Certificados de participacion ordinarios o inmobiliarios

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas51-51

Page 51

"Los certificados de participación serán designados como ordinarios o inmobiliarios, según que los bienes fideicomitidos, materia de la emisión, sean muebles o inmuebles". Art. 228-D LGTOC.

Comentario. Solamente en el art. 8 de la Ley del ISR se contempla esta expresión para indicar que se consideran como sinónimos de las acciones.

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