Cálculo del impuesto anual de las personas físicas que perciben ingresos por arrendamiento de inmuebles (Cuando perciben ingresos sólo por arrendamiento de inmuebles)

AutorJosé Pérez Chávez, Raymundo Fol Olguín
Páginas325-335
Cálculo del impuesto anual de las personas físicas
que perciben ingresos por arrendamiento de inmuebles
(Cuando perciben ingresos sólo por arrendamiento de inmuebles)
Concepto
La LISR obli ga a las per so nas fí si cas a pa gar un im pues to anual me dian te de cla ra ción
que de ben pre sen tar en abril del año si guien te.
En la de cla ra ción anual, las per so nas fí si cas de be rán acu mu lar la to ta li dad de sus in -
gre sos per ci bi dos por cual quier con cep to du ran te el ejer ci cio que de cla ran, a ex cep -
ción de los exen tos y de aque llos por los que se haya pa ga do im pues to de fi ni ti vo.
En su de cla ra ción de ben ma ni fes tar la to ta li dad de sus in gre sos, in clui dos los exen tos
y por los que se haya pa ga do im pues to de fi ni ti vo, cuan do en el ejer ci cio que de cla ran
ha yan ob te ni do in gre sos su pe rio res a $500,000.
En caso de que sólo per ci ban in gre sos por arren da mien to de bie nes in mue bles, úni ca -
men te pa ga rán im pues to por tal con cep to.
Determinación
1. Fór mu la para su de ter mi na ción
Ingreso acumulable por arrendamiento de inmuebles
(–) Deducciones personales (gastos médicos, por servicios profesionales
de psicología y nutrición, funerarios, donativos, intereses reales
por créditos hipotecarios, aportaciones voluntarias a cuentas
personales de retiro, primas por seguros de gastos médicos y
transportación escolar; no pueden exceder de la cantidad que
resulte menor entre 5 veces el valor anual de la UMA, o del 15%
del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo los exentos;
en ese límite no entran los gastos médicos derivados de
incapacidades, los donativos ni las aportaciones complementarias
de retiro y voluntarias)
(=) Base previa del impuesto (cuando el resultado sea positivo)
(–) Estímulo fiscal por el pago de ciertas colegiaturas
(=) Base del impuesto (cuando el resultado sea positivo)
(¯)Aplicación de la tarifa del artículo 152 de la LISR
(=) Impuesto del ejercicio a cargo
Guía práctica fiscal... 325

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