Caso fortuito

AutorEmiliano Sandoval Delgado
Páginas289-292
289
JURÍDICA D E LAS A RICAS
CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO
EL CASO FORTUITO
Sumario: 1. Concepto legal; 2. Elementos conguradores.
1. Concepto legal
La fracción X del Artículo 15 dice: “El delito se excluye cuando:
[...]
X. El resultado típico se reproduce por caso fortuito;[..]”
2. Elementos configuradores
Aun partiendo de la existencia de acciones (u omisiones) voluntarias
y conscientes que dan cabal cumplimiento al comportamiento típico
descrito en la norma penal, resulta posible, desde luego, que el sujeto
autor de las mismas no devenga merecedor de sanción alguna, por
inexistencia de dolo o culpa en su comportamiento, deniéndose el
delito en el artículo 7 del vigente Código Penal Federal como aque-
llos actos u omisiones «que sancionan las leyes penales», y en el artí-
culo 8 «dolosas o culposas» penadas por la ley.
A la misma conclusión podría llegarse partiendo de lo establecido en
la fracción X del mismo texto legal, el profesor MALO CAMACHO entien-
de la realización de una conducta sin dolo ni culpa, que constituye el mí-
nimo de exigencia ético social de la ley penal, sin alguno de los cuales, por
tanto, no puede haber delito; toda vez que los mismos conforman el ele-
mento subjetivo del tipo, ante su ausencia, estaremos frente a una causa
de atipicidad. En cambio, dentro de un modelo causalista del delito, el ca-
so fortuito aparece encaminado en el ámbito de la inculpabilidad.
Observa a este respecto el profesor QUINTERO OLIVARES que
el vigente Código ha abandonado la antigua concepción del caso
fortuito como una más de las excluyentes de responsabilidad pe-

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