Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del programa social, “Fomento al Trabajo Digno”, para el ejercicio fiscal 2020

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

DRA. HAYDEÉ SOLEDAD ARAGÓN MARTÍNEZ, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en el artículo 10 "Ciudad Productiva", inciso B, numeral 5, incisos a, b, c y e de la Constitución Política de la Ciudad de México; los artículos 16 fracción XVII, 18, 20 fracciones, VII y IX, así como 41, fracciones II, III, VII, X, XXVII, XXIX y XXXII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; los artículos 1, 3, fracción XXIII, 6, 7, 32, y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; los artículos 90, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; artículo 15 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; artículo 7, fracción XVII, inciso C, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; los artículos 1, 50 y 55 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 4 del Reglamento para someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la Creación y Operación de Programas de Desarrollo Social que otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal, Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2020, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de octubre de 2019 y,

CONSIDERANDO

I. Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal señala que los Programas de Desarrollo Social son instrumentos derivados de la planificación institucional de la política social que garantizan el efectivo cumplimiento y promueven el pleno ejercicio de los Derechos Humanos, Económicos, Sociales y Culturales.

II. Que las Reglas de Operación son el conjunto de normas que rigen a cada uno de los Programas Sociales.

III. Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento establecen que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el 31 de enero de cada año, las Reglas de Operación de los Programas Sociales que tengan a su cargo, a fin de que cualquier persona pueda conocerlas, por lo que con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas tengo a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL "FOMENTO AL TRABAJO DIGNO" PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

1. NOMBRE DEL PROGRAMA SOCIAL Y DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE

1.1 Denominación del Programa Social: "Fomento al Trabajo Digno", por sus siglas PFTD.

1.2 Dependencia responsable de la ejecución del Programa: Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México (STyFE).

1.3 Unidades administrativas involucradas en la operación del Programa

La Dirección General de Empleo, con apoyo de la Dirección de Programas de Apoyo al Empleo, conforme a lo establecido en el Artículo 222, fracciones I, II, III, VI, VII y VIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

2. ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA

El Programa Fomento al Trabajo Digno cumple con lo plasmado en la Constitución Política de la Ciudad de México en los:

Artículo 10

"Ciudad Productiva", apartado A. Derecho al desarrollo sustentable, "Toda persona tiene derecho a participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse todos los derechos humanos y libertades fundamentales.", y apartado B. Derecho al trabajo, numeral 5, "Las autoridades de la Ciudad establecerán, de conformidad con las leyes aplicables y en el ámbito de sus competencias, programas de:", inciso a, "Capacitación, adiestramiento, formación profesional y de acceso al empleo y a otras actividades productivas (2026)".

60 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de enero de 2020

Artículo 11

"Ciudad incluyente", apartado A. Grupos de atención prioritaria, "La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales".

Artículo 13

"Ciudad habitable", apartado A. Derecho a un medio ambiente sano, "Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias, en el ámbito de sus competencias, para la protección del medio ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico, con el objetivo de satisfacer las necesidades ambientales para el desarrollo de las generaciones presentes y futuras".

Artículo 59

"Derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes", inciso K, Derechos laborales, al considerar a dicha población susceptible de recibir el Programa.

El Programa Fomento al Trabajo Digno se alinea con los siguientes principios de la política social de la Ciudad de México señalados en el Artículo 4 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal que son: Universalidad, Igualdad, Equidad de Género, Equidad Social, Justicia Distributiva, Diversidad, Integralidad, Exigibilidad, Participación, Transparencia y Efectividad.

Asimismo, se encuentra alineado al Eje 2 "Ciudad Sustentable" del Programa de Gobierno 2019-2024, subeje 2.1. "Desarrollo económico sustentable e incluyente y generación de empleo": 2.1.3 "Fortalecer la economía social y el emprendimiento", 2.1.6. "Mejorar la protección social para el desempleo" y 2.1.7 "Derechos humanos y empleo".

3. DIAGNÓSTICO

3.1 Antecedentes

El Programa Fomento al Trabajo Digno tiene su antecedente en el Programa de Capacitación para el Impulso de la Economía Social (CAPACITES), creado en 2004 como una política laboral activa dirigida a personas de 16 y más años desempleadas o subempleadas habitantes del entonces Distrito Federal (actualmente Ciudad de México), el cual era complementario al Programa de Apoyo al Empleo (PAE) que se ejecutaba en el marco de los Convenios de Coordinación para la operación de los servicios, programas, estrategias y actividades del Servicio Nacional de Empleo celebrados entre las entidades federativas y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, mediante el esquema denominado "Estímulo a la aportación estatal", operado con recursos federales. La finalidad del CAPACITES fue ofrecer alternativas de capacitación, autoempleo u ocupación temporal principalmente para grupos de población estructuralmente excluidos por su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, embarazo, identidad u orientación sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o personas integrantes de las poblaciones callejeras, entre otras características.

En 2015, con base en la experiencia del Programa CAPACITES y las recomendaciones de la Evaluación Interna de 2014, se redefinieron el propósito y población objetivo, se buscó la flexibilización de los requisitos para acceder a los apoyos para la capacitación o consolidación de un proyecto de autoempleo, se incorporaron apoyos para facilitar la movilidad laboral hacia otras ciudades del país y se otorgaron recursos para que la población desempleada o subempleada pudiera certificar su competencia laboral; con lo que se dio origen al Programa de Fomento al Trabajo Digno en la Ciudad de México "Trabajo Digno hacia la Igualdad".

En 2019 el Programa Trabajo Digno Hacia la Igualdad cambia a su denominación actual de "Programa Fomento al Trabajo Digno", ratificando su carácter integral de atención a la problemática del desempleo, subempleo y la precariedad laboral en la Ciudad de México.

3.2 Problema social atendido por el Programa Fomento al Trabajo Digno (PFTD)

En las últimas décadas, el país ha enfrentado un problema estructural de bajo crecimiento económico, del cual no está exenta la Ciudad de México, que se refleja de manera directa en la insuficiente generación de nuevas fuentes de trabajo para satisfacer, en cantidad y calidad, las necesidades de ocupación productiva de una Población Económicamente Activa en gradual crecimiento.

Adicionalmente, existen asimetrías entre la oferta y la demanda de mano de obra que se agudizan por desajustes entre los perfiles de calificación requeridos por las empresas, sobre todo las que se han integrado a cadenas globales, al cambio tecnológico y la innovación en la gestión de los procesos de trabajo, las cuales exigen conocimientos, habilidades y destrezas que no siempre posee la población buscadora de empleo, en ocasiones con escolaridad suficiente pero escasa competencia laboral. Por otra parte, hay un segmento de la población buscadora de empleo que posee vasta experiencia laboral pero escasas habilidades informáticas y dificultades para adaptarse al cambio.

Lo anterior explica el importante peso relativo que tiene el empleo informal, el cual se caracteriza por retribuir bajos ingresos, en algunos casos de sobrevivencia, y sin seguridad social. La precariedad de una parte importante de los empleos que se generan, reduce las posibilidades de ocupación para una población buscadora de empleo con escolaridad por encima del promedio nacional e incrementa la rotación en los puestos de trabajo.

La carencia de una ocupación productiva o una ocupación informal que incumple los atributos del "trabajo decente" (OIT) o digno (como lo establece el Artículo 123 de la Constitución...

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