Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México

20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de abril de 2021

Ó R G A N O S D E S C O N C E N T R A D O S AGENCIA DIGITAL DE INNOVACIÓN PÚBLICA

JOSÉ ANTONIO PEÑA MERINO, Titular de la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 277, 278 fracción I, 279 fracciónes I y Xlll del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; numerales TERCERO fracción XII, CUARTO, SEXTO, OCTAVO y CUADRAGÉSIMO SEXTO de los Lineamientos para la Operación del Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México, así como en los numerales 15.1 y 15.2 de los Lineamientos mediante los que se establece el Modelo Integral de Atención Ciudadana de la Administración Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que es derecho de la ciudadanía tener certeza jurídica respecto de los requisitos legales y administrativos que deben cumplir para todos y cada uno de los Trámites y Servicios realizados ante la Administración Pública de la Ciudad de México, siendo también indispensable el pleno conocimiento de la responsabilidad que implica por parte de las personas servidoras públicas su resolución.

Que esos derechos y obligaciones se satisfacen de manera más eficaz, con la compilación mediante un solo instrumento, de los Trámites y Servicios que, en diversas materias, deben gestionar los particulares para solicitar un servicio o apoyo, o que para el desarrollo de sus actividades económicas, requieren la gestión de algún registro, permiso, autorización, licencia entre otras.

Que de acuerdo con el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todos los órdenes de Gobierno deberán implementar políticas públicas de Mejora Regulatoria para la simplificación de Regulaciones, Trámites y Servicios.

Que la Administración Pública de la Ciudad de México tiene a su cargo expedir los actos administrativos, recibir y registrar los avisos, declaraciones o manifestaciones, para autorizar a los gobernados la realización de actividades reguladas en las diversas leyes y reglamentos, así como a prestarles los servicios que son necesarios para la satisfacción de necesidades de carácter individual o colectivo y demás actuaciones de similar naturaleza.

Que los artículos 25 y 27 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México establecen que la Unidad de Mejora Regulatoria es autoridad en materia de Mejora Regulatoria y tiene por...

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