Caducidad

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas43-43

Page 43

La palabra caducidad implica la acción o el efecto de caducar, perder su fuerza una ley o un derecho. Doctrinalmente se entiende como una sanción por la falta de ejercicio oportuno de un derecho. El legislador subordina la adquisición de un derecho a una manifestación de voluntad en cierto plazo o bien permite una opción. Si esa manifestación no se produce en ese tiempo, se pierde el derecho o la opción. Es una figura procedimental o adjetiva que consiste en la pérdida o extinción de las facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o del fisco, por el transcurso del tiempo, al no haberlas ejercido dentro del lapso prefijado. Diccionario Jurídico 2000.

Comentario. Art. 67 fracción IV cuarto, quinto y sexto párrafos del CFF, relativos a la extinción de facultades comprobatorias de la...

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