Los bienes binarios

AutorDr. Carlos Antonio Vázquez Azuara
Páginas67-114

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3.1. Patrimonio binario

En apartados anteriores, se ha establecido lo que es el patrimonio, determinando grosso modo, que es el conjunto de derechos y obligaciones que se tienen sobre bienes que son susceptibles de ser apreciados en dinero.

Sin embargo, cuando hablamos de patrimonio, típicamente, nos referimos a bienes de la realidad material, pero si pretendemos hablar de patrimonio binario, es necesario hacer referencia a la realidad virtual entendiéndose por esta última:

La realidad material, es la que vivimos de forma cotidiana, tangible y palpable, desempeñando actividades sociales, familiares, emocionales, laborales, de recreación entre otras y las cuales están reguladas por los diversos ordenamientos normativos que imperan en cada país.

La realidad virtual, es una realidad que vivimos a la par de nuestra realidad material, es intangible y transportable, basada en un código binario y en muchos casos es una realidad en la que interactuamos la mayor parte de nuestro tiempo y

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refiere aquella donde realizamos todas nuestras actividades sociales, familiares, emocionales, laborales, de recreación, entre otras, mediante las nuevas tecnologías y la Internet, sin embargo, en esta realidad los ordenamientos jurídicos que salvaguardan nuestros derechos, aún son endebles y carentes de eficacia (VÁZQUEZ, 2012: 37-38).

De lo anterior, podemos destacar, que el individuo, vive dos realidades simultáneamente, la virtual y la material y por tanto, es comprensible dilucidar, que tenga dos tipos de patrimonio, e patrimonio de la realidad material y el patrimonio de la realidad virtual, denominado como binario.

Concepto de patrimonio binario

El patrimonio binario, es el conjunto de derechos y obligaciones que se tienen sobre los bienes binarios, alojados en nuestra realidad virtual, que son susceptibles de ser apreciados en dinero y sobre los cuales se puede ejercer la propiedad y la posesión.

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3.2. Bienes binarios

Concepto

Los bienes binarios, son cosas virtuales constituidas por bits, susceptibles de apropiación y posesión, almacenados en un espacio virtual, al que se tiene acceso mediante las tecnologías de la información y la comunicación, con la característica de ser modificables, (en cuanto a contenido y en cuanto a configuración), dependientes (por software y por hardware), Intelectualmente protegibles, ciberespaciables, lógicamente perpetuos, almacenablemente deteriorables, medibles y valuables.

Elementos del concepto de "bienes binarios"

Son cosas virtuales

Los bienes binarios, son cosas virtuales, susceptibles de ser reguladas jurídicamente, es

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decir, sobre las que se pueden ejercer derechos y las que a su vez, pueden generar el surgimiento de obligaciones.

Constituidos por bits

Los bienes binarios, aunque se pueden materializar físicamente o se pueden transportar físicamente, en esencia, son integrados por unidades básicas de unos y ceros, que se traducen como un código binario.

Binary digit es una expresión inglesa que significa "dígito binario" y que da lugar al término bit, su acrónimo en nuestra lengua. El concepto se utiliza en la informática para nombrar a una unidad de medida de información que equivale a la selección entre dos alternativas que tienen el mismo grado de probabilidad.

Para la informática, el bit es la unidad más pequeña de información. Permite representar dos valores

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diferentes (como abierto/cerrado o verdadero/falso) y asignar dichos valores al estado de encendido (1) o apagado (0) (DEFINICIÓN DE BIT, 2013: http://definicion.de/bit).

Susceptibles de apropiación y posesión

Los bienes binarios, pueden ser apropiados o poseídos por una persona física o moral, acorde con los ordenamientos jurídicos civiles vigentes, lo que significa a su vez, que pueden ser regulados mediante las mismas reglas que los bienes no binarios.

Almacenables en un espacio virtual

Los bienes binarios, al estar constituidos por bits, necesariamente se almacenan en un espacio virtual, es decir, son bienes apreciables únicamente a través de un código binario, que se almacena en un espacio digital.

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No obstante, se debe hacer la siguiente acotación, aunque los bienes binarios se almacenan en un espacio virtual, son contenidos en un espacio físico denominado hardware u ordenador y aunque existen bienes binarios, eminentemente virtuales, es decir que se albergan únicamente en un espacio digital, como lo puede ser el ciberespacio, no menos cierto es, que dicho espacio a su vez, necesariamente se resguarda en un ordenador, por lo que los bienes binarios son almacenables en un espacio virtual, pero contenidos en un espacio físico.

Se tiene acceso mediante las tecnologías de la información y la comunicación

Los bienes binarios, al ser virtuales, únicamente se puede acceder a ellos, mediante las tecnologías de la información y la comunicación, ya que sin estas, sería imposible advertir, disfrutar, usar o realizar cualquier acción o ejercer algún derecho respecto a ellos.

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3.3. Características de los bienes binarios

Modificables

Los bienes binarios, pueden sufrir cambios que alteran su estructura, tamaño, finalidad, entre otras características, dichos cambios o alteraciones, pueden ser desde dos aspectos, en cuanto a contenido y en cuanto a configuración.

En cuanto a su contenido.- Se refiere a cualquier cambio o alteración del bien binario, por cuanto hace a su integración y finalidad, por ejemplo, un archivo de texto, puede sufrir un cambio al integrarse en él, más texto.

En cuanto a su configuración.- Se refiere a cualquier cambio o alteración del bien binario, por cuanto hace a su operatividad y funcionamiento, por ejemplo, un archivo de texto, puede sufrir un cambio en sus márgenes, formato o modo de visualización.

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Cabe añadir, que hay bienes binarios, que no son modificables de primer contacto, como lo son los archivos de "solo lectura" o aquellos guardados en formato no editable, pero estas circunstancias, pueden cambiar al "guardar como" el archivo o mediante un software específico, respectivamente. Por tanto en esencia, todos los bienes binarios, pueden sufrir una alteración o cambio y en ese sentido, son modificables.

Dependientes

Los bienes binarios, como ya se ha mencionado, pueden ser susceptibles de uso y aprovechamiento siempre que exista un espacio virtual o físico que los soporte, de ahí que los bienes binarios sean dependientes desde dos perspectivas.

Dependientes por software.- Los bienes binarios, requieren de un soporte lógico para poder ser visualizados y utilizados, como lo es un sistema

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operativo o un programa que permite la lectura y modificación de tales bienes, por ejemplo, un archivo de texto, requiere de un procesador de textos para poder ser utilizado.

Dependientes por hardware.- Los bienes binarios, requieren de un soporte físico para poder ser almacenados y contenidos, como lo es una computadora o un servidor, por ejemplo para poder instalar un procesador de texto y leer un archivo de texto, es necesario un ordenador que permita el almacenamiento, configuración y desarrollo de tales bienes binarios.

Intelectualmente protegibles

Se debe dejar claro, que los bienes binarios, son distintos que la propiedad intelectual, pero no son opuestos ni ajenos a la misma, debido a que los bienes binarios, son susceptibles de protección jurídica, por ejemplo, la creación de un diseño de alguna imagen que constituye un logotipo, es

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susceptible de ser protegido jurídicamente como propiedad intelectual, pero el archivo que contiene dicha creación intelectual, es un bien binario.

Otro ejemplo que ayuda a comprender mejor la diferencia entre la propiedad intelectual y bienes binarios, es cuando se compra un libro por Internet, el cual, al haber sido adquirido mediante una compraventa electrónica, se convierte en un bien binario, propiedad del comprador, pero la propiedad intelectual sobre el contenido del libro, le pertenece al autor.

Ciberespaciables

Los bienes binarios, son susceptibles de ser puestos en el ciberespacio, entendiendo por este el "ámbito de comunicaciones constituido por una red informática (WORDREFERENCE, 2013: www.wordreference.com), un ejemplo muy común es subir una foto digital tomada con un dispositivo de comunicación móvil, a una red social.

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Lógicamente perpetuos

Los bienes binarios, como ya se ha mencionado, aunque pueden contenerse en un espacio físico, son virtuales, constituidos por bits, los que si bien, pueden sufrir daño lógico, no menos cierto es, que pueden prevalecer de forma indefinida, pues el trascurso del tiempo no los deteriora.

Almacenablemente deteriorables

Los bienes binarios, como ya se ha mencionado, al contenerse en un espacio físico, éste es susceptible a desgastarse por el transcurso del tiempo, no así el aspecto lógico, por ejemplo un archivo de audio, contenido en un CD, puede comenzar a presentar errores de reproducción debido a un daño en el CD, pero al transferir el archivo a otro CD, seguirá intacto, hasta que el nuevo contenedor del bien binario, se desgaste y deba ser remplazado nuevamente.

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Medibles

Los bienes binarios, al estar constituidos por bits, tienen la característica de ser medibles en peso (digitalmente hablando), lo que sirve como parámetro para diversas cuestiones como lo son la capacidad de almacenamiento de los dispositivos extraíbles o el espacio que ocuparan en el ciberespacio.

El conjunto de ocho bits que forman una unidad de información recibe el nombre de octeto. Un byte, por otra parte, es una seguidilla de bites aledaños cuyo tamaño está vinculado al código de información en que esté definido. Es habitual, de todas formas, que un byte esté...

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