De las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales

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VI. Fomentar actividades de producción primaria, transformación
y comercialización forestal en un marco de competencia, eficien-
cia y sustentabilidad;
VII. Establecer la relación de productos cuya utilización deba
prohibirse en las actividades forestales;
VIII. Prevenir o mitigar la erosión del suelo, así como lo relativo a
la conservación o restauración del mismo;
IX. Regular los sistemas, métodos, servicios y mecanismos relati-
vos a la prevención, combate y control de incendios forestales, y al
uso del fuego en terrenos forestales o preferentemente forestales; y
X. Los demás que la presente Ley le señale.
SECCION 7
DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION FORESTAL
ARTICULO 56. La Secretaría integrará el Sistema Nacional de
Gestión Forestal, partiendo de los programas de manejo inscritos
en el Registro Forestal Nacional, con el objeto de llevar el control, la
evaluación y el seguimiento de los programas de manejo forestal,
forestación y otras actividades silvícolas que se lleven a cabo en el
país, así como de aquéllos referentes al análisis de la situación de
los ecosistemas forestales en el ámbito nacional.
ARTICULO 57. Con base en el Sistema Nacional de Información
Forestal, la Secretaría deberá elaborar, publicar y difundir un infor-
me bianual sobre la situación del sector forestal, así como las medi-
das que se adoptarán para revertir los procesos de degradación de
los recursos forestales, rezagos y avances de los componentes am-
bientales, sociales y económicos, con la información que para tal
efecto proporcionen la Comisión y otras dependencias o entidades.
SECCION 8
DEL ESTUDIO SATELITAL ANUAL DEL INDICE DE CO-
BERTURA FORESTAL
ARTICULO 57 BIS. Las imágenes resultantes del Estudio Satelital
Anual del Indice de Cobertura Forestal, deben de incluirse en el siste-
tema de información ambiental, mismo que apoyará a la Secretaría y a
la Comisión para el correcto cumplimiento de las funciones descritas
en el Capítulo II de los instrumentos de la Política Nacional en materia
Forestal además de darse a conocer por medios electrónicos, donde
será publicada y actualizada.
TITULO CUARTO
DEL MANEJO Y APROVECHAMIENTO SUSTEN-
TABLE DE LOS RECURSOS FORESTALES
CAPITULO I
DE LAS AUTORIZACIONES PARA EL APROVECHAMIEN-
TO DE LOS RECURSOS FORESTALES
ARTICULO 58. Corresponderá a la Secretaría otorgar las si-
guientes autorizaciones:
34
55-58 EDICIONES FISCALES ISEF

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