Del objeto, circunscripcion y actividades de las camaras y confederaciones

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas4-17
EDICIONES FISCALES ISEF
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los programas y acciones que les hayan sido subrogados y la infor-
mación financiera respecto del SIEM;
IX. Expedir los acuerdos de carácter general necesarios para el
cumplimiento de esta Ley;
X. Vigilar y verificar la observancia de esta Ley, así como sancionar
los casos de incumplimiento; y
XI. Las demás señaladas en esta Ley.
TITULO SEGUNDO
DEL OBJETO, CIRCUNSCRIPCION Y ACTIVIDA-
DES DE LAS CAMARAS Y CONFEDERACIONES
CAPITULO PRIMERO
DEL OBJETO
ARTICULO 7. Las Cámaras tendrán por objeto:
I. Representar, promover y defender los intereses generales del
comercio, los servicios, el turismo o de la industria según correspon-
da, como actividades generales de la economía nacional anteponien-
do el interés público sobre el privado;
II. Ser órgano de consulta y de colaboración de los tres niveles
de gobierno, para el diseño, divulgación y ejecución de las políticas,
programas e instrumentos para el fomento de la actividad económica
nacional;
III. Fomentar la participación gremial de los Comerciantes y los
Industriales;
IV. Operar el SIEM con la supervisión de la Secretaría, en los térmi-
nos establecidos por esta Ley;
V. Actuar como mediadoras, árbitros y peritos, nacional e inter-
nacionalmente, respecto de actos relacionados con las actividades
comerciales, de servicios, de turismo o industriales en términos de la
legislación aplicable y la normatividad que para tal efecto se derive
de esta Ley;
VI. Colaborar con el Servicio de Administración Tributaria emitien-
do opinión respecto de los sectores que deben integrar el Padrón de
Sectores Específicos, y proporcionar a solicitud de dicho órgano la
información estadística que requiera para la incorporación de contri-
buyentes a dicho Padrón;
VII. Colaborar con la Secretaría en la evaluación y emisión de
certificados de origen de exportación, de conformidad con las dispo-
siciones aplicables previa autorización de la dependencia;
VIII. Prestar los servicios públicos concesionados por los tres
niveles de gobierno, destinados a satisfacer necesidades de interés
general relacionados con el comercio, los servicios, el turismo y la
industria;
IX. Colaborar con la Secretaría en las negociaciones comerciales
internacionales, cuando así lo solicite ésta;
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