Aviso por el que se da a conocer el Programa Institucional del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL

ING. FAUSTO LUGO GARCÍA, Secretario de Protección Civil del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15, fracción XVII, 16, fracción III y IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 24 y 25 de la Ley de Presupuestos y Gasto Eficiente; artículos 10, fracción II; 20,35 y 40 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; Artículo 7, fracción I, Artículo 8, fracción, I de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que el Jefe de Gobierno ejercerá la facultad de conducir y coordinar la planeación del desarrollo del Distrito Federal a través del Comité de Planeación.

Que mediante Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 11 de septiembre de 2013, se aprobó el Programa General de Desarrollo 2013-2018, mismo que establece los objetivos, metas y líneas de acción que servirán de base para la definición e implementación de las políticas públicas de la Ciudad de México hasta el año 2018.

Que los programas institucionales son los documentos que desagregan a mediano y corto plazo los objetivos y metas de los programas sectoriales, mismos que regirán sus actividades en el ámbito de sus competencias y atribuciones; conteniendo las políticas públicas necesarias para lograr lo dispuesto en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 y en los programas sectoriales.

Que los programas institucionales deberán ser presentados ante el Comité de Planeación del Desarrollo, por los titulares de las dependencias o de los órganos de gobierno de la entidad de que se trate para su validación.

Que mediante acuerdo del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, se aprobó el Programa Institucional del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, acorde a lo establecido en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, y por lo anterior se da a conocer el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL HEROICO CUERPO DE

BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL 2013-2018

PRIMERO.- Se da a conocer el Programa Institucional del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal 2013-2018.

SEGUNDO.- El Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal elaborará sus respectivos programas operativos anuales y anteproyectos de presupuesto. Estos últimos deberán destinar los recursos presupuestarios correspondientes para el eficaz cumplimiento de los objetivos y metas planteados en el programa institucional mismos que derivan del Programa General de Desarrollo del DF 2013-2018.

TERCERO.- Los alcances establecidos en el presente Programa Institucional del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal 2013-2018, estarán en función de la disponibilidad financiera del Gobierno del Distrito Federal, por lo que las Unidades Responsables del Gasto determinarán las acciones para lograr dichos alcances, supeditándose a su capacidad operativa y presupuesto autorizado, evitando en todo momento contraer compromisos que excedan a éstos.

CUARTO.- El Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal con la participación que conforme a sus atribuciones le corresponde a la Contraloría General y Oficialía Mayor, en los términos de las disposiciones aplicables, darán seguimiento a la implementación de las acciones y al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa Institucional del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal 2013-2018, y reportarán los resultados obtenidos con base en las metas e indicadores correspondientes.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Dado en la Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil quince.

(Firma) (Firma)

Ing. Fausto Lugo García Secretario de Protección Civil del Distrito Federal

Primer Superintendente Raúl Esquivel Carbajal

Director General del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL PRESENTACIÓN

El Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal formula su Programa Institucional 2013-2018 en cumplimiento a lo establecido en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 y al Programa Sectorial de Protección Civil, en base a este marco de referencia se establecerán objetivos, metas, y políticas públicas de corto y mediano plazo que conducirán las labores de apoyo para la salvaguarda de la población y de su patrimonio.

El Programa Institucional del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal 2013-2018, es la guía principal a fin de que la Institución coadyuve en la salvaguarda de la vida de las personas, sus bienes y entorno, ante la ocurrencia de una emergencia, desastre o siniestro.

Para el logro oportuno y eficiente de estas labores se coordinará con todos los integrantes del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal, y establecerá como acción prioritaria el constituir un servicio público de alta especialización de carácter civil.

Las actividades que se realicen tendrán como criterios rectores la honradez, la capacitación, el profesionalismo, la cultura de la prevención, la transparencia y preponderantemente el respeto a los derechos humanos y a las personas en situación de vulnerabilidad.

Primer Superintendente Raúl Esquivel Carbajal

Director General del Heroico Cuerpo de Bomberos del D.F.

MARCO LEGAL APLICABLE

El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal establece los principios de la organización política y administrativa de la Ciudad de México que atenderán la planeación y ordenamiento del desarrollo territorial, económico y social del Distrito Federal.

La Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal establece en su artículo segundo que la 2015planeación se llevará a cabo como un medio eficaz y permanente para impulsar el desarrollo integral del Distrito Federal y atenderá a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal2016.

En este sentido, corresponde a las dependencias, órganos desconcentrados y entidades públicas de la Ciudad de México, las atribuciones de planeación, organización, normatividad, control, evaluación y operación, referidas a la planeación del desarrollo de la Ciudad de México.

El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 (PGDDF) establece los Objetivos, Metas y Líneas de Acción que servirán de base para la definición e implementación de las Políticas Públicas de la Ciudad de México. A partir del PGDDF, se elaborarán los Programas Sectoriales, Institucionales y Especiales, y se desarrollará la programación, presupuestación y evaluación de los mismos.

La Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal dispone en el artículo 35 que:

2015Los programas institucionales son los documentos que desagregan en objetivos y metas de mediano y corto plazo las políticas a aplicar por el programa sectorial correspondiente, tomando en cuenta, en su caso, las opiniones de los órganos político-administrativos relacionados.

Los programas institucionales serán elaborados por las dependencias, órganos desconcentrados y entidades según corresponda2016.

En términos del ordinal tercero del Acuerdo por el que se aprueba el PGDDF 2013-2018, las dependencias, órganos desconcentrados y entidades llevarán a cabo las acciones necesarias, en los términos de la Ley de Planeación del Desarrollo

del Distrito Federal, a efecto de someter oportunamente a consideración y aprobación del Jefe de Gobierno los Programas Sectoriales, Institucionales y Especiales, y estar en posibilidad de publicarlos en la Gaceta Oficial del...

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