Bases de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Marina, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2018.

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BASES de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Marina, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2018. BASES DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. RODOLFO TUIRÁN GUTIÉRREZ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y LA SECRETARÍA DE MARINA, EN LO SUCESIVO "LA SEMAR", REPRESENTADA POR EL ALMIRANTE JOSÉ LUIS VERGARA IBARRA, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR DE MARINA, ASISTIDO POR EL ALMIRANTE LUIS OROZCO INCLÁN, RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NAVAL, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES

Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".

Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).

Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre del 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.

Cuarto.- Con fecha 28 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 23/12/17 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Dr. Rodolfo Tuirán Gutiérrez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente instrumento, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2018, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.

    I.4.- Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en la Calle de República de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.

  2. De "LA SEMAR":

    II.1.- Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción I, 26 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y entre otras atribuciones tiene a su cargo el dirigir la educación pública naval.

    II.2.- Que el Almirante José Luis Vergara Ibarra, Oficial Mayor de Marina, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina.

    II.3.- Que dentro de su estructura orgánica, cuenta con un Oficial Mayor, al cual le corresponde entre otras atribuciones el autorizar a la Universidad Naval los programas de educación que se imparten en las diferentes

    instituciones educativas navales que conforman el sistema educativo naval

    II.4.- Que para los efectos legales de este instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida Heroica Escuela Naval Militar No. 861, Colonia Los Cipreses, Delegación Coyoacán, C.P. 04830, en la Ciudad de México.

    Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de "LA SEP" y "LA SEMAR", han decidido celebrar el presente instrumento de conformidad con las siguientes:

    BASES

    PRIMERA.- Es objeto del presente instrumento, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2018 para el otorgamiento de hasta 200 (doscientas) Becas de Capacitación, en idioma inglés en los Estados Unidos de América, a egresados, discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, que resulten Beneficiarias(os) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2018", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por LA SEP" y "LA SEMAR", forma parte integrante del presente instrumento.

    SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de las presentes bases, se obliga a:

    A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de hasta $31'080,000.00 (Treinta y Un Millones Ochenta Mil Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico, conforme a las especificaciones que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n);

    B).- Coordinarse con "LA SEMAR", por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), para establecer un mecanismo de seguimiento y evaluación del "Programa", a efecto de verificar su cumplimiento y objetivos hasta su total conclusión;

    C).- Asesorar a "LA SEMAR", respecto de lo previsto en "Las Reglas" y brindarle las facilidades que requiera para la realización de las actividades acordadas en las presentes bases y su Anexo de Ejecución;

    D).- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados, y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal 2018 no se hayan devengado, y

    E).- Realizar las demás actividades que acuerde previamente con "LA SEMAR", las que le correspondan derivadas de este instrumento y su Anexo de Ejecución, así como aquellas aplicables previstas en...

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