Ciencia, teoría y técnica de la legislación

AutorEduardo De Jesús Castellanos Hernández
Páginas81-106
Estudios Interdisciplina rios Sobre la Ciencia
81
CIENCIA, TEORÍA Y TÉCNICA DE LA LEGISLACIÓN
Eduardo de Jesús Castellanos Hernández35
SUMARIO: 1. Introducción. 2 . La visión de los
clásicos. 3. El conocimiento científico. 4. La Teoría
General del D erecho. 5. La Teoría de la Legislación.
6. La Técnica Legislativa. 7. El contexto nacional. 8.
Bibliografía.
1. Introducción
La presencia, formación, renovación, fortalecimiento y actividad
permanentes de los órganos legislativos, formales y materiales, del
Estado Mexicano, es un elemento indispensable, crucial, decisivo, de
la democracia nacional y para el buen funcionamiento de las
instituciones públicas. De ahí que los estudios sobre los temas que dan
título a esta nueva contribución siempre sean necesarios y actuales, a
condición no sólo de que de n cuenta de los trabajos previos sobre
dichas materias sino también que actualicen prop uestas y aporten
nuevas precisiones.
Como veremos más adelante, la reflexión sobre la función legislativa
es tan antigua como los más pretéritos doc umentos normativos de la
historia de la humanidad36 y tan reciente como la próxima agenda
legislativa que el ejecutivo de cualquier país democrático prepare para
enviar y concertar con el órgano u órganos legislativos previstos en su
Constitución nacional.
Naturalmente que la reflexión sobre la función legislativa y uno de sus
productos más conocidos, la ley o las leyes, entraña una actividad
35 Profesor e Investigador. Investigador Nacional, Nivel I. Miembro del
Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados. Área 5, Económicas y
Sociales.
36 Por ejemplo, en Wikipedia encontramos: “El Código de Hammurabi es uno
de los conjuntos de leyes más antiguos que se han encontrado y uno de los
ejemplares mejor conservados de este tipo de documentos creados en la antigua
Mesopotamia. Se basa en la aplicación de la ley del Talión, y es también uno
de los más tempranos ejemplos del principio de presunción de inocencia, pues
sugiere que el acusado o el acusador tienen la oportunidad de aportar pruebas.
Fue escrito en 1750 a. C. por el rey de Babilonia Hammurabi, donde unifica los
códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico. Actualmente está
conservado en el Museo del Louvre de París.”
Carlos Antonio Vázquez Azuara
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profesional de los juristas y no sólo de los legisladores, los cuales
tienen la n ecesidad de sobrevolar dicha actividad -realizada por ellos
mismos, cuando se trata de legisladores- para optimizarla, en el sentido
estricto de la palabra: buscar la mejor manera de realizar una actividad
o, en el sentido administrativo, buscar los mayores rendi mientos al
menor costo.
Es paradójico que los estudios sobre la aplic ación e interpretación de
la ley sean numerosos cuan do se trata de la actividad que realizan los
juzgadores, pero son en un número mucho menor cuando se trata del
proceso de producción de las leyes. Es éste aspecto del derecho el que
enfatizo bajo el título del presente artículo, sin dejar de incluir en el
ámbito de la c iencia jurídica las diferentes vertientes que incluye la
producción legislativa.
Parece obvio, pero es útil reiterarlo: la redacción, propuesta, discusión,
negociación, aprobació n, puesta en práctica y evaluación de una ley,
nunca es un hecho aislado. Identificar la forma en que este proc eso de
producción legislativa -y no sólo el proceso legislativo formal previsto
en las constituciones y leyes orgánicas de los po deres legislativos- se
vincula con la realidad social que pretende regular, es una travesía
intentada desde hace muchos siglos que siempre resulta indispensable
reanudar.
2. La visión de los clásicos
La primera etapa de la filosofía griega, con Anaxágoras y otros
pensadores, se centró en el estudio del origen del Cosmos y sus leyes.
En la segunda etapa, con Sócrates y los sofistas, lo primordial fu e el
estudio d el hombre. A partir de la Academia de Platón, fundada en
Atenas, el objeto de estudio de los filósofos griegos, en una tercera
etapa, fue tanto la naturaleza como el hombre37.
“Un anciano ateniense, clarísima co ntrafigura del propio Platón,
camina con otros dos viejos de la misma edad, Clinias el cretense y
Megilo el lacedemonio, desde la ciudad de Cnoso, hasta el antro y
santuario de Zeus situado cerca de ella; y para entretener la longitud
y el cansancio del camino, se dedican a charlar. El ateniense p ropone
que la plática verse sobr e el régimen político y las leyes en general, y
ello teniendo en cuenta que sus interlocutores proceden de países
37 Cfr.: Platón, La República, Prólogo, p. 7.

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