Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el proveedor Construcción y Mantenimiento Finca, S.A. de C.V.
Fecha de disposición | 24 Enero 2018 |
Fecha de publicación | 24 Enero 2018 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. CIRCULAR OIC/AR/SHCP/001/2018
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON EL PROVEEDOR CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO FINCA, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 18, 26, 37, fracciones IX y XII y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 98, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de julio de dos mil diecisiete; 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, 8 y 9, párrafo primero, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, apartado C, 2 último párrafo y 98-A del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado el once de septiembre de mil novecientos noventa y seis, cuya última reforma data del veintisiete de septiembre de dos mil diecisiete; y en cumplimiento a lo ordenado en el punto resolutivo QUINTO de la resolución del veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete, dictada en el expediente de sanción número SANC/0001/2016, incoado a la empresa Construcción y Mantenimiento Finca, S.A. de C.V., esta autoridad hace de su conocimiento que, a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse, de aceptar propuestas o celebrar contratos, con dicho proveedor, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.
En el...
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