimiento de construir una sociedad en la que se garantice el respeto a sus derechos sociales.
ALCANCE
El presente Código de Conducta debe observarse y cumplirse, sin excepción, por todas las personas servidoras públicas de la Secretaría de Educación en el quehacer de sus responsabilidades. El incumplimiento del mismo dará lugar a los procedimientos administrativos correspondientes, de conformidad a lo establecido en la normatividad vigente.
IMPLEMENTACIÓN
El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de...
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