¿Cómo cambiar la ruta de la información presidencial?

AutorErnesto Villanueva

En el caso del universo de información presidencial en México ha concurrido una mezcla de confusión, desconocimiento y corrupción. En efecto, de entrada se ha pensado históricamente que las cartas recibidas o escritas por el/la president@ de la República, los regalos recibidos por mandatarios extranjeros de cualquier precio y cualquier otra información con independencia de su forma y naturaleza forman parte de la persona que ocupa la Presidencia de la República, razón por la cual -salvo contadas excepciones- estos datos, por llamarlos de alguna forma, al cambiar el titular del Ejecutivo Federal corren la suerte de quien ocupó ese cargo público.

El sentido lógico-racional es que las cartas y todo objeto recibido o enviado (en este último caso, la lista desglosada de los envíos) tienen razón de ser en la medida en que la persona es gobernante. En consecuencia, si la persona deja de gobernar, los datos deben permanecer como patrimonio de la sociedad en un lugar establecido al efecto, dotado de las condiciones adecuadas de temperatura y las mejores formas de identificación. Hay varias razones que animan semejante tarea más allá de su propiedad pública: a) Generar un universo de documentos y acciones plasmadas en objetos que entran y salen y que permiten un acercamiento de primera mano al personal estilo de gobernar de quien ha ocupado la presidencia; b) conocer por qué sí o por qué no se tomaron determinadas decisiones de interés público, con los documentos acreditativos que minimizarían la especulación y la aproximación en el análisis, pudiendo tener a la mano borradores, cartas que se hicieron pero no se enviaron y aquellas recibidas; c) regalos u obsequios otorgados o recibidos que muestran las valoraciones de los gobernantes con los que el país ha tenido relación y sus preferencias actitudinales para efectos de la construcción sociológica de la historia. En buena parte de los países del Primer Mundo hay disposiciones legales acompañadas por una cultura de la rendición de cuentas que permiten que las cosas pasen; y esta minúscula, pero importantísima decisión, podría hacer diferencia.

En nuestro entorno cercano, Brasil desde el siglo pasado ha dado avances en esta ruta. En efecto, el punto de partida es la Ley número 8.394 de 30/12/1991 reglamentada por el decreto número 4.344 del 26 de agosto (http://www.planalto.gov. br/ccivil_03/leis/l8394.htm) que establece el deber del presidente de la República de preservar, brindar...

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