Acuerdo para el cierre operativo del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE) en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que formalizan la Secretaría de la Reforma Agraria, la Procuraduría Agraria, el Registro Agrario Nacional, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y dicha...

Fecha de disposición21 Febrero 2006
Fecha de publicación21 Febrero 2006
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO para el cierre operativo del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE) en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que formalizan la Secretaría de la Reforma Agraria, la Procuraduría Agraria, el Registro Agrario Nacional, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.

ACUERDO PARA EL CIERRE OPERATIVO DEL PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES (PROCEDE) EN ADELANTE “EL PROGRAMA”, EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; QUE FORMALIZAN EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. FLORENCIO SALAZAR ADAME; LA PROCURADURIA AGRARIA, REPRESENTADA POR EL DR. ISAIAS RIVERA RODRIGUEZ EN SU CALIDAD DE PROCURADOR AGRARIO; EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR EN JEFE, EL AGR. ABELARDO ESCOBAR PRIETO Y EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA, GEOGRAFIA E INFORMATICA, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE, EL DR. GILBERTO CALVILLO VIVES; TODOS COMO INTEGRANTES DEL COMITE NACIONAL DE COORDINACION DEL PROCEDE Y, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, LIC. FIDEL HERRERA BELTRAN, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL LIC. REYNALDO G. ESCOBAR PEREZ.

ANTECEDENTES

  1. El Gobierno Federal estableció el Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE), con la finalidad de otorgar certeza y seguridad jurídica sobre la tenencia de la tierra de origen social a través de la certificación de derechos parcelarios y de uso común, así como de la titulación de solares urbanos.

  2. De conformidad con el Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de enero de 1993, las instituciones involucradas en la operación de “El Programa”, iniciaron de manera oficial en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, los trabajos relativos.

  3. El PROCEDE se encuentra incorporado al Programa Sectorial Agrario 2001-2006, en su línea estratégica de Ordenamiento y Regularización de la Propiedad Rural, para contribuir al desarrollo sustentable del campo mexicano, y al inicio de la presente Administración Federal se tomó la decisión de consolidar este esfuerzo y continuar promoviéndolo en los núcleos que no habían sido certificados, aplicando nueva metodología de trabajo.

  4. El PROCEDE se ha caracterizado por ser voluntario y gratuito, al cual, durante su desarrollo, pudieron acceder todos los núcleos y sujetos agrarios que así lo decidieron, cumpliendo desde luego con las leyes de la materia y los supuestos normativos de “El Programa”.

RESULTANDOS

PRIMERO.- Que el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, cuenta con una superficie de 7´309,173 hectáreas, de las cuales 2´970,964 hectáreas son de propiedad social, que representan el 40.65 por ciento de la superficie total de la entidad federativa.

SEGUNDO.- Que la superficie social del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, comprende 3,621 núcleos agrarios, de los cuales 3,539 son ejidos y 82 comunidades y que, a trece años de operación del PROCEDE, se ha concluido con la Certificación y Titulación de 3,316 núcleos que equivalen al 91.57% del total estatal, beneficiando a 407,101 familias a través de la expedición de 767,375 documentos que acreditan la legítima propiedad de sus tierras.

TERCERO.- Que el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI), realizó los trabajos técnicos obteniendo como resultado la medición de 2'771,615 hectáreas, regularizándose de éstas una superficie de 2'604,582 hectáreas.

CUARTO.- Que 134 núcleos agrarios, 33 complementos y 68 suplementos se encuentran en proceso de certificación, mismos que se describen en el Anexo “A” del presente documento.

QUINTO.- Que no obstante los logros alcanzados, se registran 171 núcleos agrarios que no accesaron al PROCEDE por propia voluntad o por imposibilidad derivada de diversos problemas de índole jurídico, técnico o social clasificándose en la siguiente forma:

Rechazo a “El Programa”: 88

Núcleos con Problemática Jurídica: 83

Total: 171

Que estos núcleos se describen en el Anexo “B” de este documento.

SEXTO.- Que se hace especial mención de que los 171 núcleos agrarios referidos en el resultando anterior han sido atendidos por el Comité Estatal del PROCEDE, con sujeción a la normatividad jurídica y técnica aplicables en “El Programa”, sin que a la fecha se hayan dado las condiciones suficientes para su incorporación al mismo; situación que se documenta debidamente en cada uno de los expedientes respectivos, los cuales se encuentran en resguardo en el archivo estatal del Registro Agrario Nacional.

CONSIDERANDOS

PRIMERO.- Que uno de los grandes retos que enfrenta el Gobierno Federal es el de ofrecer a los mexicanos mejores y mayores oportunidades que les permitan elevar su nivel de vida, especialmente a aquellos que se encuentran en marginación y pobreza, para lo que resulta indispensable promover la regularización de sus derechos sobre la propiedad rural.

SEGUNDO.- Que para garantizar el desarrollo rural integral, es necesario otorgar seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal y comunal, a fin de posibilitar la participación de los sujetos agrarios en diversas formas de asociación, atraer la inversión pública y privada, y con todo ello, mejorar el bienestar social de los habitantes del campo.

TERCERO.- Que con la ejecución de “El Programa” se han logrado reducir significativamente los conflictos agrarios y, consolidar las bases para contar con la seguridad y certeza jurídica en la tenencia de la tierra. Que sus resultados permitirán establecer nuevos esquemas de colaboración y participación de la población y de las diversas instancias de gobierno, en los programas y proyectos de desarrollo nacional y regional.

CUARTO.- Que el Comité Operativo Estatal del PROCEDE, integrado por los representantes del Gobierno del Estado, de la Secretaría de la Reforma Agraria, el Delegado de la Procuraduría Agraria, el Coordinador Estatal del INEGI y el Delegado del Registro Agrario Nacional en el Estado; con fecha 13 de junio de 2005 emitió diagnóstico en el cual se determinó procedente el Precierre Operativo de “El Programa”; mismo que fue comunicado al Comité Operativo Nacional del PROCEDE el día 16 de junio de 2005; en razón de que en términos de los artículos 9, 16 y 22 de la Ley Agraria, se ha realizado la invitación al 100% de los núcleos agrarios legalmente constituidos en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para su incorporación al Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares.

QUINTO.- Que con fecha 20 de junio de 2005, los integrantes del Comité Operativo Nacional sometieron a consideración del Comité Nacional de Coordinación del PROCEDE el Precierre Operativo de “El Programa” en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; derivado de lo anterior, el día 7 de julio de 2005 el C. Secretario de la Reforma Agraria notificó al C. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el acuerdo favorable sobre el particular tomado por el Comité Nacional de Coordinación, con base en el cual, el pasado 8 de julio de 2005, se llevó a cabo la firma del Acuerdo de Precierre Operativo de “El Programa” en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscrito por sus integrantes y el C. Gobernador Constitucional del Estado, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de septiembre de 2005.

SEXTO.- Que posterior a la emisión y formalización del citado Acuerdo de Precierre de “El Programa”, han solicitado su incorporación al PROCEDE, 22 núcleos agrarios, 8 complementos y 47 suplementos que están considerados dentro del Anexo “A”, los cuales cumplen con las condiciones jurídicas, operativas y técnicas para ser incorporados a “El Programa”.

Por lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 12, 13, 17, 26, 41 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 56, 135, 136, 144, 148 y 149 de la Ley Agraria; artículo 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria; 11 fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria; 17 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional; 1 y 49 fracción XXIII de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 9 fracción I, 17 y 18 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, se emiten los siguientes:

ACUERDOS

PRIMERO.- A partir de las bases jurídicas, operativas y de los alcances logrados por el PROCEDE en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se declara formalmente la conclusión y Cierre Operativo del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE).

SEGUNDO.- Se sientan las bases para impulsar el nuevo Catastro Rural que permitirá el uso y aprovechamiento de la información en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y deberá publicarse en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

SEGUNDO.- Aquellos núcleos agrarios que al momento de la firma del presente Acuerdo estén en proceso de atención por parte de las autoridades que lo suscriben, seguirán siendo atendidos por las mismas hasta su conclusión, bajo los esquemas operativo y jurídico de “El Programa”, los cuales se relacionan en el Anexo “A” del presente documento.

TERCERO.- Los núcleos agrarios que con posterioridad a la fecha en que inicie la vigencia de este Acuerdo, resuelvan la problemática que por el momento les impide el acceso a “El Programa”, reúnan las condiciones jurídicas, operativas y técnicas y...

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