Bando de Gobierno Municipal

EstadoMichoacán
MunicipioZinapécuaro
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXXXVI Morelia, Mich., Martes 19 de Julio del 2005 NUM. 62
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lázaro Cárdenas Batel
Secretario de Gobierno
Enrique Bautista Villegas
Director del Periódico Oficial
Arturo Hernández Tovar
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 300 ejemplares
Esta sección consta de 24 páginas
Precio por ejemplar:
$ 10.00 del día
$ 15.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Director: Arturo Hernández Tovar
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ZINAPECUARO, MICH.
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL.
H. Ayuntamiento de Zinapécuaro, Mich.- Secretaría Municipal.- Michoacán de
Ocampo.
ACTA NUMERO DIECISEIS
Sesión ordinaria de Cabildo H. Ayuntamiento de Zinapécuaro, Michoacán, trienio
2005-2007. En la sala de juntas de la Presidencia Municipal de Zinapécuaro, Michoacán,
el día miércoles 08 ocho de Junio del año 2005 dos mil cinco a las 18:25 Hrs. seis de la
tarde con veinticinco minutos, para celebrar sesión ordinaria de Cabildo, se reunieron
los CC. Lic. Raúl Garrido Ayala y Síndico Municipal respectivamente, así como los
regidores CC. Salvador Barajas Torres, J. Leopoldo Arnulfo Cruz Tapia, Profr, Javier
Gutiérrez Durán, María Soledad Guzmán Ayala, María de Lourdes Ortega Tercero
Gallegos, L.A.E. Jessel Vianney Maldonado Mejía, J. Antonio Guevara Aguilar, así
como el Secretario Municipal.- Profr. Jorge Piña Rubio desarrollándose la sesión bajo
el siguiente orden del día:
1.-
2.- . . .
3.- . . .
4.- . . .
5.- . . .
6.- . . .
7.- . . .
8.- . . .
9.- . . .
10.- . . .
......................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
punto número diez.- Asuntos Generales.....................................
g).- El C. Regidor J. Antonio Guevara Aguilar, manifiesta que los reglamentos municipales
están pendientes, informando el Secretario que en fecha 25 de Mayo se reunieron los
CC. regidores con el Contralor Municipal y se analizó y discutió el Bando de Gobierno
Municipal y el Reglamento Interior del Ayuntamiento, además que el Departamento
Jurídico ya envió a los regidores ocho reglamentos municipales para su análisis y
discusión, una vez que ese departamento ya lo hizo, sometiéndose a consideración de
los miembros de Cabildo la aprobación de dichos reglamentos siendo aprobado por
mayoría de votos de este H. Cuerpo Colegiado el Bando de Gobierno Municipal,
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PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Martes 19 de Julio del 2005.
para su gobierno, se constituye por el conjunto de sus habitantes
y su territorio, gobernados por un Ayuntamiento para satisfacer
los intereses de la comunidad, en los términos de la fracción I y II
del artículo 115 de la Constitución Federal y 113 de la
ARTÍCULO 3º. El presente Bando Constitutivo, es de
observancia general, en el cual se establece el ejercicio de las
atribuciones y deberes que le corresponden al Ayuntamiento de
Zinapécuaro, estableciendo las bases para su gobierno,
organización, división política y regulación práctica de sus
funciones.
ARTÍCULO 4º. El Municipio tendrá como símbolos
representativos, el Nombre y el Escudo.
ARTÍCULO 5º. El nombre del Municipio es: ZINAPÉCUARO
y su cabecera: ZINAPÉCUARO DE FIGUEROA.
ARTÍCULO 6º. El escudo diseñado por el Doctor Ramón C.
Guzmán en el año de 1954 tendrá como características las
siguientes:
Los blasones, son los que caracterizan al pueblo, el río frío
Zinapécuaro, los montes de la sierra, el cerro de San Andrés,
siendo éste, uno de los mas altos del Estado, el cual limita a los
Municipios de Maravatío, Hidalgo con Zinapécuaro; y en ese
mismo cerro de San Andrés, se encuentra localizado un santuario
de la Mariposa Monarca.
Por ser de los significados de Zinapécuaro (lugar de Chinapo)
lleva obsidiana. Se coloca en cada costado, al lado de las grecas
unas puntas de chinapo; una de carácter bélico y de caza. La otra
punta de características muy especiales, en forma de cruz, con su
base casi redonda y más larga su punta que sus brazos. Este
artefacto no pudo tener otro uso que no fuera quirúrgico, porque
resultaría ilógico lanzar este artefacto por sus características,
además se encuentra con bases que indican que en este tiempo ya
se practicaban las sangrías con medidas terapéuticas, incluso ya
se practicaba la Trepanación.
Para darle más importancia a ese cristaloide material volcánico,
se proyectó poner una punta de lanza más grande para que sirva
de fondo al escudo, para que resalte. Esta punta de flecha es la
representación de Curicaveri, el dios del sol, mensajero del sol o
gran quemador.
Sus colores tienen un gran significado por que tienen relación con
los puntos cardinales, así tenemos que los cuatro colores el
amarillo, el negro, el blanco y el rojo, pertenecen a las cuatro hijas
de Cueravaperi la diosa madre que cantaba para difundir todas las
parte de la fecundidad, la actividad de sus cuatro hijas, las nubes
a las que desde las fuentes termales de Araró mandaba por toda la
tierra. Estas eran las diosas auxiliares de la madre, se les llamó: la
nube roja relacionada con el oriente; la nube blanca relacionada
con el Oeste; nube amarilla relacionada con el Norte; la nube
negra relacionada con el Sur, así como el color azul relacionado
con el Centro.
Con sus características, el Escudo diseñado por el Dr. Ramón G.
Guzmán, en el año de 1954, plasmó los blasones con los que se
caracteriza al pueblo, el río, los montes de la sierra, el sombrero y
el cayado pastoral de los misioneros franciscanos y del insigne
Párroco D. Juan Bautista Figueroa y Alcaraz y la estrella que el
Lic. Felipe Rivera, descubrió en 1901 y que se le conoce con el
nombre de Nova Percei.
.......................................................................................................
No habiendo más asuntos que tratar se da por terminada la sesión
siendo las 23:10 Hrs. once de la noche con diez minutos del mismo
día y hora. Doy fe.
Lic. Raúl Garrido Ayala.- Presidente Municipal, Lic. José Luis
Jiménez Acosta.- Síndico Municipal. Regidores: C. J. Leopoldo
Arnulfo Cruz Tapia, C. Salvador Barajas Torres, Profr. Javier
Gutiérrez Durán, C. María Soledad Guzmán Ayala, C. María de
Lourdes Ortega Téllez, C. Jorge Pérez Gracián, Ing. Noé Adrián
Tercero Gallegos, L.A.E. Jessel Vianney Maldonado, C. J. Antonio
Guevara Aguilar, firmo bajo protesta ya que los reglamentos no se
leyeron, no se discutieron para su aprobación, C. Alfonso Aguilar
Nolasco. (Firmados).
Profr. Jorge Piña Rubio.- Secretario. (Firmado).
El que suscribe Profr. Jorge Piña Rubio, Secretario Municipal del
H. Ayuntamiento de Zinapécuaro, Mich., con base en lo que
establece la Ley Orgánica Municipal, en su artículo 53 fracción
VIII.- C E R T I F I C A: Que estas 08 (ocho) copias fotostáticas,
que corresponden a la acta No. 16 de la sesión ordinaria de Cabildo
2005-2007, celebrada el día 08 de junio de 2005, son copias fieles
de sus originales del libro de actas que obra en poder de esta
Secretaría Municipal, a mi cargo. (Firmado).
Zinapécuaro, Mich., a 29 de Junio de 2005.- Atentamente.
"Sufragio Efectivo. No Reelección". Profr. Jorge Piña Rubio.- El
Secretario Municipal. (Firmado).
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 115, DE LA
CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DE
ACUERDO CON LAS LEYES ESTATALES EMITIDAS POR
EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE
OCAMPO, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES, EL
HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ZINAPÉCUARO DE FIGUEROA, MICHOACÁN; HA
TENIDO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE:
BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º. El Municipio de Zinapécuaro, Michoacán, se
regirá en su jurisdicción, atento a lo ordenado en el presente
Bando de observancia general para todos los habitantes del mismo,
sujetando su régimen interno en lo dispuesto por los artículos
Título Quinto de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Michoacán de Ocampo, la Ley Orgánica Municipal,
así como los demás ordenamientos legales.
El presente Bando, preservará las garantías individuales
consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Michoacán de Ocampo, por lo que todos los
habitantes del Municipio gozarán de todos los derechos
fundamentales consagrados en las mismas.
ARTÍCULO 2º. El Municipio de Zinapécuaro, Michoacán, es
una entidad de derecho público, investido con personalidad
jurídica, con libertad interior y patrimonio propio y autonomía

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