El CINIF... en breve

AutorIsabel Garza Rodríguez
CargoInvestigadora del CINIF
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El Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF), publicó para auscultación dos normas relativas a las entidades con propósitos no lucrativos: la NIFB-16, Estados financieros de entidades con propósitos no lucrativosy la NIF E-2, Contribuciones recibidas u otorgadas por entidades con propósitos no lucrativos. El CINIF decidió llevar a cabo modificaciones a estas normas con la finalidad de incorporar la nueva terminología establecida en el Marco Conceptual de las NIF. Además, en el caso de la NIF B-16, era necesario adicionar los cambios derivados del establecimiento del estado de flujos de efectivo, de acuerdo con la NIF B-2, Estado de flujos de efectivo, así como los cambios en la estructura del estado de actividades provocados por la emisión de la NIF A-5, Elementos básicos de los estados financieros.

Las propuestas de cambios importantes a la NIF B-16, son:

» Se establece la clasificación de los activos, pasivos y patrimonio contable con base en lo establecido por las NIF A-5 y NIF A-7, Presentación y revelación.

» Se precisa que las contribuciones recibidas deben reconocerse como ingresos.

» Se definen los principales niveles y clasificaciones que deben presentarse en el estado de actividades.

» Se permite la presentación de los costos y gastos de acuerdo con su naturaleza.

Las propuestas de cambios importantes a la NIF E-2, son: » Se precisa que las contribuciones recibidas son ingresos.

» En la valuación de contribuciones se emplean varios conceptos de valor establecidos en la NIF A-6, Reconocimiento y valuación.

» Se establece la obligación de depreciar o deteriorar los bienes provenientes de contribuciones recibidas.

» Se establece que los ingresos que perciben las entidades con propósitos no lucrativos por la venta de bienes o por la prestación de servicios, aunque sean a precios sustancialmente inferiores a los de mercado, no se consideran contribuciones.

» Se elimina el requisito de reconocer las contribuciones en servicios.

» Se...

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