Capítulo primero. Orígenes del comercio en México

AutorElvia Arcelia Quintana Adriano
Páginas3-63
3
CAPÍTULO PRIMERO
ORÍGENES DEL COMERCIO EN MÉXICO
INTRODUCCIÓN
1. INSTITUCIONES Y PRINCIPIOS MERCANTILES*
1. El derecho mercantil es una ciencia autónoma, un cuerpo doctrinario
 
para merecer un estudio especial, contiene doctrinas homogéneas con con-
ceptos generales comunes y distintos de los que informan a otras disciplinas,
y dispone de método propio: emplea procedimientos especiales para conocer
la verdad constitutiva del objeto de su investigación.
2. El método en la ciencia del derecho mercantil (estudio científico del derecho mer-
cantil) implica cuatro grandes universos de estudio: el técnico y económico de las
relaciones que rige; el histórico-comparativo del desenvolvimiento de los diferen-
tes aspectos que implican las instituciones de derecho mercantil positivo en el
tiempo y en el espacio; el estudio exegético de las normas del derecho mercantil

derecho mercantil, de su coordinación con los preceptos y principios generales
de todo el derecho positivo.1
3. Tradicionalmente, la práctica mercantil ha estado dominada por leyes
y por la actividad económica que, en conjunto con la técnica de las instituciones,
han sido premisas insustituibles de la elaboración jurídica que en materia mer-
cantil se ha multiplicado al ritmo que comercialmente lo han hecho la activi-
dad, participación y progreso de los pueblos.
* Agradezco al Instituto de Investigaciones Jurídicas la cortesía de permitir retomar las
ideas plasmadas en el capítulo correspondiente a derecho mercantil del libro La ciencia del
derecho durante el siglo XX, publicado en 1998.
1 Rocco, Alfredo, Principios de derecho mercantil, México, Editorial Nacional, 1947.
4ELVIA ARCELIA QUINTANA ADRIANO
4. De este modo, la observación de los hechos y factores económicos
han garantizado que la elaboración de las normas que rigen en materia mer-

5. Thaller, jefe de la escuela mercantilista francesa, hablaba del método
de la observación para decir que del corazón de la economía surge el derecho
mercantil:
...las reglas deseadas por los observadores de la economía son construídas por
  
de intereses o a resolverlos cuando éstos son inevitables. Una sólida base del
método está en el conocimiento de los intereses de las clases que participan
en la producción y en el comercio.2
6. Por otro lado, en materia mercantil, el empleo de la jurisprudencia es un
elemento valioso pero no exclusivo; asegura el alto nivel de la ciencia, que se
vale de todos los elementos de la vida económica y jurídica, pero no pue-

institución.
La doctrina basada en las ideas de los padres fundadores, bajo la cual los tribu-
nales no dictan sentencias que no se encuentran apoyadas claramente en lo
que pensaban los constituyentes y las jurisprudencias de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación [...].
No es necesario grande esfuerzo para demostrar que esa opinión está in-
mensamente alejada de la realidad.
El derecho escrito, la jurisprudencia y los precedentes dictados son impoten-
tes para encuadrar toda la vida social que constantemente se renueva.3
7. Ésta es la razón del porqué se hace necesario el estudio de toda la lite-
ratura jurídica extranjera mercantilista: “es un dato cierto que el estudio de las

el pensamiento jurídico”.4
8. Las instituciones del derecho mercantil viven y se desarrollan con es-
tímulos, exigencias e interferencias iguales, en virtud de un simultáneo inter-
2 Mossa, Lorenzo, Historia del derecho mercantil en los siglos XIX y XX, trad. Francisco Her-
nández Borondo, Madrid, Revista de Derecho Privado, 1948, p. 111.
3 Góngora Pimentel, Genaro David, “La apariencia del buen derecho en la suspensión
del acto reclamado”, Memoria del Coloquio Internacional la Actualidad de la Defensa de la Constitución,
SCJN, UNAM, 1997.
4 Mossa, Lorenzo, op. cit., nota 2, pp. 101 y 139.
5
EMPRESAS MERCANTILES. MARCO JURÍDICO
cambio comercial interno e internacional que tiene como referencia un mercado
de consumo. La unidad de estructura de éste no es propia y única de las institu-
ciones comerciales, sino que se instituye en el seno de las relaciones económicas
más comunes.
9. Sólo así puede explicarse que el método de la ciencia del derecho
mercantil, planteado por Rocco, siga siendo válido hacia principios del siglo
XXI en el estudio, análisis y conceptualización de la norma jurídica mercantil
al servicio del ámbito legislativo, de la decisión judicial, de la jurisprudencia y de
-

libre y autónoma de la ciencia del derecho civil.
1.1. Antecedentes
10. Como se sabe, el derecho mercantil nace en Europa al iniciarse el Me-
dievo. Con la caída del Imperio Romano de Occidente pierde vigencia el corpus
iuris civilis romano, y cada pueblo, cada gremio, van elaborando sus costum-
bres carentes de sanción estatal y de aplicación exclusiva al grupo de personas
que se sujetan a él. Con el tiempo, toman forma por el impulso del desarrollo
económico y comercial, se convierten en un sistema normativo de reacción
  
su autonomía.
11. Los primeros en elaborar sus costumbres fueron los mercaderes ma-


Mercantil se va integrando, a la vez que enriqueciéndose históricamente en el
tiempo y en el espacio, con usos y costumbres.
-
dievo el comercio urbano y la actividad económica en general, tales compila-
ciones recibieron el nombre de estatutos, entre los que están los Ordinamenta et
consuetudo maris (1603) de la ciudad de Trani; los Capitula et Ordinationes curiae mari-
timae nobilis civitatis Amalfae, o Tablas Amalfitanas (siglo XI), entre otros, sin olvidar
a Florencia que fue la plaza bancaria europea durante mucho tiempo.
13. Al ser la reglamentación del comercio una creación italiana, a través
del pensamiento jurídico de brillantes estudiosos del derecho mercantil, Rocco,
Mossa y Goldschmidt, podemos hoy medir la importancia de este derecho: “A
Italia corresponde el honor de haber creado y difundido este nuevo conjunto

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