Aviso para dar a conocer los incentivos para resolver problemas específicos de comercialización de maíz y sorgo de Tamaulipas del ciclo agrícola otoño- invierno 2013/2014, del componente Incentivos a la Comercialización

Fecha de disposición13 Mayo 2015
Fecha de publicación13 Mayo 2015
MateriaDerecho Procesal
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. HÉCTOR JESÚS RIEMANN VALENZUELA, Coordinador General de Comercialización, Encargado del Despacho de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios, denominado ASERCA, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), con fundamento en los artículos 17, 26 y 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 y 12, de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 7, 32, 60, 61, 72, 87, 178, 190 y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29, 30 fracción IV y 35, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015; 2 apartado D, fracción I, 17, fracciones IV y XXIII, 44, 45 primero y segundo párrafos, 46 y Transitorios Séptimo, Octavo y Décimo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1, 3, 4, 5, 7, 12 fracciones V y XI, 14 y 22 y Transitorios Primero, Tercero, Sexto y Noveno del Reglamento Interior de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios, publicado en el DOF el 22 de diciembre de 2014, 1 fracciones XXII, XXVIII, CXXI, CLXII, CLXX, CXCI; 2 fracción VII inciso a), 4, 5 fracciones I y II, 6, 7, 8, 9, 424, 425, 426, 427 fracción I numeral 4 inciso c), 428, 429 fracciones I y II, 430, 431 (Anexo I), 432, 433, 434, 435 fracción I, 519, 520, 522, 528, 531, 532, 533, 534, 535, 536, 537, 538 y Transitorios Octavo y Noveno del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO

Conforme a lo establecido en el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 22 de enero de 2013, el Gobierno de la República deberá dar resultados a corto plazo para garantizar a la población el derecho a una alimentación nutritiva suficiente y de calidad, a través de acciones coordinadas, eficaces, eficientes y transparentes con un alto contenido de participación social por lo que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal realizarán las acciones necesarias para el cumplimiento del mismo.

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013 tiene contemplado dentro de la cuarta meta nacional "México Próspero" en su Objetivo 4.10 construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país, al que se vincula la Estrategia 4.10.1. orientada a Impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante la inversión en el desarrollo de capital físico, humano y tecnológico, y más específicamente como línea de acción la de Impulsar una política comercial con enfoque de agronegocios y la planeación del balance de demanda y oferta, para garantizar un abasto oportuno, a precios competitivos, coadyuvando a la seguridad alimentaria, así como la de apoyar la producción y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agropecuarios y pesqueros de las zonas rurales más pobres, generando alternativas para que se incorporen a la economía de manera más productiva.

Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018 (Programa Sectorial) publicado en el DOF el 13 de diciembre de 2013, establece en el numeral II.1 Estrategia Integral: Elevar la Productividad para Alcanzar el Máximo Potencial del Sector Agroalimentario; que la estrategia de productividad agroalimentaria requiere un enfoque integral por lo que en el pilar 5 Manejo y prevención de riesgos climáticos y de mercado, se señala que para impulsar este pilar, se está instrumentando el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados (Programa) para fortalecer la cadena productiva y comercial agroalimentaria, dando certidumbre en los mercados y en el ingreso de los productores a través de incentivos a la comercialización de productos agropecuarios elegibles; que el Programa Sectorial en su Objetivo 1. Impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante inversión en capital físico, humano y tecnológico que garantice la seguridad alimentaria, en la Estrategia 1.5 Impulsar una política comercial con enfoque de agronegocios y la planeación del balance demanda-oferta para garantizar un abasto oportuno, se establecen líneas de acción entre las cuales destacan la 1.5.2. Inducir la producción hacia prioridades y potencialidades del país para disminuir excedentes estacionales e importaciones, la 1.5.3. Vincular la competitividad comercial entre quienes producen, procesan y comercializan en el mercado nacional e internacional, la 1.5.4. Desarrollar y fortalecer los mercados regionales, para hacerlos más eficientes y competitivos en la comercialización de productos agroalimentarios y la 1.5.5. Promover y desarrollar mecanismos que otorguen certidumbre en la comercialización de productos agropecuarios y pesqueros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en

adelante "PEF", publicado en el DOF el 3 de diciembre de 2014, se autorizó en el Ramo 08, el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, en adelante "EL PROGRAMA", sujeto a las reglas de operación que emita la "SAGARPA".

Que en el Anexo 11. Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable del "PEF", se establece la asignación presupuestal del "PROGRAMA" en su Componente de Incentivos a la Comercialización, en adelante "COMPONENTE".

Que las Reglas de Operación de la "SAGARPA", publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de diciembre de 2014, en adelante referidas como "LAS REGLAS", establecen el Programa de Comercialización y Desarrollo...

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