Circular 12/2020, dirigida a las entidades sujetas a la supervisión del Banco de México, relativa a las exenciones provisionales en relación con la pandemia de COVID-19

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A LAS ENTIDADES SUJETAS A LA SUPERVISIÓN DEL BANCO DE MÉXICO:

ASUNTO: EXENCIONES PROVISIONALES EN RELACIÓN CON LA PANDEMIA DE COVID-19

El Banco de México, con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, así como de dar certeza jurídica a las entidades e intermediarios financieros bajo su supervisión, ante las circunstancias derivadas de la pandemia de COVID-19, para efectos de las diligencias y actuaciones respecto de los procedimientos administrativos de imposición de sanción, así como de los procedimientos correspondientes a los recursos, tanto de revisión como de reconsideración, además de los relativos a los requerimientos de información relacionados con los referidos procedimientos, ha decidido considerar inhábiles los días comprendidos entre el 23 de marzo y las fechas indicadas a continuación que resulten aplicables al periodo correspondiente en el que se haya efectuado la notificación que dé origen a las diligencias y actuaciones referidas:

  1. 31 de octubre de 2020, respecto de las diligencias y actuaciones correspondientes a las notificaciones realizadas desde el 23 de marzo hasta el 30 junio de 2020.

  2. 30 de noviembre de 2020, respecto de las diligencias y actuaciones correspondientes a las notificaciones realizadas durante julio de 2020.

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