Ayuntamiento de contla de juan cuamatzi, Tlaxcala 2017-2021. Manual de organización.

Fecha de publicación24 Marzo 2021
Número de Gaceta12-6ª SECC
Códigos

1. Código Civil para el Estado de Tlaxcala

2. Código Financiero para el Edo. de Tlaxcala y sus Municipios

3. Código Penal para el Estado de Tlaxcala Leyes Estatales

1. Ley de Adquisiciones y Arrendamientos del Estado de Tlaxcala

2. Ley de Deuda Pública para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios

3. Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios

4. Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de Tlaxcala, 2017

5. Ley de Protección Civil para el Estado de Tlaxcala

6. Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala

7. Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Tlaxcala y sus Municipios

8. Ley Laboral de Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios

9. Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para el Ejercicio Fiscal 2017 Consulta Ciudadana

1. Ley de Acceso a la Información Pública

2. Ley de Obras Públicas

3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

4. Ley de Archivos

5. Ley de Entidades Paraestatales

6. Ley Orgánica de la Administración Pública DESCRIPCION DE LAS AREAS QUE INTEGRAN EL H. AYUNTAMIENTO DE CONTLA DE JUAN CUAMATZI PRESIDENTE MUNICIPAL MISIÓN Gobernar y administrar con transparencia los recursos humanos, materiales y financieros con apego a las leyes vigentes para beneficio de la sociedad

VISIÓN Alcanzar un desarrollo integral para lograr una calidad de vida en beneficio de la ciudadanía de Contla

OBJETIVO ESPECIFICO Gestionar, coordinar, administrar y controlar el patrimonio perteneciente al Municipio para procurar el progreso y bienestar de la población con apego a las leyes existentes

ATRIBUCIONES Y FACULTADES I. Convocar al Ayuntamiento a sesiones de cabildo II. Presidir los debates con voz y voto en las reuniones de cabildo; III. Publicar los bandos, reglamentos y demás disposiciones de observancia general; IV. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento; V. Vigilar la recaudación de la hacienda municipal y que su aplicación se realice con probidad, honradez y estricto apego al presupuesto de egresos; VI. Autorizar las órdenes de pago que le presenté el tesorero municipal, siempre y cuando se ajusten al presupuesto de egresos VII. Nombrar al personal administrativo del Ayuntamiento conforme a los Ordenamientos legales. Al Secretario y Cronista los nombrará el Presidente Municipal y los ratificará el Cabildo. En el caso del Juez Municipal su nombramiento se hará en términos de lo previsto en esta ley; VIII. Remover al personal a que se refiere la fracción anterior con pleno respeto a sus derechos laborales; IX. Coordinar a las autoridades auxiliares del Ayuntamiento; X. Dirigir la prestación de los servicios públicos municipales; XI. Aplicar las disposiciones de los bandos y reglamentos municipales y delegar esas funciones a los titulares de las dependencias que integran la administración; XII. Autorizar la cuenta pública y ponerla a disposición del Síndico para su revisión y validación cuando menos tres días hábiles antes de ser enviada al Congreso del Estado.

Verificará, además su puntual entrega; XIII. Vigilar y supervisar el buen funcionamiento de las dependencias y entidades municipales; XIV. Visitar los centros de población del municipio con los funcionarios y comisiones municipales pertinentes, para atender las demandas sociales; XV. Expedir, de acuerdo a las disposiciones aplicables, a través de la Tesorería Municipal, licencias para el funcionamiento del comercio, espectáculos y actividades recreativas, y proceder a su cancelación cuando afecte el interés público.

XVI. Vigilar los templos y ceremonias religiosas en los términos del artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XVII. Disponer de la policía preventiva municipal, para asegurarla conservación del orden público, excepto en los casos en que el mando de ésta deba ejercerlo el Presidente de la República o el Gobernador del Estado; XVIII. Celebrar, a nombre del Ayuntamiento, por acuerdo de éste cuando así se requiera, los actos y contratos necesarios para el despacho de los asuntos administrativos y la atención de los servicios en los términos de esta ley; XIX. Hacer cumplir las leyes federales y estatales en el ámbito municipal; XX. Prestar a las autoridades legales el auxilio que soliciten para la ejecución de sus mandatos; XXI. Presentar por escrito, a más tardar el tercer sábado del mes de diciembre de cada año, al Ayuntamiento, a las comisiones de munícipes, un informe sobre la situación que guardan los diversos ramos de la administración pública municipal; XXII. Dirigir las relaciones del Ayuntamiento con los poderes federal, estatal y con otros Ayuntamientos; XXIII. Realizar los planes de desarrollo municipal, los programas y acciones tendientes al crecimiento económico del municipio y al bienestar de los grupos indígenas, así como de la población en general; XXIV. Presentar, dentro de los primeros quince días de cada mes, su cuenta pública al Congreso del Estado; y XXV. Las demás que le otorguen las leyes.

SECRETARÍA PARTICULAR MISION Ser un área efectiva que cumpla en tiempo y forma la respuesta o solución a las actividades extra particulares citadas en la agenda del C. Presidente.

VISION Atender asuntos particulares del C. Presidente y a las personas que acuden en su búsqueda que se encuentren en su agenda diaria de actividades y canalizarlas con las Unidades Administrativas correspondientes.

OBJETIVO ESPECÍFICO Programar y dar seguimiento a la agenda del Presidente Municipal, así como promover sistemáticamente las relaciones públicas e internas de éste, que coadyuven al fortalecimiento de sus alianzas de trabajo, compromiso y afecto con la ciudadanía, el ayuntamiento y los servidores públicos municipales.

ATRIBUCIONES Y FACULTADES Planear y coordinar la calendarización de las actividades del C. Presidente Municipal en su Interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados municipales, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y forma.

Brindar una atención cordial, respetuosa y responsable a los ciudadanos que acudan a externar sus quejas y peticiones, canalizándolos a las dependencias correspondientes y monitoreando el seguimiento de las mismas.

Proporcionar a los ciudadanos una información correcta y adecuada de los trámites, servicios y directorios de las dependencias, cuando así lo soliciten.

Elaborar las propuestas para la representación del C. Presidente Municipal en eventos oficiales a los que no pueda asistir por compromisos contraídos o donde su presencia no sea indispensable.

DESCRIPCION DE FUNCIONES Elaborar, validar y dar seguimiento al programa de audiencias públicas del Presidente Municipal.

Prever la adecuada y sistemática relación del Presidente Municipal con los servidores Públicos de primer nivel, así como con los representantes de los sectores, social y privado que permita la atención oportuna y eficaz de los asuntos que requieran la participación del Presidente Municipal.

Recibir y atender de manera amable y respetuosa a la ciudadanía y representantes de los sectores público y privado que soliciten audiencia con el Presidente Municipal.

Llevar un control y seguimiento pormenorizado de los compromisos adquiridos por el Presidente Municipal e informar con oportunidad a los servidores Públicos implicados en su cumplimiento.

Establecer y controlar dentro de su competencia, el protocolo formal para la realización de los diferentes eventos oficiales en los que participe el Presidente Municipal.

Coordinar las invitaciones oficiales que realice el gobierno municipal para los eventos que así lo requieran.

En el municipio de Contla de Juan Cuamatzi, esta área está organizada de la siguiente manera PUESTO Secretario particular JEFE INMEDIATO Presidente municipal PERSONAL A CARGO Auxiliares de presidencia RELACIONES INTERNAS Todas las áreas del ayuntamiento RELACIONES EXTERNAS Ciudadanía, dependencias y organismos públicos y privados ESCOLARIDAD Superior CONOCIMIENTOS Ciencias Políticas, Administración Pública HABILIDADES Y LIDERAZGO Alta tolerancia al estrés y la presión.

Tener autoridad y firmeza.

Comunicación.

Alta capacidad de negociación.

PATRIMONIO MISION Verificar físicamente de los bienes muebles de cada una de las direcciones, coordinaciones y presidencias de comunidad, realizar los resguardos correspondientes, revisar físicamente, etiquetar los bienes muebles y subir la información a plataforma.

VISION Vigilar con atención la verificación física de los bienes muebles estableciendo una verificación de inventarios en cada una de las direcciones, coordinaciones y presidencias de comunidad, para que se encuentren actualizados.

OBJETIVO ESPECIFICO Realizar la verificación física de los bienes de cada una de las Direcciones, Coordinaciones y Presidencias de comunidad que integran el H. ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi, manteniendo actualizado el inventario.

ATRIBUCIONES Y FACULTADES

1. Realizar la verificación física de los bienes de cada una de las Direcciones, Coordinaciones y Presidencias de comunidad.

2. Realizar los resguardos correspondientes

3. Etiquetar los bienes muebles

4. Entregar al órgano de fiscalización superior la información de los bienes muebles DESCRIPCION DE FUNCIONES Realizar la verificación física de los bienes de cada una de las Direcciones, Coordinaciones y Presidencias de comunidad, Realizar los resguardos correspondientes, Etiquetar los bienes muebles y entregar al órgano de fiscalización superior la información de los bienes muebles En el municipio de Contla de Juan Cuamatzi, esta área está organizada de la siguiente manera PUESTO Coordinadora de Patrimonio JEFE INMEDIATO Síndico municipal y Secretario del H. Ayuntamiento PERSONAL A SU CARGO Auxiliar Administrativo RELACIONES INTERNAS: Coordinaciones Municipales Direcciones Municipales Sindicatura y Presidencias de comunidad RELACIONES EXTERNAS Órgano de Fiscalización Superior Contraloría del ejecutivo.

Procuraduría general...

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