Aviso para dar a conocer los Lineamientos de Operación de la acción social, “Siempre Contigo”, para el ejercicio 2020

16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 de mayo de 2020

TODAS Y CADA UNA DE LAS ACCIONES SOCIALES SE EJERCEN CON RECURSOS PÚBLICOS Y SON AJENAS A CUALQUIER PARTIDO POLÍTICO.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Cuajimalpa de Morelos, Ciudad de México a los treinta días del mes de abril del año dos mil veinte.

LIC. ADRIAN RUBALCAVA SUAREZ

(Firma)

_______________________________________

ALCALDE EN CUAJIMALPA DE MORELOS`

La Alcaldía Cuajimalpa de Morelos a cargo del Alcalde Licenciado Adrián Rubalcava Suárez y con fundamento en los artículos 3, 53 Apartado A, numerales 1 y 2, apartado B numerales 1 y 3 inciso a) fracciones XXXIV, XXXVII y XL, de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 1, 5, 20, 21, 29 fracción VIII, 30, 31 fracción I y 35 fracciones I, II y IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México. Artículos 34, 124 y 129 de la ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México.

AVISO PARA DAR A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL "SIEMPRE CONTIGO" PARA EL EJERCICIO 2020 EN LA ALCALDÍA CUAJIMALPA DE MORELOS.

1. Nombre de la acción: "Siempre Contigo"

1.2 Tipo de acción:

Entrega de un paquete alimentario con productos de la canasta básica no perecederos a grupos prioritarios y vulnerables, derivado a la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

1.3 Entidad responsable: Alcaldía Cuajimalpa de Morelos

1.4 Área responsable que ejecutará la acción

Dirección General de Desarrollo Social será la principal responsable y a su vez se apoyará para la correcta ejecución de las Unidades Administrativas que conforman la estructura orgánica de la Alcaldía Cuajimalpa de Morelos.

3. Diagnóstico

3.1 Antecedentes:

De acuerdo con la información difundida en el sitio web oficial de la Organización Mundial de la Salud, el brote de la enfermedad por el nuevo virus COVID-19, denominado "coronavirus" fue notificado por primera vez en Wuhan, China, el 31 de diciembre de 2019.

Con fecha 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", emitido por el Consejo de Salubridad General, el cual reconoce ajustes a diferentes medidas previamente aprobadas.

Asimismo, se reconoce la continuación de actividades esenciales, las cuales son necesarias para atender la emergencia sanitaria, que se dividen en cinco grupos: a) Sector Salud; b) Seguridad Pública; c) Funcionamiento fundamental de la Economía; d) Programas Sociales; y e) Servicios indispensables.

El 31 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2", emitido por el Secretario de Salud Federal. Dicho documento ordena la suspensión inmediata de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social; asimismo mandata diferentes medidas que se deberán implementar en el territorio mexicano.

El 1º de abril de 2020, se publicó el Tercer Acuerdo por el que se determinan acciones extraordinarias en la Ciudad de México para atender la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, en concordancia con el acuerdo del Consejo de Salubridad General del Gobierno Federal, con el propósito de evitar el contagio y propagación del COVID201319.

Por lo que se establecieron como acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARSCoV2, que los sectores público, social y privado, de la Ciudad de México implementarán las siguientes medidas:

  1. La suspensión inmediata, del 01 al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la Ciudad de México, para disminuir la carga de la enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población de la Ciudad de México;

  2. Solamente pueden continuar en funcionamiento las actividades consideradas esenciales en el propio Tercer Acuerdo.

    Estas medidas extraordinarias han ocasionado el cierre y suspensión de diversas actividades no esenciales, de escuelas a todos los niveles educativos, el confinamiento de la población, trayendo como consecuencia la pérdida del ingreso y poder adquisitivo del sector de la población con mayor vulnerabilidad y grado de marginación en la demarcación territorial Cuajimalpa de Morelos.

    Atendiendo dicha situación, la política de asistencia...

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