¿Causan IVA los servicios de transporte escolar que se presten en el DF?

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Soy contador independiente. Recientemente, una persona física acudió a mis oficinas para contratar mis servicios de asesoría fiscal, ya que pretende constituir una sociedad anónima en conjunto con otros dos socios, la cual tendrá su domicilio fiscal en el DF y se dedicará a prestar servicios de transporte escolar. Al efecto, me preguntó si los servicios referidos deben causar IVA. Tengo duda al respecto.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Causan IVA los servicios de transporte escolar que se presten en el DF?

Respuesta

Sí, por lo siguiente:

El artículo 1o., fracción II, de la Ley del IVA establece lo siguiente:

1o. Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Presten servicios independientes.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 15, fracción V, de la Ley del IVA señala lo siguiente (énfasis añadido):

15. No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. El transporte público terrestre de personas que se preste exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Según se observa, la prestación de servicios independientes es objeto del IVA; sin embargo, no se pagará este impuesto por el transporte público terrestre de personas que se proporcione exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas.

Al efecto, los artículos 11 y 12 de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal especifican lo siguiente (énfasis añadido):

11. El servicio de transporte en el Distrito Federal, para los efectos de esta Ley, se clasifica en:

I. Servicio de transporte de pasajeros; y

II. Servicio de transporte de carga.

12. El servicio de transporte de pasajeros se clasifica en:

  1. Público:

a) Masivo;

b) Colectivo;

c) Individual; y

d) Bicicletas adaptadas.

II. Mercantil:

  1. Escolar;

  2. De personal;

    c) Turístico; y

    d) Especializado en todas sus modalidades.

    III. Privado:

  3. Escolar;

  4. De personal;

    c) Turístico;

    d) Especializado en todas sus modalidades; y

    e) Seguridad Privada.

    I...

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