Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 11-44-19 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido Francisco I. Madero, Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chis.

Fecha de disposición21 Agosto 2012
Fecha de publicación21 Agosto 2012
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción I, 94 al 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76 al 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio sin número de fecha 28 de mayo de 2002, el Gobierno del Estado de Chiapas solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 10-14-37.64 Has., de terrenos pertenecientes al ejido denominado "FRANCISCO I. MADERO", Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas, para destinarlos a la ejecución del Plan Maestro y Anteproyecto Arquitectónico para el desarrollo del Zoológico Miguel Álvarez del Toro, conforme a lo establecido en el artículo 93, fracciones I, II, VI y VIII de la Ley Agraria, en relación con el artículo , fracciones I y II de la Ley de Expropiación, señalando en la propia solicitud que el pago de la indemnización será a cargo del Instituto de Historia Natural y Ecología del Estado de Chiapas, quien mediante oficio número IHNE/DG/000333/2001 de fecha 16 de mayo de 2002, se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12862, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 00001641, de fecha 27 de abril de 2006, recibida el 30 del mismo mes y año, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto. Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 11-44-19 Has., de terrenos de temporal de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada con la obra realizada por el Gobierno del Estado de Chiapas, en virtud de la anuencia otorgada mediante convenios de fechas 29 de noviembre de 2000 y 20 de junio de 2003, con intervención de la Procuraduría Agraria.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 31 de enero de 1940, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo y ejecutada el 15 de junio del mismo año, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido "FRANCISCO I...

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