Carta dirigida a un trabajador indisciplinado

Actualizado aSeptiembre 2023

Con fundamento en los articulos 46,47, 51 y 123 de la Ley Federal del Trabajo

NOMBRE DEL TRABAJADOR ________________________________________________________________.

P R E S E N T E

Por este conducto hago de su conocimiento que el día de hoy fue reportada su conducta asumida del día________ aproximadamente a las___________, consistente en ________________________________, rompiendo con ello el orden y __________________________________________del centro de trabajo.

Por lo anterior la empresa requiere dejar constancia escrita de tales hechos, y de su contestación a esta misiva, previéndole evite reincidencia.

Sírvase tomar nota de lo anterior, quedando en su expediente copia de este comunicado y de su posible respuesta, con su firma de recibido, ante los testigos de asistencia.

_____________, _____________ a ____________ de _____________

A T E N T A M E N T E

_____________________________

EMPRESA

_____________________________

REPRESENTANTE

RECIBÍ ORIGINAL DEL PRESENTE COMUNICADO

_____________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL TRABAJADOR

________________________ _________________________

NOMBRE Y FIRMA DE TESTIGOS

Jurisprudencia Relacionada

Época: Novena Época

Registro: 185618

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Tipo de Tesis: Jurisprudencia

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo XVI, Octubre de 2002

Materia(s): Constitucional, Penal

Tesis: XXIII.3o. J/3

Página: 1298

VAGANCIA Y MALVIVENCIA. EL ARTÍCULO 190 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, AL PREVER COMO ELEMENTO DEL DELITO EL QUE EL ACTIVO NO SE DEDIQUE A UN TRABAJO HONESTO, QUE NO IMPLICA CONDUCTA ALGUNA, INFRINGE EL PRINCIPIO DE NULLUM CRIMEN SINE CONDUCTA Y, POR ENDE, LA GARANTÍA DE LEGALIDAD CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL.

El artículo 190 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, al señalar que para tener por acreditado el cuerpo del delito de vagancia y malvivencia se requiere que una persona no se dedique a un trabajo honesto sin causa justificada y tenga malos antecedentes comprobados por datos de los archivos judiciales o de las oficinas policiacas, sanciona una actitud voluntaria de no hacer del inculpado que, por sí sola, no produce consecuencias jurídicas, ni transgrede alguno de los bienes jurídicos de nuestra sociedad ni contraviene derechos de terceros. Por tanto, la hipótesis que castiga el citado precepto legal no es propiamente una conducta, dado que no exige el deber de obrar por parte del agente; por sí misma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR