Caso práctico de la reforma fiscal para 2014 - Determinación del IEPS causado por la enajenación de botanas (papas fritas) con una densidad calórica de 275 kilocalorías

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Planteamiento

Una persona moral del régimen general de ley que se dedica a la elaboración de botanas (papa fritas) cuya densidad calórica rebasa 275 kilocalorías, desea determinar el IEPS que se cause por la enajenación de sus productos en enero de 2014.

Datos

* Contenido calórico de cada bolsa de botanas (papas fritas) de 100 gramos 300 kilocalorías

* Cuota del IEPS por contenido calórico de 275 kilocalorías 8%

* Ingresos por la enajenación de botanas en enero de 2014 $124,514

Desarrollo

Determinación del IEPS causado en enero de 2014 por la enajenación de botanas (papas fritas) con contenido calórico superior a las 275 kilocalorías.

Ingresos por la enajenación de botanas en enero de 2014 $124,514

(x) Cuota del IEPS por contenido calórico de 275 kilocalorías 8%

(=) IEPS causado en enero de 2014 por la enajenación de botanas con contenido calórico superior a 275 kilocalorías $9,961

Comentario

A partir de 2014, se gravará con el IEPS a la tasa de 8%, a los alimentos denominados "chatarra", cuya

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densidad calórica sea de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos; al respecto, los siguientes alimentos serán objeto del gravamen: botanas, productos de confitería, chocolates y demás productos derivados del cacao, flanes y pudines, dulces de frutas y hortalizas, crema de cacahuate y avellanas, alimentos preparados a base de cereales, helados, nieves y paletas de hielo.

Cabe observar que cuando los alimentos mencionados cumplan con las disposiciones relativas a las especificaciones generales de etiquetado para alimentos, los contribuyentes podrán tomar las kilocalorías manifestadas en las etiquetas; asimismo, si se trata de alimentos que no tengan la etiqueta referida, se presumirá, salvo lo contrario, que tienen una densidad calórica igual o superior a 275 kilocalorías por cada 100 gramos.

Fundamento

Artículos 2o., fracción I, inciso J, y 5o. de la Ley del IEPS.

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