Capítulo III. De los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles

Páginas634-648
Ley del ISR 2019 texto y comentarios
IMCP 634
CAPÍTULO III
DE LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL POR
OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES
SUJETOS Y OBJETO DEL IMPUESTO
Artículo 114. Se consideran ingresos por otorgar el uso o goce temporal
de bienes inmuebles, los siguientes:
I. Los provenientes del arrendamiento o subarrendamiento y en
general por otorgar a título oneroso el uso o goce temporal de
bienes inmuebles, en cualquier otra forma.
II. Los rendimientos de certificados de participación inmobiliaria no
amortizables.
Para los efectos de este Capítulo, los ingresos en crédito se
declararán y se calculará el impuesto que les corresponda hasta
el año de calendario en el que sean cobrados.
En este Capítulo se regulan los ingresos que se obtengan por la
concesión del uso o goce temporal de un bien inmueble, siendo
obviamente, los más comunes el arrendamiento y el
subarrendamiento, incluyéndose también a los rendimientos de
certificados de participación inmobiliaria no amortizables.
En relación con el concepto de bienes inmuebles, ha de
considerarse que además del suelo y las construcciones adheridas
a él, existen otros que establece como tales el digo Civil Federal
en su artículo 750, entre ellos: plantas y árboles unidos a la tierra,
los frutos pendientes de los mismos árboles y plantas; todo lo que
esadherido a un inmueble de una manera fija, de modo que no
pueda separarse sin deterioro del mismo inmueble; los animales que
formen el pie de cría en los predios rústicos destinados total o
Ley del ISR 2019 texto y comentarios
IMCP 635
parcialmente al ramo de ganadería; los derechos reales sobre
inmuebles (por ejemplo el usufructo) etc.
Un aspecto que no debe pasar desapercibido es el relativo a la
acumulación del ingreso cuando el bien inmueble forma parte de la
sociedad conyugal, en donde el ingreso debe de distribuirse
conforme lo disponga dicho contrato o, en su caso, las capitulaciones
matrimoniales.
Adicionalmente, también en el caso de copropiedad de bienes
inmuebles, el ingreso debe distribuirse entre los copropietarios en la
participación que les corresponda de la propiedad.
Por otra parte, es importante señalar que los depósitos en garantía que
reciba el arrendador no constituyen un ingreso acumulable, tal y como
lo reconoce el artículo 16 del Reglamento, hasta en tanto no sean
aplicados para solventar alguna obligación derivada del contrato.
114
DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Artículo 115. Las personas que obtengan ingresos por los conceptos a
que se refiere este Capítulo, podrán efectuar las siguientes
deducciones:
I. Los pagos efectuados por el impuesto predial correspondiente al
año de calendario sobre dichos inmuebles, así como por las
contribuciones locales de mejoras, de planificación o de
cooperación para obras públicas que afecten a los mismos y, en
su caso, el impuesto local pagado sobre los ingresos por otorgar
el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
Como ya lo expresamos, en el artículo 43 de la LIVA se facultó a
las Entidades Federativas para que establezcan impuestos sobre

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR