Codigo de Conducta de la Escuela de Musica del Estado de Hidalgo

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA ESCUELA DE MÚSICA DEL ESTADO DE HIDALGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Alcance Tres al Número 21 del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 23 de Mayo de 2022.

L. M. AARON DAVID TRÁPALA MARTÍNEZ, ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA ESCUELA DE MÚSICA DEL ESTADO DE HIDALGO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 14, FRACCIÓN X DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO, 13 FRACCIÓN IV DEL DECRETO MODIFICATORIO DE LA ESCUELA DE MÚSICA DEL ESTADO DE HIDALGO Y 6, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO; Y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que en la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 6, establece la obligación para todos los entes públicos a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública.

SEGUNDO. Que, con la finalidad de hacer frente a los retos en materia de combate a la corrupción, la Secretará (sic) de Contraloría, expidió Acuerdo mediante el cual se emite los Lineamientos Generales que establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés publicado en el Periódico Oficial del estado el 23 de noviembre de 2017.

TERCERO. Que el presente Código de Conducta es una formulación que principalmente tiene como base los Principios Constitucionales, legales, valores y reglas que contiene y describe el Código de Ética de esta Escuela de Música y que están vigentes y son reguladoras de las actividades diarias de los servidores públicos.

CUARTO. Que se contemplan como elementos fundamentales de este Código de Conducta los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, competencia por mérito, eficacia, integridad, equidad, a los valores de interés público, respeto, respeto a los derechos humanos, igualdad y no discriminación.

QUINTO. Que, el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, el Eje 3, Hidalgo con Bienestar, objetivo estratégico 3.4 Arte y cultura, establece como su propósito fundamental garantizar una educación y formación cultural inclusiva, pertinente y relevante, que asegure los aprendizajes y capacidades que permitan a los hidalguenses una inserción adecuada a la vida social y productiva.

SEXTO. Que, el presente Código tiene como objeto conducir las acciones del personal de la Escuela de Música del Estado de Hidalgo en el desempeño de sus funciones cumpliendo las normas y leyes aplicables a la materia.

Por lo anterior expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA ESCUELA DE MÚSICA DEL ESTADO DE HIDALGO.

Capítulo I

De las Disposiciones Generales.

  1. - El presente Código de Conducta, es de observancia general y obligatoria para los servidores públicos de la Escuela de Música del Estado de Hidalgo, las disposiciones de este Código serán observadas en cualquier lugar, situación o contexto en el que los servidores públicos ejerzan algún empleo, cargo o comisión y tendrá como objetivo, contribuir en el fortalecimiento preventivo orientado principalmente al funcionamiento de la organización y a la confianza institucional, dando certeza plena a sus servidores públicos sobre el comportamiento ético al que deben sujetarse en su quehacer cotidiano garantizando un correcto desempeño de la función pública.

  2. - El presente Código de Conducta, es el instrumento que contiene los principios, valores y reglas de integridad considerados como fundamentales para la definición del actuar del servicio público y que busca incidir en el comportamiento y desempeño de los servidores públicos, para formar una ética e identidad profesional compartida y un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público.

  3. - El lenguaje empleado en este Código no busca generar ninguna distinción, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.

  4. - Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

    I. Código de Conducta: Código de Conducta de la Escuela de Música del Estado de Hidalgo, el instrumento deontológico en el que se especifica de manera puntual y concreta la forma en que los servidores públicos aplicarán los principios, valores y reglas de integridad en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión.

    II. Código de Ética: Es el instrumento deontológico, al que refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira un servidor público, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía;

    III. Comité: Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Escuela de Música del Estado de Hidalgo, como órgano integrado que tiene a su cargo el fomento de la ética e integridad en el servicio público y la prevención de conflictos de interés a través de acciones de orientación, capacitación y difusión en la Escuela;

    IV. Escuela: Escuela de Música del Estado de Hidalgo;

    V. Servidores Públicos: Las personas mujeres y hombres que desempeñan un empleo, cargo o comisión en la Escuela conforme a lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; y

    VI. UEEPCI: Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Administración Pública del Estado de Hidalgo.

  5. - Misión: Ser una Institución consolidada, que aspira cumplir con la encomienda de rescate y la preservación de las diversas manifestaciones musicales que constituyen el patrimonio cultural estatal, nacional e (sic) universal, a través de la formación de concertistas, ejecutantes instrumentales...

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