Casos prácticos
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NOTAS IMPORTANTES
1. Los casos que se presentan a continuación no se encuentran relacionados entre sí.
2. Los datos utilizados en la elaboración de los casos prácticos que a continuación se presentan son estimados a 2015.
INPC
Puede actualizarse el SMG por el real.
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1. Factor de ajuste para un período de un mes, Art. 6-I-a) LISR
2. Factor de ajuste para un período superior a un mes, Art. 6-I-b)
LISR
Notas: El artículo 17-A del CFF señala que:
a) Se calculan hasta el diezmilésimo.
b) Cuando el cociente sea menor a 1, el factor de actualización será 1.
Libros sugeridos:
Pagos Mensuales del IVA 2014
60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014
Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos
Aplicación Práctica del Código Fiscal 2014
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Datos:
Monto histórico de la contribución 100,000.00
Mes al que corresponde el pago ene-15
Fecha en que debió pagarse 17-feb-15
Fecha en que se pagó 21-oct-15
1. Cálculo del monto actualizado y la actualización de la contribución
2. Cálculo de recargos
Mes | Tasa | Acumu- |
por | lado | |
mora | ||
Febrero | 1.13% | 1.13% |
Marzo | 1.13% | 2.26% |
Abril | 1.13% | 3.39% |
Mayo | 1.13% | 4.52% |
Junio | 1.13% | 5.65% |
Julio | 1.13% | 6.78% |
Agosto | 1.13% | 7.91% |
Septiembre | 1.13% | 9.04% |
Octubre | 1.13% | 10.17% |
Suma: | 10.17% |
Por:
Monto actualizado de la contribución por pagar 101,480.00
MONTO A PAGAR POR RECARGOS 10,321.00
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3. Cálculo del monto total a pagar
Monto histórico de la contribución 100,000.00 Más:
Actualización de la contribución 1,480.00 Más:
Monto a pagar por recargos_ 10,321.00
MONTO TOTAL A PAGAR 111,801.00
Notas:
1) La actualización se realiza considerando el mes anterior al más antiguo entre el anterior al más reciente.
2) Debe considerarse que los recargos de octubre corren a partir del día 17, puesto que se pagó el 21.
3) Para la determinación se consideran fracciones de peso, pero para el pago el monto se redondea. (Art. 20 pfo. 10)
Libros sugeridos:
Pagos Mensuales del IVA 2014
60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014
Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos
Aplicación Práctica del Código Fiscal 2014
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Libros sugeridos:
Pago a Plazos Diferido o en Parcialidades Aplicación Práctica del Código Fiscal.
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CONCEPTO | "A" | "B" | "C" |
Total de ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio | 25,373,439 | 17,067,224 | 5,897,231 |
Deducciones autorizadas (AGAPES proporcionales) | 21,062,531 | 18,235,754 | 4,422,923 |
PTU pagada en el ejercicio | 258,115 | 135,584 | 47,178 |
Utilidad Fiscal (Art. 9 LISR) | 4,052,792 | 1,427,130 | |
Pérdida Fiscal (Art. 57 LISR) | -1,304,114 | ||
Pérdidas Fiscales de ejercicios anteriores que se aplican en el ejercicio | 1,287,381 | ||
Deducción adicional del fomento al primer empleo | 131,518 | ||
Resultado Fiscal | 2,633,893 | 1,427,130 | |
Tasa del ISR | 30% | 30% | |
ISR del ejercicio | 790,168 | 428,139 | |
Reducción para AGAPES (Art. 74 LISR) | 128,442 | ||
ISR causado | 299,697 | ||
Estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica | |||
Otros estímulos | |||
Total de estímulos | - | - | |
Pagos provisionales efectuados enterados a la federación | 436,977 | 293,556 | 101,432 |
Impuesto retenido al contribuyente | 12,693 | 8,534 | 2,948 |
Impuesto acreditable pagado en el extranjero | |||
Impuesto acreditable por dividendos o utilidades distribuidos | 267,326 | ||
DIFERENCIA A CARGO | 73,173 | 195,317 | |
DIFERENCIA A FAVOR | 302,090 |
Notas:
1) Las pérdidas obtenidas conforme al artículo 61 de la LISR vigente al 31 de diciembre de 2013, se pueden restar de acuerdo con la fracción IX del art. 62 y las fracciones VI y XX del Artículo NOVENO de DT 2014.
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2) La deducción adicional al 1er. empleo puede aplicarse de acuerdo con la fracción XXXVII del Artículo NOVENO de DT 2014.
3) La tasa de reduccción para los AGAPES es del 30%.
4) Los AGAPES tienen exentos 40 VSMG (Ver caso AGAPES).
5) Las deducciones son proporcionales a los ingresos gravados art. 28-II.
6) El ISR retenido por intereses se considera pago provisional.
7) El ISR se acredita por dividendos pagados según art. 10-I.
Libros sugeridos:
Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014
Pagos Mensuales del IVA 2014
60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014
Análisis Fiscal Integral de las Personas Morales No Contribuyentes Régimen Fiscal de las Actividades Agropecuarias 2013
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1. De acuerdo con la fracción XXX del art. 28, el 53% de los conceptos exentos no son deducibles.
2. El art. 9 LISR señala en el último párrafo que para el cálculo de la base de PTU se deben disminuir de los ingresos acumulables, las cantidades que no hubiesen sido deducibles en los términos de la fracción XXX del art. 28 de la LISR.
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(Art. 31 LISR)
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Notas:
(a) Considerar el límite del monto máximo a deducir, según el artículo 42-II LISR vigente en 2013 de $ 175,000.00. A partir del 1 de enero de 2014 el monto máximo deducible en automóviles se reduce a $130,000.00 de acuerdo con el art. 36 fracción II de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2014.
(b) ARTICULO 28-II: No serán deducibles:
Los gastos que se realicen en relación con las inversiones... En el caso de automóviles y aviones, se podrán deducir en la proporción que represente el monto original de la inversión deducible a que se refiere el artículo 36 de esta Ley, respecto del valor de adquisición de los mismos.
Libros sugeridos:
Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014
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