Breve análisis sobre el Derecho Medieval

AutorErika Yazmín López Amaro
Páginas11-13
11
THEMIS | IUS AD HOC
Breve análisis sobre el
Derecho Medieval.
La edad medieval comprende des-
de el año 476 d.C., con la caída del
Imperio Romano de Occidente, hasta
el año 1453 d.C. que es la caída del
Imperio Romano de Oriente. Durante
este lapso de aproximadamente 1000
años se vivió una época muy particular
con características especícas que no
se han vuelto a ver con esa intensidad.
El medievo representa la unidad, la re-
ligión, las clases, los gremios… En esta
etapa el Derecho le pertenece a todos
y todos lo hacen suyo; el Derecho va
intrínsecamente ligado con la religión
cristiana, de tal manera que hay una
mezcolanza entre las normas sociales
(gremios), normas jurídicas y normas
cristianas/religiosas; un claro ejemplo
del vínculo Derecho-cristianismo es
que existía un sistema punitivo que no
veía diferencia en castigar las actitudes
que hoy consideramos secularizadas
que alteraban el bien común y las acti-
tudes/conductas en contra de los prin-
cipios y valores cristianos (que también
estaban tipicadas en las leyes civiles).
Obviamente en el medievo no había la
visión actual y por lo tanto se castigaba
como si el Derecho y la religión fueran
parte de un mismo cuerpo jurídico,
porque el bien común en la Edad Me-
dia no podía ser sino cristiano.
A continuación se explicará más a fon-
do la cosmovisión del Derecho en el
medioevo por medio del estudio de
tres textos medievales españoles; se
mostrará como la presencia del cris-
tianismo en las normas jurídicas es
resultado precisamente del ideario de
ese tiempo. En seguida se realizará un
análisis de las estructuras medievales,
sus consecuencias a corto y a largo
plazo y por qué y cómo llegaron a su
decadencia y al nal a su desenlace.
Antes de empezar, sería bueno recalcar
que la misión principal de este ensayo
no es hacer una comparación entre el
Derecho actual y el de la Edad Media
(aunque sí habrán equiparaciones). El
objetivo primordial es el sumergirse
en ese tiempo y aprender de él.
Cosmovisión del Derecho en
la Edad Media.
El Derecho en la sociedad medieval
es su constitución más profunda y es
la que le brinda orden a todo el caos
de la supercie1. Por lo tanto, se pue-
de distinguir claramente que el De-
recho da forma al ámbito social y al
ámbito religioso.
Los ordenamientos jurídicos medie-
vales eran resultado de los gremios2;
esta visión se contrapone a la visión
actual, donde más bien son producto
del Estado (entiendo al Estado como
un ente alejado de la sociedad y de sus
intereses). El Derecho era dividido en
sectores y éste los protegía porque las
personas lo conocían y lo reconocían.
Es así como una se puede dar cuenta
que el poder de la autoridad se delega-
ba a los gremios y por lo tanto, el Dere-
cho no sólo tenía una fuente principal
como ahora (fuente formal3) sino va-
rias, dependiendo éstas de las socieda-
des que cohabitaban en ese período.
El carácter formativo de las normas
estaba inuenciado de gran manera
Erika Yazmín López Amaro.
Introducción.

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