Código de conducta de la Casa Queretana de las Artesanías.

Pág. 13242 PERIÓDICO OFICIAL 30 de abril de 2021
CASA QUERETANA DE LAS ARTESANÍAS
KARINA TREJO ACUÑA, Directora General de la Casa Queretana de las Artesanías del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 23, fracción I, 55, fracciones I, V,
IX y XIII, de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Querétaro; Décimo Primero de los
Lineamientos para la Emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas; 16 del Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro y sus Entidades; y
CONSIDERANDO
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Querétaro, en sus artículos 109, fracción III y en 38, fracción III, respectivamente, establecen que los servidores
públicos deberán observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, los principios de legalidad,
honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia.
La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, en el último párrafo del artículo 3, dispone
que el Gobierno se sustenta en el valor de la ética, por lo que todos los entes públicos deberán contar con un
Código de Ética, mediante el establecimiento de una adecuada política, la creación de un comité de ética
formalmente constituido y de la realización de la capacitación y difusión en dicho valor.
La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 18
de julio de 2016, y la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Querétaro, publicada en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro el día 18 de abril de 2017, en sus artículos 5 y 2, fracción VIII y 5,
respectivamente, establecen como objetivos, acciones y mecanismos permanentes aquéllos que aseguren la
integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos con la finalidad de contar con políticas eficaces
de ética pública, atendiendo a los principios rectores del servicio público.
El 12 de octubre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer
los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas emitido por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, en
sus artículos Octavo ycimo Primero, se establece que el Código de Ética deberá precisar las reglas de
integridad y que para la aplicación del Código de Ética se emitirá un Código de Conducta, mismo que contendrá
conductas dirigidas a los servidores públicos, basadas en los principios, valores y reglas de integridad.
El 18 de octubre de 2019, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra
de Arteaga”, el Código de Ética de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus
Entidades, en el que se prevé que los Titulares de las Dependencias y Entidades emitirán el Código de Conducta
en el que se especifique de manera puntual y concreta la forma en que los servidores públicos aplicarán los
principios, valores y reglas de integridad contenidos en el Código de Ética.
El Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021, dentro del eje rector V, “Querétaro con buen gobierno”
establece en la estrategia V.2 diversas líneas de acción orientadas a promover y fortalecer la transparencia, la
legalidad y el combate a la corrupción y estas se traduzcan en mejor calidad de vida de la población queretana.
En cumplimiento con lo establecido en los artículos 16 fracciones I y VII, 23 fracciones I y XIV de la Ley de
Fomento a la Actividad Artesanal en el Estado de Querétaro, y 12 fracción VII, del Reglamento Interior de la
Casa Queretana de las Artesanías, la Directora General de este organismo descentralizado sometió a
aprobación de su máximo órgano de gobierno, el presente Código de Conducta, siendo aprobado según consta
en el Acuerdo número CQA-01-06-16/02/2021 de la Primera Sesión Ordinaria del Consejo General de la Casa
Queretana de las Artesanías, celebrada el 16 de febrero de 2021.
La Casa Queretana de las Artesanías es un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado,
sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo del Estado, teniendo por objeto, entre
otras actividades, diseñar, administrar y promover programas que tengan por objeto fortalecer y difundir la
actividad artesanal, tanto al interior de la entidad como fuera de la misma; así como promover la creación de
empleos a través del desarrollo de infraestructura en el sector artesanal y la apertura de nuevos mercados
nacionales y extranjeros, a fin de dar a conocer la artesanía queretana y mejorar las condiciones económicas
del artesano, auxiliándolo en la comercialización de sus productos.

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