Base del IVA en la prestación de servicios independientes

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas203-203

Page 203

Para determinar el IVA es necesario saber cuál es la base sobre la que se va a calcular dicho impuesto. En el caso de la prestación de servicios independientes gravados, la base será la contraprestación pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien reciba el servicio, por concepto de:

1. Otros impuestos.

2. Derechos.

3. Viáticos.

4. Gastos de toda clase.

5. Reembolsos.

6. Intereses normales o moratorios.

7. Penas convencionales.

8. Cualquier otro concepto.

(Art. 18, UVA)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR