Capítulo 1 - La seguridad social y las contribuciones en México

AutorJoaquín Díaz Delgado
Páginas19-39
1. 1 Antecedentes históricos de la seguridad social en México

En este país, en la actualidad se han observado diversas situaciones que giran alrededor de la reforma fiscal y de la reforma del trabajo, razón por la cual es importe que el lector identifique el papel que la seguridad social juega en nuestro entorno social, así como también a las demás contribuciones que, para los ciudadanos, el gobierno ha impuesto con la finalidad de sufragar el gasto público. El presente capítulo ubicará al lector en la importancia que tienen las contribuciones en México, asimismo en la intención de fondo que la seguridad social ha pretendido en nuestro país. Por tal razón, se analizarán los antecedentes históricos de la seguridad social en México, los principios de derecho aplicables al derecho fiscal y las contribuciones que el Código Fiscal vigente contempla en nuestro entorno económico.

De conformidad con los autores que conocen el tema, algunos coinciden en que dentro de los documentos de Hidalgo y Morelos (las llamadas proclamas) se encuentran las bases de la seguridad social de nuestro país; sin embargo, en esta investigación se ha encontrado que los antecedentes de la seguridad social en México, son casi nulos, hecho que confirma el Dr. Rubén Delgado Moya,1 quien menciona que algunos autores han pretendido ver en dichas proclamas, estos antecedentes, así como también en los Constituyentes de 1857, pero los resultados no han sido muy satisfactorios.

Como referencia histórica, el autor menciona que la seguridad social como institución benefactora del hombre, no se otorgó en nuestro país, porque de 1821 a 1867, como nación independiente, viviendo en constantes batallas internas, el pueblo no supo ejercer con toda corrección el derecho que otorga el buen empleo de la libertad en todos los sentidos. Posteriormente, de 1867 a 1876, al estar de manifiesto la legalidad, se privó al ser humano de sus mejores y más elevadas virtudes, y de 1876 hasta 1903, estando bajo el régimen de una dictadura, por todos los ángulos injusta, mermando la personalidad jurídica delPage 20hombre, se incurrió en la instauración de una democracia dirigida, la cual lejos de fomentar la seguridad social, se fue destruyendo hasta hacerla imposible ante las mismas circunstancias.

En adición a lo anterior, desde 1903 hasta 1910, bajo la dictadura en el país, las condiciones no permitieron el surgimiento de la seguridad social, debido a la falta de conocimiento por parte de los mexicanos, el analfabetismo y la poca cultura, que aún impera en nuestros días.

El Dr. Delgado menciona en su libro lo siguiente:

    Bajo el Porfiriato, el peón de las haciendas estaba sometido a la ley del bronce de Fernando Lasalle. Esta ley, que imposibilitaba a la aparición del derecho a la seguridad social, puede enunciarse en la forma siguiente: una máquina para trabajar, para moverse, necesita combustible, y el propietario tendrá inevitablemente que hacer ese gasto; mas como la máquina no es de duración indefinida hay que ir amortizando año tras año la suma que le costó, a fin de sustituirla por una nueva cuando ya no sea útil a causa de su desgaste. Pues bien, según Lasalle, la vida del trabajador es como la de la máquina; su salario le permite alimentarse (combustible) y alimentar a su hijo o hijos, quien o quienes lo sustituirán (amortización de la máquina) cuando él, por haber envejecido, ya no pueda trabajar.2

Esta ley, operaba para el peón y sus descendientes varones, pero no para las mujeres, pues ellas se consideraban como propiedad del amo.

Adicionalmente a lo expuesto en párrafos anteriores, el propio Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),3 señala que dentro de la legislación moderna en relación con el tema de seguridad social en nuestro país, se encuentran a principios del siglo pasado (siglo XX) y en disposiciones de rango estatal, los primeros antecedentes verdaderos de la seguridad social en México, como lo eran la Ley de Accidentes de Trabajo, del Estado de México;4 y la Ley sobre Accidentes de Trabajo, del estado de Nuevo León.5

Basándose en estas leyes, los empresarios tienen la obligación de atender a sus empleados en casos de enfermedad, accidente o muerte, las cuales se originen en el cumplimiento de sus labores.Page 21

Por lo anterior, se menciona que como antecedente más fehaciente de la seguridad social, se encuentra la Revolución Mexicana (1910-1917), durante la cual se promulgó la Constitución Política en la ciudad de Querétaro, que rige hoy en día y en la que se atendían: la distribución de la tierra, el problema del trabajo y la previsión social, así como la aporía de la educación. En 1915, se formuló un proyecto de Ley de Accidentes, donde el empleador se obligaba a pensionar o indemnizar a sus trabajadores, en caso de incapacidad o muerte, por causa de un riesgo profesional.

Cabe recalcar que la seguridad social tiene su fundamento en la previsión social, la cual ya se manejaba con anterioridad; quizá no con el mismo nombre, pero sí tendente a la prevención de riesgos y alguna protección, aunque mínima, a los trabajadores. Derivado de esto, se tiene que la previsión social, se encontraba tendente a prevenir, fundamentalmente, los riesgos de trabajo que los empleados pudieran sufrir, en muchas ocasiones, sin beneficiar a los familiares y descendientes del mismo.

Ahora bien, se dice que la seguridad social tiene su fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en su artículo 123, el cual declara:

    ...de utilidad social el establecimiento de cajas de seguros populares como los de invalidez, de vida, de cesación involuntaria en el trabajo, de accidentes y de otros con fines similares.

No obstante lo anterior, para el año 1925, se presentó un proyecto de Ley Sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, en la cual se proponía la creación de un Instituto Nacional de Seguros Sociales, de administración tripartita, pero la integración económica correspondería en forma exclusiva al sector patronal; asimismo, establecía la responsabilidad de los empresarios en los accidentes de trabajo y determinaba el monto y forma de pago de las indemnizaciones. Dicho proyecto no prosperó por las inconformidades del sector patronal. Cuatro años más tarde, en 1929, se reforma la CPEUM, en su artículo 123:6

    Se considera de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social y ella comprenderá seguros de Invalidez, de Vida, de Cesación Involuntaria del Trabajo, de Enfermedades y Accidentes y otros fines análogos.
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Entre 1935 y 1938, siendo presidente Lázaro Cárdenas, se envió un proyecto de Ley del Seguro Social, en el que la actividad se delegaba a un instituto de seguros sociales que incluía aportaciones y una administración tripartita, y además se incorporaban asalariados, tanto industriales como agrícolas. Sin embargo, al realizarse un estudio más amplio del proyecto, se incluyó al Estado, a los trabajadores asegurados y a sus patrones, con la finalidad de cubrir o prevenir los riesgos sociales de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, enfermedades no profesionales y maternidad, vejez e invalidez y desocupación involuntaria. Dicho proyecto no prosperó, debido a que los legisladores concluyeron que debía realizarse otro plan más completo basado en estudios actuariales.

Durante el gobierno del presidente Manuel Ávila Camacho, se creó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con el propósito de lograr la conciliación obreropatronal; siendo nombrado secretario de la misma, el licenciado Ignacio García Téllez, quien colaboró con Lázaro Cárdenas en el proyecto de Ley del Seguro Social. Con esto, se envió al Congreso de la Unión la iniciativa de ley, cuya justificación principal era:

    Proteger a los trabajadores y asegurar su existencia, su salario, su capacidad productiva y la tranquilidad de la familia; contribuir al cumplimiento de un deber legal, de compromisos exteriores y de promesas gubernamentales.7

Lo anterior, debido a que se argumentó que con esto se cumplía uno de los ideales de la Revolución Mexicana. Así, el Congreso aprobó la iniciativa de la Ley del Seguro Social, publicándose en el Diario Oficial de la Federación.8

Por lo antes expuesto, la seguridad social se ha ubicado dentro del derecho social, con el propósito de que a todo ser humano se le asegure un mínimo de vida digna y decorosa; pese a ello, se ha confundido con la previsión social. Sin embargo, la seguridad social debe ser, o es, un ámbito mucho más amplio que no debe estar limitado sólo a los trabajadores y en donde se tiene como aplicación directa, el derecho del trabajo (antes conocido como derecho obrePage 23ro o derecho industrial), el cual ha sido definido como: conjunto de normas que regulan las relaciones entre dos grupos sociales, patronos y trabajadores, tanto en su aspecto individual como colectivo, a efecto de conseguir el equilibrio entre los factores de la producción, capital y trabajo,9 si no a todos los habitantes, por el simple hecho de tener la calidad de persona humana y ser social.

1. 2 Principios jurídicos aplicables a las contribuciones en México

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