De la capacitación y actualización del personal

Páginas13-15

Page 13

CAPÍTULO I De la capacitacion

ARTÍCULO 40. La capacitación del personal operativo tiene por objeto desarrollar, de manera integral, las aptitudes físicas e intelectuales que permitan la prestación eficaz del servicio que se encomiende.

ARTÍCULO 41. Los capacitadores internos o externos deberán contar con la profesionalización suficiente para dar cursos de formación y actualización, a fin de que el personal operativo de los Prestadores de Servicios adquirieran los conocimientos teóricos y prácticos que conlleven a su profesionalización; situación que deberán acreditar fehacientemente ante la Dirección General.

ARTÍCULO 42. El Prestador de Servicios debe proporcionar a su personal operativo, cursos acordes con la modalidad autorizada y en materia de derechos humanos por lo menos una vez al año, para cumplir con la actualización permanente, lo que se acreditará con las constancias de habilidades laborales expedidas por los capacitadores o los centros de capacitación, conforme a las disposiciones expedidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y demás disposiciones jurídicas aplicables.

ARTÍCULO 43. Como parte del apoyo en la instrumentación, control y seguimiento en el cumplimiento de la capacitación y adiestramiento del personal opera-tivo de los Prestadores de Servicios, la Dirección General deberá:

I. Identificar las etapas de capacitación cubiertas por el personal operativo de conformidad con el plan o programa presentado a la Dirección General;

II. Verificar que la capacitación del personal operativo sea eficiente, eficaz y de calidad;

III. Integrar el padrón de capacitadores e instructores autorizados que proporcionan capacitación al personal operativo;

IV. Concertar acuerdos con los Prestadores de Servicios para colaborar en la instrumentación y modificación de sus planes y programas de capacitación y adiestramiento;

V. Establecer un programa anual de concertación en materia de capacitación con los Prestadores de Servicios, encaminado a homologar los planes y programas respectivos; y

VI. Los demás actos necesarios para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con las disposiciones aplicables.

ARTÍCULO 44. La Dirección General, en términos del artículo 153-U de la Ley Federal del Trabajo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR