Autoriza Corte bajar la edad en acta de nacimiento

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia estableció que las personas pueden pedir la corrección de sus actas de nacimiento para asentar una edad menor a la que aparece en registros oficiales, y no sólo una edad mayor, como prevén los códigos civiles de algunos estados.

La Primera Sala de la Corte publicó el 3 de diciembre una jurisprudencia derivada de contradicción entre tribunales de Sinaloa, y determinó que es posible asentar una edad menor en el acta, siempre que se pruebe que la persona se ha conducido "de forma continua, ininterrumpida y permanente" como si tuviera la edad que busca se le reconozca, y no tenga intenciones fraudulentas o de mala fe.

"Si ante la sociedad una persona se ha identificado constantemente en sus actos privados y públicos con una fecha de nacimiento, entonces ello forma parte de su biografía, de su 'verdad personal', pues la identidad se construye durante toda la vida del ser humano, comprendiendo elementos y aspectos que van más allá de la 'verdad biológica'", explica el fallo de la Corte.

"Es viable admitir que la variación de la fecha de nacimiento también procede cuando sea posterior a la establecida en el registro, siempre que se acredite fehacientemente, por cualquier medio probatorio, que exista desacuerdo con la...

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