Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del programa social, “Seguro de Desempleo”, para el ejercicio fiscal 2020

90 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de enero de 2020

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

DRA. HAYDEÉ SOLEDAD ARAGÓN MARTÍNEZ, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 "Ciudad Productiva", apartado B, numeral 5, inciso b, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 11 fracción I, 16 fracción XVII, 18, 20 fracción IX, y 41, fracción XXXIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 32, 33 y 34, fracción I, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 5, fracción I, 10 y 12 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal; 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 7 fracción XVII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 6, fracción IV, del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal; 1, 4, 10, fracción I, 28, 29 y 31 del Reglamento para Someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la Creación y Operación de Programas de Desarrollo Social que Otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal; y Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2020, cuyo vínculo electrónico fue publicado el 29 de octubre de 2019 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, número 209 Bis; y

CONSIDERANDO

Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal señala que los Programas de Desarrollo Social son instrumentos derivados de la planificación institucional de la política social que garantizan el efectivo cumplimiento y promueven el pleno ejercicio de los derechos humanos, económicos, sociales y culturales.

Que las Reglas de Operación son el conjunto de normas que rigen a cada uno de los Programas Sociales, conforme al artículo 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

Que los Programas Sociales que las Dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México lleven a cabo, deben estar elaborados y publicados de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento, y la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, atendiendo a los criterios contenidos en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento, establecen que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México que tengan a su cargo programas destinados al desarrollo social, deberán publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el 31 de enero de cada año, las Reglas de Operación de los Programas Sociales que tengan a su cargo, a fin de que cualquier persona pueda conocerlas.

Que el Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de Médico aprobó por unanimidad y validó el Programa Social "Seguro de Desempleo", en la 1ª Sesión Extraordinaria, celebrada en fecha 14 de enero de 2020, por lo que con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas tengo a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL "SEGURO DE DESEMPLEO", PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

1. Nombre del Programa Social y Dependencia o Entidad responsable.

1.1. Programa Social "Seguro de Desempleo".

1.2. La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, dependencia directamente responsable de la ejecución del Programa.

1.3. La Dirección General de Empleo, responsable del gasto del Programa Social "Seguro de Desempleo"; la Dirección del Seguro de Desempleo, responsable en la operación del programa social, y la Subdirección de Operación del Seguro de Desempleo, responsable técnico operativo y de canalizar a las personas beneficiarias a la Dirección de Programas de Apoyo al Empleo, siendo esta Unidad Administrativa, la responsable de la vinculación laboral y la capacitación para el empleo.

Los procedimientos y trámites del Seguro de Desempleo quedarán sujetos a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación; para lo no previsto en ella, se atenderá a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, Ley de Protección y Fomento al Empleo del Distrito Federal, Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal y Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México y demás ordenamientos vigentes y aplicables de la Administración Pública de la Ciudad de México.

1.4. El Programa Social "Seguro de Desempleo" cuenta con una ejecución coordinada con diferentes Dependencias y Órganos de la Administración Pública Federal y de la Ciudad de México.

1.4.1. Dicha acción coordinada se lleva a cabo con el Instituto Nacional de Migración, en adelante INM, y la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, en adelante COMAR, ambos Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Gobernación; así como con las siguientes Secretarías y Organismos del Gobierno de la Ciudad de México: Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, órgano adscrito a la Jefatura de Gobierno; Instituto de Reinserción Social de la Ciudad de México, Mecanismo de Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la Ciudad de México, en adelante MPICDMX, y con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México, en adelante CEAVI, adscritos a la Secretaría de Gobierno, en adelante, SECGOB; Secretaría de Desarrollo Económico, en adelante SEDECO; Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes, en adelante SEPI; Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, en adelante SIBISO; Secretaría del Medio Ambiente, en adelante SEDEMA, a través de la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural, en adelante DGCORENADR; Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas de Delito Violento, en adelante ADEVI, y la Fiscalía de Procesos en Juzgados Familiares, Unidades Administrativas adscritas a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en adelante FGJCDMX; y el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, en adelante COPRED; cuya participación deriva de lo contenido en las presentes Reglas de Operación o de Convenio de Colaboración.

1.4.2. Cada Dependencia u Órganos es responsable de las actividades siguientes:

- INM: Elabora un padrón y oficio de canalización de las personas connacionales repatriadas, las cuales son remitidas a la STyFE para que las personas que en él aparecen sean incorporados al Programa Social "Seguro de Desempleo";

- COMAR: Elabora resolución administrativa y /o constancia mediante la cual reconoce la condición de persona refugiada o el otorgamiento de protección complementaria;

- Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México: Elabora oficio de canalización a la STyFE para que las personas trabajadoras que, por motivo de la reconstrucción de sus viviendas o centros laborales, derivados de los daños ocasionados por sismo que acrediten esa condición, sean incorporadas al Programa Social "Seguro de Desempleo";

- Instituto de Reinserción Social de la Ciudad de México: Elabora oficio de canalización a la STyFE a las personas liberadas y preliberadas solicitantes del Programa Social "Seguro de Desempleo" e imparte cursos de capacitación para facilitar su reincorporación laboral;

- MPICDMX: Elabora oficio de canalización a la STyFE a las personas defensoras de derechos humanos y periodistas en la Ciudad de México;

- CEAVI: Elabora oficio de canalización a la STyFE a las personas víctimas directas e indirectas del delito violento y víctimas de violencia que hayan perdido su empleo o que, con motivo de dicha eventualidad, se vean imposibilitados de ingresar al mercado laboral;

- SEDECO: Elabora un padrón y oficio de canalización y validación de las personas locatarias y trabajadoras por cada uno de los Mercados Públicos en los que se realizan obras de rehabilitación mayor, reconstrucción, los cuales son remitidos a la STyFE para incorporarlas al Programa Social "Seguro de Desempleo";

- SEPI: Elabora un padrón de las personas trabajadoras indígenas afectadas en su fuente de trabajo, así como oficio de canalización, los cuales son remitidos a la STyFE para que las personas que en él aparecen sean incorporadas al Programa Social "Seguro de Desempleo";

- SIBISO: Elabora padrón de los huéspedes de la Ciudad de México, es decir personas de otra nacionalidad que residen y han trabajado dentro de la Ciudad de México, asimismo de los migrantes connacionales de retorno voluntario;

- SEDEMA, a través de la DGCORENADR: Elabora un padrón y oficio de canalización de las personas transformadoras, productoras y trabajadoras agrícolas que se vieron afectadas por la pérdida de su empleo a causa de un siniestro, caso fortuito o acontecimiento imprevisto en el año 2020, los cuales son remitidos a la STyFE para que las personas que en él aparecen sean incorporados al Programa Social "Seguro de Desempleo";

92 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de enero de 2020

- CEAVI, ADEVI y la Fiscalía de Procesos en Juzgados Familiares: Elaboran oficio de canalización a la STyFE para que las personas víctimas directas e indirectas del delito violento o de violencia que acrediten esa condición sean incorporadas al Programa Social "Seguro de Desempleo"; y

- COPRED: Elabora oficio de canalización a la STyFE para que las mujeres despedidas...

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