Circular 55. Aplicación supletoria de la NIC 40

Páginas1692-1692

Page 1692

Antecedentes

En abril de 2000 el Internacional Accounting Standards Board emitió la NIC 40 Propiedades de Inversión, que entró en vigor a partir del 1o. de enero de 2001, recomendándose su aplicación anticipada. La NIC 40 permite el uso de uno de dos modelos propuestos para la valuación de las propiedades de inversión que son los siguientes:

- Modelo del costo

- Modelo de valor razonable (fair value)

Propiedades de inversión, en los términos del párrafo 4 de la NIC 40, son propiedades (terrenos o un edificio o parte de un edificio, o ambos) que se tienen (por parte del dueño o por parte del arrendatario bajo un arrendamiento financiero) para ganar rentas o plusvalía o ambas y no para:

  1. Uso en la producción o suministro de bienes o servicios o para fines administrativos.

  2. Venta en el curso ordinario del negocio.

Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en México no contemplan hasta ahora el concepto de propiedades de inversión, y el marco conceptual de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados está estructurado básicamente sobre el modelo de costo histórico, aun cuando se reconoce la conveniencia del modelo de valor razonable para la valuación de algunos activos y pasivos.

Objetivo

Confirmar a la profesión de la Contaduría Pública y a los preparadores y usuarios de los estados financieros la supletoriedad de la NIC 40 y su forma de aplicación.

Criterio

La Comisión de Principios de Contabilidad determinó que la NIC 40 debe ser de aplicación supletoria, ya que cubre una particularidad del entorno económico mexicano. Sin embargo, esta Comisión considera que de acuerdo a la regulación contable existente el método aplicable para México debe ser el del Modelo del costo, por lo tanto, la NIC 40 es de aplicación supletoria en todas sus partes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR