Capítulo 6. Comercio exterior
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Es importante destacar el esfuerzo que se ha hecho por compilar, en este documento, todo lo referente al tema que nos ocupa. Sin embargo, como es imposible detallar todas las normas y leyes aplicables a la importación y exportación, el lector conocerá sólo una selección de información con los pasos y trámites básicos a seguir para llevar a cabo las actividades de importar y exportar; ya que, para realizar operaciones comerciales internacionales es necesario conocer numerosos y diversos temas.
En las operaciones internacionales el tamaño de la empresa no importa, pues cualquiera que esté bien preparada puede iniciarse en el comercio internacional. Para tal efecto, la empresa requiere asumir compromisos serios a fin de lograr tal objetivo, ya que una planeación adecuada de sus operaciones evitará que la empresa tenga contingencias fiscales en materia de comercio exterior.
La integración de información preparada sobre las disposiciones aplicables relacionadas con la entrada y salida de mercancías en territorio mexicano, es de manera enunciativa más no limitativa; sin embargo, los ordenamientos vigentes señalados en este tema pueden ser modificados por subsecuentes decisiones legislativas, reglamentarias, administrativas o judiciales.
Que el lector tenga una guía básica para conocer los pasos, trámites y soporte documental a seguir para importar mercancías, de conformidad con las disposiciones aduaneras y fiscales aplicables.Page 268
Para realizar operaciones de comercio exterior, los importadores deberán cumplir con una serie de actos y formalidades relacionados con la entrada de mercancías en territorio mexicano y su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en la Ley Aduanera (LA), deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes o apoderados aduanales.
Para realizar operaciones de importación debemos apegarnos a lo establecido en el artículo 36 fracción I de la Ley Aduanera (LA) en vigor, en el que se mencionan los distintos documentos que pueden llegar a necesitarse. Éstos varían de acuerdo con el tipo de mercancía, el régimen aduanero y el medio de transporte empleado, en su caso.
Dichos documentos son generalmente:
- · Factura comercial.
- · Documento de transporte.
- · Documentos que comprueben el cumplimiento de regulaciones y res-tricciones no arancelarias.
- · Certificado de origen.
- · Garantía en caso de precios estimados.
- · Certificado de peso o volumen.
- · Datos de identificación.Page 269
De la lista anterior y basados en su frecuencia dentro de las operaciones de importación, podemos identificar a los documentos necesarios y los documentos secundarios, se entiende por necesarios aquéllos que se utilicen en todo tipo de importaciones, mientras que los secundarios serán los documentos que puedan o no ser necesarios a partir de las características especiales de cada embarque.
Un requisito más, que no prevé expresamente el artículo 36, es la inscripción del particular en el Padrón General de Importadores. Éste es simplemente un listado que lleva la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante el cual la autoridad conoce los datos generales de todos aquéllos que llevan a cabo operaciones de importación.
Es importante destacar que si no se cumple este requisito operativo, la empresa no podrá realizar ninguna operación de importación. Este trámite, aproximadamente tarda de tres semanas a un mes.
Por lo anterior, se recomienda que tan pronto como un particular haya deci- dido involucrarse en el comercio exterior, inicie sus tramites de inscripción en el Padrón General de Importadores.
Para llevar a cabo esta inscripción, es necesario que la empresa presente ante la SHCP en original y dos copias, el formato conocido como padrón de importadores, el cual forma parte del Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.
Este formato deberá acompañarse de los siguientes documentos:
- a) Aviso de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como cualquier movimiento realizado.
- b) En su caso, las últimas cuatro declaraciones anuales, anexando las complementarias, si éstas existen.Page 270
- c) Los pagos provisionales del ejercicio fiscal por el año en que aún no se haya presentado una declaración anual.
- d) Comprobante de domicilio. Se puede utilizar recibos de pago de servicios públicos, como agua, luz, teléfono, etc., siempre que no tengan una antigüedad superior a tres meses, así como pagos del impuesto predial. También, es factible utilizar estados de cuenta de Instituciones del Sistema Financiero nacional, liquidaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social, o bien contratos de arrendamiento, comodato o fideicomiso.
Esta documentación deberá presentarse mediante servicio de mensajería en:
- Padrón de Importadores
- Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico Apartado postal No. 123,
- Administración de Correos No.1,
- Palacio Postal,
- Eje Lázaro Cárdenas esquina Tacuba,
- Colonia Centro, Delagación Cuauhtémoc
- 06002, México, D. F.
Como un requisito adicional a la inscripción en el Padrón General de Importadores, en ciertas operaciones, es necesario que el particular se encuentre en un segundo padrón, conocido como padrón sectorial.
De manera general existen hasta el día de hoy 34 padrones sectoriales, que corresponden a distintos grupos de mercancía. Éstos son:
- 1. Carnes y despojos de cerdo
- 2. Carnes, despojos comestibles y huevo de aves
- 3. Frutícola
- 4. Derogado
- 5. Cerveza
- 6. Vinos y licores
- 7. Cigarros
- 8. Productos químicos
- 9. Productos para aseo del hogar
- 10. HuleroPage 271
- 11. Lápices
- 12. Madera
- 13. Pañales
- 14. Textil
- 15. Accesorios para la industria del vestido, maletas, zapatos y otros
- 16. Calzado
- 17. Acero
- 18. Herramientas
- 19. Cerraduras, candados y herrajes
- 20. Electrónicos
- 21. Industria automotriz
- 22. Bicicletas
- 23. Juguetes
- 24. Encendedores
- 25. Animales, carne y despojos comestibles de ovinos y caprinos
- 26. Carne y despojos de bovino
- 27. Artículos escolares y de escritorio
- 28. Papel y cartón
- 29. Café
- 30. Papa
- 31. Aceite de petróleo y minerales bituminosos
- 32. Cemento
- 33. Motocicletas
- 34. Lácteos
- 35. Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables
Así, cuando una empresa pretenda importar mercancías que correspondan a alguno de los grupos listados, además de contar con el Padrón General de Importadores, será necesario inscribirse en el Padrón Sectorial que corresponda.
Para incorporarse en estos padrones sectoriales, tal y como ocurre con el Padrón General de Importadores, se utilizará un formato publicado en las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, denominada "Solicitud de inscripción en los padrones de importadores de sectores específicos".
En este caso los documentos que deberá anexar el contribuyente son:Page 272
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Copia fotostática legible de un comprobante de domicilio. Son aplicables todas las opciones indicadas para la inscripción en el Padrón General de Importadores.
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Copia fotostática legible de la cédula de identificación fiscal, aviso o constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, siempre que esta última no exceda de un mes de haber sido expedida por la auto- ridad competente.
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Copias fotostáticas legibles de las declaraciones del impuesto sobre la renta de los últimos cuatro ejercicios, en su caso.
-
Copias fotostáticas legibles de las...
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